SANTIAGO/GINEBRA (15 de septiembre de 2017) – El Comité de las Naciones Unidas para la protección de los derechos de los trabajadores migratorios y sus familiares (CMW, por sus siglas en inglés), concluyó su 27° período de sesiones en Ginebra (Suiza) e hizo públicas sus observaciones finales al tercer informe periódico de Ecuador, sobre la implementación de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares en el país.
Descargar observaciones finales: http://bit.ly/2y4j1Xu
Ecuador es uno de los 51 Estados que han ratificado dicha Convención por lo que está sujeto a los exámenes periódicos del Comité CMW, formado por 14 expertos independientes de diversas nacionalidades.
En su informe, las y los expertos CMW alientan al Estado ecuatoriano a redoblar sus esfuerzos para mejorar la coordinación, gestión y seguimiento entre las distintas instituciones gubernamentales, para hacer efectivos los derechos protegidos por la Convención. Asimismo, recomendaron reformar la Ley Orgánica de Movilidad Humana y adecuarla a los parámetros de los instrumentos internacionales de derechos humanos.
En este contexto, el Comité reiteró a Ecuador que debe garantizar que los trabajadores migratorios tengan acceso a la justicia, salud y educación; así como debe asegurar vías accesibles y asequibles para la regularización migratoria. Igualmente, insta a erradicar las causas estructurales de la trata de personas, proteger y asistir a las víctimas, e investigar y sancionar a los responsables.
Los integrantes del Comité CMW recomendaron al Estado parte garantizar el ingreso al territorio, y por otro lado, revisar las causales de inadmisión o deportación, e identificar casos en las que se incurra en esta violación de los derechos humanos.
En el documento, también, se reitera la recomendación de fortalecer los programas de formación de funcionarios que trabajan en esferas relacionadas con la migración. Finalmente, el CMW recomendó establecer una base de datos centralizada para compilar información y estadísticas cualitativas y cuantitativas relacionadas con la migración.
El CMW solicitó al Estado ecuatoriano presentar su cuarto informe a más tardar el 1 de octubre de 2022.
Diálogo interactivo
Integrantes del Comité CMW dialogaron con representantes de alto nivel del Estado ecuatoriano, los días 4 y 5 de septiembre en la sede de la ONU en Ginebra (Suiza), sobre cómo el país está implementando las disposiciones de la Convención.
La delegación de Ecuador fue encabezada por el viceministro de Movilidad Humana, José Luis Jácome, e incluyó a representantes del Ministerio del Interior, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de la Procuraduría General del Estado, y de la Misión Permanente de Ecuador ante la ONU en Ginebra.
Para ver los videos de las sesiones del diálogo interactivo transmitido por Internet, visite los siguientes enlaces:
4 de septiembre: http://webtv.un.org/search/consideration-of-ecuador-361st-meeting-27th-session-committee-on-migrant-workers/5562722640001/?term=ecuador&sort=date
5 de septiembre: http://webtv.un.org/search/consideration-of-ecuador-contd-362nd-meeting-27th-session-committee-on-migrant-workers/5566371264001/?term=ecuador&sort=date
El informe de Ecuador y otros documentos relevantes para el examen se encuentran aquí:
http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/SessionDetails1.aspx?SessionID=1127&Lang=sp
FIN
Información adicional
* La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares es el instrumento internacional más completo hasta la fecha sobre los trabajadores migrantes. Proporciona un conjunto de normas internacionales para abordar: a) el trato, el bienestar y los derechos de los trabajadores migratorios y los miembros de sus familias; y b) las obligaciones y responsabilidades de los Estados involucrados. Entre ellos figuran los Estados de origen, los Estados de tránsito y los Estados de destino, todos los cuales se benefician de la migración internacional de trabajadores. Los acuerdos bilaterales y regionales son importantes, pero insuficientes para abordar esta cuestión mundial.
La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares busca desempeñar un papel en la prevención y eliminación de la explotación de todos los trabajadores migrantes y miembros de sus familias durante todo el proceso de migración. En particular, ayuda a prevenir el reclutamiento ilegal o clandestino y el tráfico de trabajadores migrantes. Para más información sobre el Comité de la ONU sobre los trabajadores migratorios, visite: http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CMW/Pages/CMWIndex.aspx
Descargar observaciones finales: http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/SessionDetails1.aspx?SessionID=1127&Lang=sp
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Revise el Índice Universal de Derechos Humanos: uhri.ohchr.org