GINEBRA (13 de octubre de 2021) — En un dictamen histórico, el Comité de Derechos Humanos de la ONU concluyó que Paraguay violó los derechos de una comunidad indígena a sus tierras tradicionales y a su entendimiento de “domicilio”, debido a la falta de prevención y control de la contaminación tóxica de sus tierras causada por el uso intensivo de plaguicidas por empresas agrícolas vecinas.
Este es el primer dictamen del Comité que afirma que, en el caso de pueblos indígenas, la noción de “domicilio” debe entenderse en el contexto de la relación especial que mantienen con sus territorios, incluyendo sus animales de cría, cultivos, y su forma de vida relacionada con la caza, recolección y pesca.
“Para los pueblos indígenas, sus tierras representan su hogar, cultura y comunidad. Los graves daños ambientales tienen impactos en la vida familiar, la tradición y la identidad de los pueblos indígenas, e incluso conducen a la desaparición de su comunidad. Daña drásticamente la supervivencia cultural del grupo en su conjunto”, afirmó Hélène Tigroudja, miembro del Comité.
El dictamen del Comité responde a una denuncia presentada por el líder comunitario electo y por un maestro de la escuela comunitaria, en nombre de los 201 integrantes de la comunidad indígena Campo Agua’ẽ, del Pueblo Ava Guaraní, situada en el distrito de Curuguaty, departamento de Canindeyú.
La comunidad indígena de Campo Agua’ẽ vive en una zona rodeada de grandes empresas agrícolas que fumigan -proceso que utiliza humo químico para matar plagas- para producir soja genéticamente modificada. La fumigación, incluido el uso continuado de agroquímicos prohibidos durante más de diez años, ha matado los animales de cría de la comunidad indígena, ha afectado sus cultivos de subsistencia y árboles frutales, ha afectado los recursos de la caza, pesca y recolección, ha contaminado los recursos hídricos y ha dañado la salud de las personas.
El daño ambiental también tuvo graves repercusiones intangibles. La desaparición de los recursos naturales necesarios para la caza, la pesca, la recolección en el bosque y la agroecología guaraní provocó la pérdida de conocimientos tradicionales. Las prácticas ceremoniales de bautismo (mitãkarai) ya no se llevan a cabo debido a la desaparición de los materiales de construcción de la casa de danza (jerokyha) y a la desaparición también del maíz con el cual se hacía la chicha (kagüi), elemento central de la ceremonia. La desaparición de esta ceremonia deja a los niños sin un rito crucial para la consolidación de su identidad cultural. Además, la estructura comunitaria se debilita porque varias familias se ven obligadas a emigrar.
Tras procesos administrativos y judiciales largos e insatisfactorios en Paraguay, la comunidad llevó su caso ante el Comité de Derechos Humanos.
“A más de doce años de la presentación por los autores de la denuncia penal por las fumigaciones con agrotóxicos, a las cuales además han quedado expuestos todo este tiempo, las investigaciones no han avanzado significativamente, sin que el Estado parte haya ofrecido explicación para justificar dicho retraso”, dijo el Comité en su dictamen.
Además, consideró que Paraguay no monitoreó adecuadamente la fumigación y no pudo prevenir la contaminación. “Dicha omisión en su deber de proteger permitió que prosiguieran por muchos años las fumigaciones masivas y contrarias a la normativa interna, destruyendo elementos constitutivos de la vida privada, familiar y domicilio de la comunidad indígena afectada”, añadió.
El Comité recomienda que Paraguay prosiga con los procesos penales y administrativos en contra de los responsables, repare integralmente a las víctimas por el daño sufrido, tome todas las medidas que sean necesarias, en estrecha consulta con la comunidad, para reparar la degradación ambiental, y adopte medidas para evitar que se cometan transgresiones semejantes en el futuro.
FIN
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Contexto
El Comité de Derechos Humanossupervisa la adhesión de los Estados partes al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que hasta la fecha cuenta con 173 Estados partes. El Comité está integrado por 18 miembrosque son expertos independientes en derechos humanos provenientes de todo el mundo, que sirven a título personal y no como representantes de los Estados partes. El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que hasta la fecha cuenta con 116 Estados partes, establece el derecho de las personas a presentar una queja ante el Comité contra los Estados que violan sus derechos humanos. El Protocolo Facultativo impone a los Estados partes la obligación legal internacional de cumplir de buena fe con los dictámenes del Comité. Más información sobre los procedimientos de denuncias individuales ante los Comités.
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Fuente: ONU Derechos Humanos
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