Ginebra (26 de junio de 2012) – Un hombre detenido arbitrariamente acude al sistema de Naciones Unidas en búsqueda de justicia. Aunque los organismos de Naciones Unidas fallan a su favor, el hombre enfrenta graves represalias por hablar en defensa de sus derechos. Le ha sido negado tratamiento médico, ha sido confinado al aislamiento solitario y presuntamente golpeado por las autoridades penitenciarias.
Hoy, en el Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de la Tortura, les recordamos a los Estados que ellos tienen la obligación de proteger a las víctimas de tales tratos y de asegurar que no enfrentarán represalias o intimidación por cooperar con los órganos de Naciones Unidas.
Cada año el Comité Contra la Tortura y los expertos independientes designados por el Consejo de Derechos Humanos, reciben comunicaciones individuales de las víctimas de tortura así como información de defensores de derechos humanos y actores de la sociedad civil, acerca de presuntas violaciones de derechos humanos, para que sea considerada en sus reportes. Muchos detenidos, en un gran riesgo personal, encuentran el coraje para compartir sus traumáticas experiencias de tortura y malos tratos con el Subcomité para la Prevención de la Tortura y el Relator Especial contra la Tortura, durante sus visitas a los centros de detención.
Cada año, cientos de centros de rehabilitación, pequeños y grandes, apoyados por el Fondo de Contribuciones Voluntarias para las Víctimas de la Tortura, proporcionan indispensable asistencia humanitaria, médica y legal a miles de víctimas de tortura y sus familias.
Muchas de esas víctimas, nos han permitido hacer nuestro trabajo y nos han llenado de invaluable experiencia, sin embargo por compartir el sufrimiento que han atravesado han sido también víctimas de intimidación y represalias.
Las represalias en contra de las personas que cooperan con los mecanismos de Naciones Unidas en la protección y promoción de los derechos humanos, son absolutamente inaceptables y constituyen una violación de los tratados internacionales y de las obligaciones legales de los estados. Debe garantizarse a través de medios eficaces que no se producirán represalias, y en caso de ocurrir, que las personas involucradas deben ser responsables por ello.
La Convención contra la Tortura dispone que los Estados tienen la obligación de tomar medidas para asegurar que los denunciantes y los testigos, así como cualquier individuo u organización que coopere con el Comité, estará protegida de malos tratos, intimidación o represalias. De manera similar, el Subcomité para la Prevención Contra La Tortura llama a los estados a respetar cabalmente su obligación bajo el Protocolo Facultativo Contra la Tortura de asegurar que los individuos que presten su testimonio durante el curso de sus visitas a los centros de detención, no serán sancionados como consecuencia de su cooperación.
Urgimos a los Estados a establecer y apoyar a los centros de rehabilitación y las instalaciones en donde las víctimas del delito de tortura reciben tratamiento. La Asamblea General estipuló recientemente que los estados deben asegurar la seguridad de su personal y de los pacientes.
En este día, nos solidarizamos con aquellos que, después de haber sufrido las peores formas de tortura y malos tratos, ponen su confianza en los mecanismos de las Naciones Unidas a pesar del riesgo de represalias. Es imperativo que los Estados traduzcan su compromiso en la lucha contra la tortura, con medidas que garanticen que las víctimas y defensores de los derechos humanos que participan en los mecanismos de las Naciones Unidas contra la tortura no serán objeto de represalias y la revictimización.
(*) Esta declaración conjunta fue emitida por el Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura, el Subcomité para la Prevención de la Tortura, el Relator Especial sobre la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, y el Consejo Directivo del Fondo de las Naciones Unidas de Contribuciones Voluntarias para víctimas de la Tortura.