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Foto: ACNUDHSANTIAGO/GINEBRA (7 de septiembre de 2016) – El Comité de las Naciones Unidas para la protección de los derechos de los trabajadores migratorios y sus familiares (CMW, por sus siglas en inglés)*, concluyó este 5 de septiembre en Ginebra (Suiza) su consideración del tercer informe periódico de Ecuador, sobre la implementación de la Convención Internacional sobre la protección de derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares en el país.

Ecuador es uno de los 51 Estados que han ratificado dicha Convención por lo que está sujeto a los exámenes periódicos del Comité CMW, formado por 14 expertos de independientes de diversas nacionalidades.

Encabezados por el presidente del Comité CMW, José Brillantes, integrantes de este órgano de tratados dialogaron los días 4 y 5 de septiembre con una delegación de alto nivel del gobierno de Ecuador, liderada por el viceministro de Movilidad Humana, José Luis Jácome. La delegación ecuatoriana también fue integrada por representantes del Ministerio del Interior, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de la Procuraduría General del Estado, y de la Misión Permanente de Ecuador ante la ONU en Ginebra.

Además del informe presentado por el Estado ecuatoriano, el Comité recibió información de organizaciones de la sociedad civil y otras agrupaciones de derechos humanos.

Principales temas

Integrantes del Comité CMW consultaron a la delegación ecuatoriana sobre las acciones llevadas a cabo para garantizar la aplicación de la nueva legislación sobre movilidad humana y que ésta se encuentre en línea con los estándares de la Convención.  En este contexto, durante el diálogo se abordaron temas como las detenciones y deportaciones de migrantes y la regularización de los trabajadores migrantes en situación irregular en el país.

En la ocasión, también se conversó sobre la situación de los migrantes en relación al acceso a la educación, salud, empleo y acceso a la justicia. Asimismo, el Comité CMW consultó a la delegación sobre el tráfico de personas para explotación laboral.    

En esta instancia, las y los expertos preguntaron sobre las medidas implementadas por el Estado para apoyar la reinserción social y económica de la población ecuatoriana que regresa al país, así como de los ecuatorianos que dejan el país.

El Comité publicará sus conclusiones sobre Ecuador y los otros países que han sido sometidos a examen –Indonesia y México – en la siguiente página web:
http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/SessionDetails1.aspx?SessionID=1127&Lang=sp

FIN

*Con información de la Oficina de la ONU en Ginebra

 

Para ver los videos de las sesiones del diálogo interactivo transmitido por Internet, visite los siguientes enlaces:  

4 de septiembre: http://webtv.un.org/search/consideration-of-ecuador-361st-meeting-27th-session-committee-on-migrant-workers/5562722640001/?term=ecuador&sort=date

5 de septiembre: http://webtv.un.org/search/consideration-of-ecuador-contd-362nd-meeting-27th-session-committee-on-migrant-workers/5566371264001/?term=ecuador&sort=date

 

Información adicional

* La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares es el instrumento internacional más completo hasta la fecha sobre los trabajadores migrantes. Proporciona un conjunto de normas internacionales para abordar: a) el trato, el bienestar y los derechos de los trabajadores migratorios y los miembros de sus familias; y b) las obligaciones y responsabilidades de los Estados involucrados. Entre ellos figuran los Estados de origen, los Estados de tránsito y los Estados de destino, todos los cuales se benefician de la migración internacional de trabajadores. Los acuerdos bilaterales y regionales son importantes, pero insuficientes para abordar esta cuestión mundial.

La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares busca desempeñar un papel en la prevención y eliminación de la explotación de todos los trabajadores migrantes y miembros de sus familias durante todo el proceso de migración. En particular, ayuda a prevenir el reclutamiento ilegal o clandestino y el tráfico de trabajadores migrantes. Para más información sobre el Comité de la ONU sobre  los trabajadores migratorios, visite: http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CMW/Pages/CMWIndex.aspx

 

Para más información y solicitudes de los medios de comunicación, favor contactar a Nicoleta Panta, +41(0) 22 9179310 / npanta@ohchr.org         

 

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Revise el Índice Universal de Derechos Humanos: uhri.ohchr.org

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