GINEBRA (14 de abril de 2020) – Un experto de las Naciones Unidas pidió hoy a los Estados que no utilicen las declaraciones de estado de emergencia durante la crisis de COVID-19 para imponer restricciones generalizadas a la libertad de reunión y asociación pacíficas, y publicó directrices detalladas que los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley deben seguir para evitar abusos de los derechos humanos.
«Ningún país o gobierno puede resolver esta crisis sanitaria por sí solo y me preocupan las alarmantes tendencias y limitaciones que se desprenden de los informes de la sociedad civil en todo el mundo, incluida la capacidad de la sociedad civil para apoyar una respuesta eficaz al COVID-19», dijo Clément Nyaletsossi Voule, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación.
«Las organizaciones de la sociedad civil son fundamentales para ayudar a los Estados a enmarcar políticas inclusivas, difundir información y proporcionar apoyo social a las comunidades vulnerables que lo necesiten», dijo.
En sus 10 directrices, el experto dijo que cuando se adoptan nuevas leyes o reglamentos, toda limitación de los derechos que se imponga debe respetar los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. La libre circulación de la información es crucial en tiempos de crisis y deben evitarse las leyes que penalizan las «noticias falsas», incluidas las dirigidas a los defensores y defensoras de los derechos humanos.
«Es inadmisible declarar restricciones generales a los derechos humanos y las libertades fundamentales», dijo Voule. «Deben preverse exenciones para los y las agentes de la sociedad civil, en particular quienes vigilan los derechos humanos, los sindicatos, los servicios sociales que prestan asistencia humanitaria y los periodistas que cubren la gestión de la crisis.
«El estado de emergencia no impide las libertades de reunión pacífica y de asociación», dijo el experto en derechos humanos.
Voule dijo que sus directrices podrían ayudar a los Estados a reevaluar las medidas que ya están en vigor para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos y tener plenamente en cuenta las exigencias de la ciudadanía.
FIN
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