Celebremos el Día de Mandela adoptando un conjunto mínimo de derechos humanos para millones de personas detenidas
Día Internacional de Nelson Mandela – Lunes 18 de julio de 2016
Ginebra/Kampala/Estrasburgo/Washington DC (15 de julio de 2016) – Con motivo del Día Internacional de Nelson Mandela, un grupo de destacados expertos en derechos humanos hicieron un llamados a todos los Estados alrededor del mundo a implementar sin demora la versión revisada de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos: las Reglas Nelson Mandela.
Las Reglas representan un estándar mínimo, aceptado universalmente, para el tratamiento de reclusos, las condiciones de detención y el manejo de las cárceles, y ofrece una guía práctica esencial para las administraciones penitenciarias.
“Medidas rápidas y decisivas para su implementación honrarían verdaderamente el legado del gran Estadista e inspirador líder Nelson Mandela, que pasó 27 años en prisión”, señalaron el Relator Especial de la ONU sobre tortura, Juan E. Méndez; el Relator Especial sobre prisiones, condiciones de detención y vigilancia policial en África, Med Kaggwa; el Relator sobre los derechos de las personas privadas de libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, James Cavallaro; y el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Nils Muižnieks, en una declaración abierta emitida hoy.
“Su implementación en las cárceles de todo el mundo mejoraría significativamente el tratamiento de millones de detenidos”, declaró el experto. “Al mismo tiempo, constituyen una guía útil para ayudar al personal penitenciario a realizar sus importantes y difíciles tareas de manera profesional y eficaz, beneficiando a la sociedad en su conjunto”.
El Relator Especial de la ONU sobre la tortura añadió que “la versión revisada de las Reglas se basa en el reconocimiento de la dignidad inherente a los internos y en su valor como seres humanos, y contienen nuevos y esenciales estándares y garantías procedimentales que están encaminados a proteger a los detenidos de torturas y de otros malos tratos”
Las Reglas de Mandela incluyen garantías claves, tales como la prohibición absoluta de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Asimismo, establecen que los profesionales de salud independiente tienen el deber de abstenerse de participar en torturas u otros malos tratos, así como un rol vital en detectar dichas prácticas y reportarlas.
“La prohibición del uso del aislamiento prolongado, definiendo como tal a un plazo mayor de 15 días, es una disposición nueva que es particularmente importante en las Reglas”, recalcó Méndez.
En su declaración pública, el grupo de expertos internacionales y de la ONU elogiaron la adopción de las Reglas de Mandela como “un paso histórico y uno de los logros más significativos de derechos humanos en los últimos años.”
(*) Lea la declaración completa: http://www.ohchr.org/Documents/Issues/Torture/StatementSR_MandelaRules14-07-2016.docx
Sr. Juan E. Méndez: fue nombrado por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU como Relator Especial sobre la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes en noviembre de 2010. Es independiente de cualquier gobierno y trabaja a título individual. El Sr. Méndez ha dedicado su carrera legal a la defensa de los derechos humanos. Para más información, ingrese a: http://www.ohchr.org/EN/Issues/Torture/SRTorture/Pages/SRTortureIndex.aspx
El Sr. Med Kaggwa: El mandato del Relator Especial sobre Prisiones y Condiciones de Detención fue creado por la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos de 1996. El Relator Especial está facultado para examinar la situación de las personas privadas de libertad en los territorios de los Estados Partes en la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Para obtener más información, visite: http://www.achpr.org/mechanisms/prisons-and-conditions-of-detention/
Sr. James Cavallaro: La Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad en las Américas fue establecida en 2014 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para supervisar, informar y dar recomendaciones sobre la situación de todas las personas sometidas a cualquier forma de privación de libertad en los Estados miembros de la OEA. Para obtener más información, ingrese a: http://www.oas.org/en/iachr/pdl/default.asp
Sr. Nils Muižnieks: El mandato del Comisario de Derechos Humanos fue creado por el Consejo de Europa en 1999. El Comisario realiza visitas para ayudar a elevar el nivel de protección de los derechos humanos en todos los Estados miembros del Consejo de Europa, y entrega asesoría y fomenta el conocimiento de temas de derechos humanos a través de la publicación de documentos, organización de eventos y talleres. Para más información, visita: https://www.coe.int/en/web/commissioner/the-commissioner
Para más información y solicitudes de los medios de comunicación, póngase en contacto con:
En Ginebra: Sonia Cronin (+ 41 22 917 9160 / [email protected])
En Washington: Andra Nicolescu (+1 202 274 4378 / [email protected])
Para consultas de medios relacionados con otros expertos independientes de la ONU:Xabier Celaya, Unidad de Medios (+ 41 22 917 9383 / [email protected])
Fuente: ACNUDH
Traducción: ACNUDH América del Sur
ONU Derechos Humanos, síganos en las redes sociales
Facebook: www.facebook.com/ONUdh
Twitter: www.twitter.com/ONU_derechos
YouTube: www.youtube.com/onuderechos
Flickr: http://www.flickr.com/onuderechos
Revise el Índice Universal de Derechos Humanos: http://uhri.ohchr.org/en