Según la Declaración sobre la protección de todas las
personas contra las desapariciones forzadas, proclamada por la Asamblea
General en su resolución 47/133, de 18 de diciembre de 1992, como conjunto
de principios que deben ser aplicados por todos los Estados, se producen
desapariciones forzadas siempre que “se arreste, detenga o traslade contra su
voluntad a las personas, o que estas resulten privadas de su libertad de alguna
otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por
grupos organizados o por particulares que actúan en nombre del Gobierno o
con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que
luego se niegan a revelar la suerte o el paradero de esas personas o a
reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así a la protección
de la ley” (preámbulo).
Una desaparición es una forma de sufrimiento doblemente paralizante:
para las víctimas, muchas veces torturadas y siempre temerosas de perder la
vida, y para los miembros de la familia, que no saben la suerte corrida por sus
seres queridos y cuyas emociones oscilan entre la esperanza y la
desesperación, cavilando y esperando, a veces durante años, noticias que
acaso nunca lleguen. Las víctimas saben bien que sus familias desconocen su
paradero y que son escasas las posibilidades de que alguien venga a
ayudarlas. Al habérselas separado del ámbito protector de la ley y al haber
“desaparecido” de la sociedad, se encuentran, de hecho, privadas de todos sus
derechos y a merced de sus aprehensores.
La desaparición forzada se ha usado a menudo como estrategia para
infundir el terror en los ciudadanos. La sensación de inseguridad que esa
práctica genera no se limita a los parientes próximos del desaparecido, sino
que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad.
La desaparición forzada se ha convertido en un problema mundial que
no afecta únicamente a una región concreta del mundo. Las desapariciones
forzadas, que en su día fueron principalmente el producto de las dictaduras
militares, pueden perpetrarse hoy día en situaciones complejas de conflicto
interno, especialmente como método de represión política de los oponentes.
Es motivo de especial preocupación el acoso de los defensores de los
derechos humanos, los parientes de las víctimas, los testigos y los abogados
que se ocupan de los casos de desaparición forzada; el uso por los Estados de
la lucha contra el terrorismo como excusa para el incumplimiento de sus
obligaciones; y la todavía generalizada impunidad por la práctica de la
desaparición forzada. Debe prestarse también especial atención a los grupos
de personas especialmente vulnerables, como los niños y las personas con
discapacidad.
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