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El Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura; el Subcomité para la Prevención de la Tortura; el Relator Especial sobre la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y la Junta de Síndicos del Fondo Voluntario de las Naciones Unidas para las Víctimas de Tortura marcaron el Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de la Tortura con la siguiente declaración:

“Nos preocupa profundamente que la tortura sigue siendo generalizada y que ciertas prácticas equivalentes a la tortura, como también a los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes fueron reimpulsadas, en particular en el contexto de la llamada guerra global contra el terror después del 11 de septiembre de 2001. La prohibición contra la tortura y otras formas de tratamiento inhumano es absoluta y no puede ser derogada incluso bajo situaciones de emergencia”.

“Los Estados deben tomar medidas legislativas, administrativas y judiciales efectivas, así como otras medidas, para prevenir actos de tortura en cualquier territorio bajo su jurisdicción. Además, deben asegurar que ningún argumento basado en discriminación de ningún tipo sea usado como justificación para la tortura o los tratos inhumanos. La falta de criminalización de la tortura y las sanciones inadecuadas son factores relevantes que contribuyen a la impunidad. A menudo vemos que en las pocas instancias donde los autores son considerados responsables, estos reciben sentencias muy por debajo de lo requerido por el derecho internacional. Para estar a la altura de sus obligaciones de proteger a cualquier persona sujeta a su jurisdicción de la tortura, los Estados deben asegurar que todos los actos de tortura son criminalizados como delitos en su ley penal doméstica, y castigables con penas apropiadas que toman en cuenta su gravedad”.

“Estudios recientes han mostrado que algunos Estados, apelando a diferentes tipos de emergencias, han estado directa o indirectamente implicados en prácticas como la detención secreta, desapariciones, expulsión o extradición de individuos hacia países donde estaban en peligro de tortura y otros tratamientos o penas ilegales, violando la Convención contra la Tortura y otros instrumentos internacionales de derechos humanos y el derecho internacional humanitario. Estamos consternados al ver que en casi ninguno de los casos recientes ha habido investigaciones judiciales en tales alegatos; casi ninguno ha sido llevado a la justicia; y muchas víctimas nunca han recibido ninguna forma de reparación, incluidas la rehabilitación o la compensación”.

“La tortura deja marcas indelebles en el cuerpo y la mente de las víctimas y la reparación casi nunca puede ser total. A menudo, el derecho a una reparación para las víctimas de la tortura no existe o es severamente limitado. La reparación adecuada, a la medida de las necesidades de las víctimas y que incluya compensación y rehabilitación, es raramente proporcionada o totalmente dependiente de los recursos limitados de entidades privadas y organizaciones de la sociedad civil. A la luz de esas preocupaciones, hacemos un llamado a todos los Estados a asegurar que las víctimas de la tortura y de otras formas de tratamiento cruel, inhumano o degradante, obtengan una plena compensación, y los instamos a adoptar garantías generales de no repetición, incluyendo tomar pasos determinados para combatir la impunidad”.

“En este contexto problemático, más de veinte años después de su entrada en vigor, la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, todavía está lejos de la ratificación universal. Hoy en día, tiene 147 Estados partes, de los cuales solo 64 han hecho la declaración bajo el artículo 22 reconociendo la competencia del Comité contra la Tortura para recibir comunicaciones individuales. Instamos a todos los Estados a ser parte de la Convención contra la Tortura y a hacer las declaraciones proporcionadas por el artículo 22 de la Convención, sobre quejas individuales, con el fin de maximizar la transparencia y las responsabilidades en su lucha contra la tortura y la impunidad derivada de ella”.

“Cuatro años después de su entrada en vigor, el Protocolo Facultativo para la Convención contra la Tortura tiene 51 Estados Parte. El Protocolo Facultativo es un instrumento clave para prevenir la tortura y los malos tratos asegurando el establecimiento de mecanismos de prevención independientes y efectivos, facultados a visitar lugares de detención. Instamos a todos los Estados a ratificar el Protocolo Facultativo y, por lo tanto, a comprometerse con el Subcomité para la Prevención de la Tortura. Pedimos, además, a los Estados Parte del Protocolo Facultativo que aún no lo han hecho, establecer los Mecanismos Nacionales de Prevención para entonces estar a la altura de sus obligaciones relacionadas con la prevención de la tortura y los malos tratos”.

“En este Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de la Tortura, rendimos homenajes a los gobiernos, organizaciones de la sociedad civil e individuos comprometidos en actividades orientadas a la prevención de la tortura, castigándola y asegurando que todas las víctimas obtengan la reparación y compensación adecuada, incluyendo los medios para una rehabilitación completa como sea posible. Expresamos nuestra gratitud a todos los donantes del Fondo Voluntario de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura, la que actualmente apoya el trabajo de más de 200 organizaciones en más de 60 países, y confiamos que las contribuciones al Fondo continuarán incrementándose para hacer posible que las víctimas de la tortura y los miembros de sus familias reciban la asistencia que necesitan. Hacemos un llamado a todos los Estados, y en particular a aquellos que han sido declarados responsables por prácticas de tortura generalizada o sistemática, a contribuir con el Fondo Voluntario como parte de un compromiso universal por la rehabilitación de la tortura de las víctimas y sus familias”.

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