GINEBRA (1 de julio de 2019): Los Estados y otros actores involucrados en la protección de refugiados deben reconocer la vulnerabilidad única y las necesidades específicas de las y los solicitantes de asilo y refugiados lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, intersexuales (LGBTI) y género diverso, expresaron el Experto Independiente de la ONU sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, Víctor Madrigal-Borloz, y el Alto Comisionado Auxiliar para la Protección del ACNUR, Volker Türk.
“Para muchas personas LGBTI, el trauma y la persecución comienzan mucho antes de su verdadero vuelo hacia la seguridad”, manifestó el Experto Independiente. “La persecución a menudo se manifiesta a través de leyes que criminalizan la orientación sexual, la identidad o expresión de género o que son discriminatorias”.
Subrayó que las personas LGBTI también están expuestas a niveles desproporcionados de detención arbitraria, abuso policial, violencia y ejecuciones extrajudiciales por parte de actores estatales y no estatales, así como a abusos en entornos médicos, incluidas las esterilizaciones forzadas y las llamadas “terapias de conversión”. Su derecho a la libertad de expresión, reunión y asociación a menudo también se restringe indebidamente.
“Desafortunadamente, el viaje hacia la seguridad puede resultar particularmente peligroso para muchos refugiados LGBTI que continúan enfrentando prejuicios y violencia en los países de tránsito y en los países receptores”, declaró Türk.
El primer elemento de protección es el acceso al asilo, dijeron los expertos de la ONU. Es fundamental que los Estados garanticen que un temor fundado de persecución por motivos de orientación sexual, identidad de género, expresión de género y/o características sexuales se acepte como motivo para el reconocimiento del estatus de refugiado. Actualmente, unos 37 Estados otorgan asilo a individuos por tales motivos, pero la mayoría de los Estados que adjudican el asilo injustificadamente no lo hacen.
Los Estados deben tomar medidas para abordar las violaciones que enfrentan los refugiados y solicitantes de asilo LGBTI, incluso mediante la incorporación de medidas sensibles a personas LGBTI en sus procedimientos de asilo.
“Los funcionarios involucrados en el proceso de determinación del estatus de refugiado y en el manejo de las condiciones de recepción deben recibir una capacitación sensible y culturalmente apropiada sobre orientación sexual, identidad de género y características sexuales”, agregó Türk. Esto debería incluir evaluaciones individuales sensibles a las necesidades de protección de las personas LGBTI y el uso de técnicas de entrevista y evaluación que respeten la dignidad y privacidad de las personas que buscan asilo y que se determinen de manera objetiva y sensible, no sobre la base de estereotipos o sesgos culturales.
También se necesitan esfuerzos adicionales para garantizar que quienes brindan protección y asistencia tengan el conocimiento y la capacitación para prevenir y responder a tales incidencias y evitar la exclusión.
Una evaluación de las necesidades de protección de cada individuo, mientras se encuentra en tránsito y al llegar a los países de destino, así como el acceso a una vivienda adecuada en entornos seguros con instalaciones de saneamiento adecuadas, es especialmente importante para las personas LGBTI, ya que están expuestas al riesgo de hostigamiento, abuso y violencia en centros de acogida, albergues colectivos y campamentos.
“El acceso a servicios de atención de salud y derechos reproductivos sensibles a personas LGBTI se vuelve particularmente difícil para los refugiados LGBTI, en todas las etapas y en todo momento durante su viaje”, destacó Madrigal-Borloz. Por ejemplo, la interrupción de la hormona y otros tratamientos asociados con la transición de género pueden ser particularmente dañinos o llevar a una automedicación peligrosa.
Türk dijo que, incluso en lugares donde los refugiados LGBTI son más aceptados y los servicios son accesibles, muchos optan por ocultar su orientación sexual e identidad de género por temor a que puedan ser atacados o marginados, particularmente en áreas densamente pobladas. Por lo tanto, es crucial crear espacios y servicios seguros que estén diseñados en consulta con las personas LGBTI y sus organizaciones.
“Es hora de reconocer las necesidades específicas de los solicitantes de asilo y refugiados LGBTI y brindarles la protección que necesitan”, concluyeron los dos expertos.
FIM
Víctor Madrigal-Borloz (Costa Rica) asumió el rol de Experto Independiente de la ONU sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género por un período de tres años a partir del 1 de enero de 2018. Hasta el 30 de junio de 2019, se desempeñó como el Secretario General del Consejo Internacional de Rehabilitación para Víctimas de Tortura (IRCT), una red mundial de más de 150 centros de rehabilitación con la visión del pleno disfrute del derecho a la rehabilitación para todas las víctimas de tortura y malos tratos. Miembro de la Subcomisión de Prevención de la Tortura de las Naciones Unidas desde el 2013 al 2016, Madrigal-Borloz fue Relator sobre Represalias y supervisó un proyecto de política sobre la tortura y los malos tratos a personas LGBTI.
Volker Türk (Austria) es el Alto Comisionado Auxiliar para la Protección del ACNUR, anteriormente se desempeñó como Director de la División de Protección Internacional de septiembre de 2009 a febrero de 2015, y Director de Desarrollo y Gestión Organizacional de abril de 2008 a septiembre de 2009 en Ginebra. Desde 1991 hasta marzo de 2008, ocupó diversos cargos en muchas partes del mundo, incluyendo Malasia, Kosovo (S/RES/1244 (1999)), Bosnia y Herzegovina, la República Democrática del Congo y Kuwait. Del 2000 al 2004, fue Jefe de la Sección de Política de Protección y Asesoramiento Jurídico en la sede del ACNUR en Ginebra. Antes de trabajar con el ACNUR, Türk trabajó como asistente universitario en el Instituto de Derecho Internacional de la Universidad de Viena (Austria), donde terminó su tesis doctoral sobre el ACNUR y su mandato (publicado en 1992). De 1985 a 1988, fue asistente de investigación en el Instituto de Derecho Penal de la Universidad de Linz (Austria). Ha publicado numerosos artículos sobre el derecho internacional de los refugiados y los derechos humanos.
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Fuente: ACNUDH
Traducción: ACNUDH-América
del Sur
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