GINEBRA (17 de mayo de 2022) – Ecuador discriminó al activista de derechos indígenas Yaku Pérez Guartambel al negarse a reconocer validez a su matrimonio oficiado por autoridades tradicionales indígenas, concluyó el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD).
El Comité emitió su decisión luego de examinar una denuncia presentada por Yaku Pérez Guartambel, expresidente de la Confederación de los Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador, y candidato presidencial en las últimas elecciones.
“Negarse a reconocer el matrimonio de pueblos indígenas y solicitarles que vuelvan a casarse ante funcionarios del Registro Civil es discriminatorio”, dijo el miembro del Comité Michał Balcerzak. “Podría contribuir a poner en peligro prácticas culturales y equivaler a una asimilación forzada”, agregó.
Yaku Pérez, un miembro del pueblo indígena Kichwa Kañari, se casó en 2013 con Manuela Lavinias Picq, periodista y profesora de nacionalidad brasileña y francesa. Dicho matrimonio fue oficiado por las autoridades tradicionales del pueblo Kichwa Kañari de la Comunidad Indígena de Escaleras.
La pareja fue arrestada en 2015 durante una marcha en defensa de los derechos de los pueblos indígenas y las autoridades ecuatorianas revocaron la visa de Lavinias Picq, quien tuvo que abandonar el país.
Yaku Pérez solicitó la inscripción de su matrimonio en la Dirección General del Registro Civil para así poder solicitar una visa de reunificación familiar para que su esposa pudiera regresar a Ecuador. Su solicitud fue denegada bajo el argumento de que su matrimonio no era legalmente válido porque las autoridades indígenas no son competentes para oficiar e inscribir matrimonios; se le solicitó que celebrara nuevamente su unión ante funcionarios del Registro Civil. Los recursos judiciales de Yaku Pérez en contra de la decisión de las autoridades también fueron rechazados.
En 2017, Yaku Pérez presentó una denuncia ante el Comité, explicando que los pueblos indígenas han vivido, organizado vida y sociedad, inclusive mediante matrimonios ancestrales celebrados por sus instituciones de acuerdo a sus culturas propias, por milenios antes de la construcción del Estado.
El Comité determinó que Ecuador violó su obligación bajo la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. “La falta de reconocimiento del matrimonio del señor Yaku Pérez constituye un acto de discriminación que le impide gozar de los mismos derechos civiles que aquellas personas cuyos matrimonios son oficiados por funcionarios del Registro Civil”, dijo Balcerzak.
El Comité recordó que la Constitución política del Ecuador define a dicho Estado como un Estado intercultural y plurinacional, lo que debe garantizar a los pueblos indígenas derechos colectivos que les permitan mantener y fortalecer libremente su identidad, tradiciones ancestrales y organización social. El Comité también recordó que los pueblos indígenas tienen derecho a aplicar sus leyes consuetudinarias en virtud de su derecho fundamental a la libre determinación.
“El reconocimiento de los efectos legales de los matrimonios oficiados por autoridades tradicionales indígenas, lejos de privar al Estado parte de su jurisdicción sobre el derecho civil, implementa la necesaria cooperación y coordinación que debe ser el núcleo de la relación entre el sistema ordinario y el sistema indígena”, agregó Balcerzak.
El Comité solicita al Ecuador que inscriba el matrimonio de Yaku Pérez ante el Registro Civil, que lo indemnice y le pida disculpas por la violación de sus derechos.
Para evitar violaciones similares, el Comité también solicita al Ecuador modificar su legislación para reconocer y registrar matrimonios oficiados por autoridades tradicionales indígenas de conformidad con su derecho consuetudinario.
FIN
Para más información y solicitudes de los medios de comunicación, comuníquese con:
Vivian Kwok, al +41 (0) 22 917 9362 /[email protected],
o con la UN Human Rights Office Media Section, al +41 (0) 22 928 9855 / [email protected]
Contexto:
El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial supervisa el cumplimiento por los Estados partes de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, que, a la fecha, cuenta con 182 Estados partes. El Comité está compuesto por 18 miembros que son expertos independientes en derechos humanos provenientes de todo el mundo, que sirven a título personal y no como representantes de los Estados partes.
Fuente: Órganos de Tratados ONU
¿Te preocupa el mundo en que vivimos? Entonces defiende los derechos humanos de alguien hoy. #Standup4humanrights y visita: http://www.standup4humanrights.org/es