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Para el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, 30 de agosto de 2015
DECLARACIÓN A LOS MEDIOS
Para el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas
Domingo 30 de agosto de 2015

“El tiempo apremia” – Expertos de la ONU piden normas globales para la búsqueda inmediata de las personas desaparecidas

GINEBRA (28 de agosto de 2015) -Dos grupos de expertos de las Naciones Unidas sobre desapariciones forzadas llaman a los Estados a establecer y activar protocolos para la búsqueda inmediata de personas desaparecidas en todo el mundo.

En una declaración previa al Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, que se conmemora el domingo 30 de agosto, el Comité contra las Desapariciones Forzadas y el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias instan a los gobiernos a activar de manera sistemática todos los medios de búsqueda de personas desaparecidas, incluyendo mediante el establecimiento de protocolos.

“Durante el último año, hemos intervenido en 246 casos recientes de desapariciones forzadas perpetradas en todo el mundo – una clara indicación de que esta práctica atroz todavía se utiliza en varios países. Estos casos son, sin embargo, sólo la punta del iceberg de miles de casos que nunca son denunciados, ya sea por temor a sufrir represalias o porque las condiciones de seguridad no permiten hacerlo.

La falta de recursos económicos y el insuficiente conocimiento de los mecanismos internacionales existentes son otras razones por las que muchos casos de desapariciones forzadas nunca son denunciados a las Naciones Unidas.

Tras la activación de estos procedimientos urgentes del Grupo de Trabajo y del Comité contra las Desapariciones Forzadas a largo del último año, 13 personas desaparecidas fueron encontradas con vida, en detención, y desgraciadamente, dos fueron halladas muertas.

Estos procedimientos pueden hacer una diferencia para la angustia de los familiares:

    ‘Me gustaría informarle que gracias a su constante intervención y monitoreo de la situación, XX fue liberado por sus secuestradores. No tenemos palabras para expresar lo agradecidos que estamos con el Grupo de Trabajo y le pido que transmita personalmente mi agradecimiento a cada integrante del Grupo.’
    ‘Gracias por leer mis mensajes y tomarlos en cuenta. Por fin tengo la impresión de que alguien me está escuchando y prestando atención al caso de mi hijo’, escribió la madre de una persona desaparecida.

    ‘Me gustaría informarle por este medio que debido al impacto del fuerte apoyo y la preocupación mostrada por su oficina, xx y zz fueron puestos en libertad de forma segura.’

    ‘La carta del Comité se recibió hace dos semanas. Unos días más tarde, [las autoridades] vinieron a visitarnos para informar sobre la investigación y nos invitaron a participar en la misma. Es la primera vez después de tantos meses que tenemos la impresión de que las cosas se están moviendo de nuevo’, escribieron conjuntamente las madres de dos personas desaparecidas.

La experiencia así como el uso de la herramienta de acciones urgentes del Comité y el Grupo de Trabajo muestran que en un caso de desaparición forzada el tiempo es un factor esencial. Las horas y los días que siguen a una desaparición son cruciales para encontrar a la persona desaparecida con vida. Las medidas adoptadas en el período inmediatamente posterior a la desaparición no pueden dejarse al azar. Deben ser sistematizadas en protocolos que permitan la activación inmediata de todos los medios disponibles para la búsqueda de las personas desaparecidas.

Estos protocolos para la búsqueda de las personas desaparecidas deben ser establecidos en todos los Estados – independientemente del número de desapariciones forzadas – y tienen que suponer, al menos inicialmente, que la persona desaparecida debe ser buscada con vida.

El Comité y el Grupo de Trabajo hacemos un llamado a los gobiernos a tomar medidas inmediatas al recibirse una denuncia de un caso de desaparición para buscar y encontrar a la persona desaparecida y evitar un daño irreparable.
Instamos igualmente a los gobiernos a garantizar la plena protección a quienes denuncian las desapariciones, los autores de las solicitudes de acciones urgentes, los testigos, los familiares de las personas desaparecidas, sus abogados defensores, y todas las personas que participan en las investigaciones relacionadas, contra toda forma de represalias.

También alentamos a todas aquellas personas cuyos seres queridos han desaparecido, así como a aquellos que actúan en su nombre, a hacer uso de la herramienta proporcionada por el procedimiento de acciones urgentes* del Grupo de Trabajo y del Comité contra las Desapariciones Forzadas”.

(*) Cómo presentar acciones urgentes:
Para el Comité contra las Desapariciones Forzadas: http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CED/C/4&Lang=en para desapariciones forzadas ocurridas en Estados parte de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.

Para el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias: http://www.ohchr.org/SP/Issues/Disappearances/Pages/Procedures.aspx

FIN

(*) NOTA A LOS EDITORES: Durante el año pasado, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias transmitió 151 solicitudes de acciones urgentes por parte de los familiares de personas desaparecidas. Durante el mismo período, el Comité contra las Desapariciones Forzadas recibió 103 solicitudes de medidas urgentes, de las cuales 95 se registraron, con lo que se produjo un total de 126 acciones urgentes registrados en casos de desapariciones forzadas, ocurridos en Estados Partes a la Convención Internacional para la Protección de los todas las personas contra las desapariciones forzadas, desde la entrada en vigor de la Convención.

Para mayor información, visite:
Grupo de Trabajo sobre Desapariciones forzadas: http://www.ohchr.org/SP/Issues/Disappearances/Pages/DisappearancesIndex.aspx
Comité sobre Desapariciones forzadas: http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CED/Pages/CEDIndex.aspx

Lea la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas:http://www2.ohchr.org/spanish/law/disappearance-convention.htm

Para más información y solicitudes de prensa, favor contactar a:
Ugo Cedrangolo (+ 41 22 917 9286 / [email protected]) o escribir a [email protected]
Maria Giovanna Bianchi (+41 22 917 9189 / [email protected]) o escribir a [email protected]

Para solicitudes de prensa sobre otros expertos independientes de la ONU:
Xabier Celaya, ONU Derechos Humanos – Unidad de Medios (+ 41 22 917 9383 /
[email protected])

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