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Chile (2014)

23/06/2014

Extracto

Información sobre Chile en la web oficial del EPU: http://www.ohchr.org/SP/HRBodies/UPR/Pages/CLIndex.aspx

*Vea EPU de 2009 (1er ciclo) aquí: https://acnudh.org/informe-de-resultado-del-examen-periodico-universal-%E2%80%93-chile-2009/

EPU de 2014 (2do ciclo)

– Descargue el informe del Grupo de Trabajo del Examen Periódico Universal (versión texto, abajo): PDF 240 Kb

– Descargue las Observaciones sobre las conclusiones y/o recomendaciones, compromisos voluntarios y respuestas del Estado examinado: PDF 24 Kb

 

GE.14-12900 (S) 290414 020514

*1412900*
Consejo de Derechos Humanos
26º período de sesiones
Tema 6 de la agenda
Examen periódico universal
Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen
Periódico Universal*
Chile
* El anexo se distribuye tal como se recibió.
Naciones Unidas A/HRC/26/5
Asamblea General Distr. general
2 de abril de 2014
Español
Original: inglés
A/HRC/26/5
2 GE.14-12900
Índice
Párrafos Página
Introducción ……………………………………………………………………………………………… 1–4 3
I. Resumen de las deliberaciones del proceso de examen …………………………………… 5–120 3
A. Exposición del Estado examinado………………………………………………………… 5–14 3
B. Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado…………………………… 15–120 4
II. Conclusiones y/o recomendaciones ……………………………………………………………… 121–123 15
Anexo
Composition of the delegation …………………………………………………………………………………………… 28
A/HRC/26/5
GE.14-12900 3
Introducción
1. El Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, establecido de
conformidad con la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos, de 18 de junio
de 2007, celebró su 18º período de sesiones del 27 de enero al 7 de febrero de 2014. El
examen de Chile se llevó a cabo en la tercera sesión, el 28 de enero de 2014. La delegación
de Chile estuvo encabezada por Bruno Baranda, Ministro de Desarrollo Social. En su
décima sesión, celebrada el 31 de enero de 2014, el Grupo de Trabajo aprobó el informe
sobre Chile.
2. El 15 de enero de 2014, el Consejo de Derechos Humanos eligió al siguiente grupo
de relatores (troika) para facilitar el examen de Chile: Cuba, Montenegro y Pakistán.
3. Con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 15 del anexo de la resolución 5/1 y el
párrafo 5 del anexo de la resolución 16/21, para el examen de Chile se publicaron los
siguientes documentos:
a) Un informe nacional/exposición por escrito de conformidad con el párrafo
15 a) (A/HRC/WG.6/18/CHL/1);
b) Una recopilación preparada por la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) de conformidad con el párrafo
15 b) (A/HRC/WG.6/18/CHL/2);
c) Un resumen preparado por el ACNUDH de conformidad con el párrafo 15 c)
(A/HRC/WG.6/18/CHL/3).
4. Por conducto de la troika se transmitió a Chile una lista de preguntas preparadas de
antemano por Austria, Bélgica, República Checa, Alemania, México, los Países Bajos,
Noruega, España, Eslovenia, Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Esas preguntas pueden consultarse en la extranet del examen periódico universal (EPU).
I. Resumen de las deliberaciones del proceso de examen
A. Exposición del Estado examinado
5. La delegación indicó que consideraba que el EPU constituía un importante avance
hacia la universalización de los derechos humanos. Chile atribuía una alta prioridad a la
aplicación de sus recomendaciones. El informe nacional mostraba los avances que se
habían logrado en el cumplimiento de las recomendaciones recibidas en 2009.
6. En la preparación del informe habían participado toda una serie de ministerios y
servicios públicos. Esas instituciones también estaban representadas en la delegación de
alto nivel que había viajado a Ginebra para el examen.
7. Asimismo se habían mantenido reuniones con el Instituto Nacional de Derechos
Humanos y con representantes de la sociedad civil para la preparación del informe.
Además, el ACNUDH había prestado su valiosa asistencia.
8. En 2009, Chile había aceptado 71 recomendaciones, que en su mayoría se habían
aplicado o estaban en proceso de ejecución. Si bien había aún desafíos pendientes, el
segundo informe estaba centrado en los esfuerzos realizados por el Estado para modernizar
y fortalecer la infraestructura institucional de derechos humanos.
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9. La delegación destacó algunas de las medidas más importantes adoptadas en materia
de derechos humanos en los últimos cuatro años y medio, en cumplimiento de las
recomendaciones aceptadas en 2009.
10. En 2009, Chile había ratificado la Convención Internacional para la protección de
todas las personas contra las desapariciones forzadas. El mismo año se había establecido
además el Instituto Nacional de Derechos Humanos, que había sido acreditado como
institución de categoría A en 2012 y constituía la columna vertebral del perfeccionamiento
institucional de los derechos humanos en Chile.
11. En cuanto a la discriminación, en julio de 2012 había entrado en vigor la
Ley Nº 20609, que sancionaba toda forma de discriminación basada, entre otros motivos,
en la raza, la nacionalidad, el idioma, la opinión política, la religión, el sexo, la orientación
sexual, la identidad de género o la discapacidad.
12. Chile era consciente de su deuda histórica con los pueblos indígenas. Por
consiguiente, en 2010, el Gobierno había establecido una política de diálogo con los nueve
pueblos indígenas presentes en el país, a fin de darles acceso a oportunidades de desarrollo,
con pleno respeto de sus derechos, tradiciones, identidad y cultura. La necesidad de un
enfoque integral e inclusivo había motivado la creación del Consejo de Ministros para
Asuntos Indígenas.
13. La aplicación del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT) de 1989 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes había permitido
profundizar el compromiso de participación y protagonismo de las comunidades indígenas.
Desde su entrada en vigor, se habían realizado más de 43 consultas sobre cuestiones como
proyectos legislativos, medidas administrativas y proyectos de inversión. Una de las más
importantes se había referido al procedimiento y las etapas de consultas futuras. Durante
casi tres años, se habían realizado más de 300 talleres de diálogo directo entre autoridades
del Gobierno y dirigentes indígenas. Establecido este nuevo procedimiento de consulta, el
Gobierno aplicaría ese mecanismo en relación con tres cuestiones importantes: el
reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas, la creación de un consejo
representativo de los pueblos indígenas y el diseño de un nuevo marco institucional para
una ejecución más eficiente de las políticas públicas sobre los pueblos indígenas.
14. Durante el examen, la delegación tomó nota de las preguntas planteadas por los
demás países, para darles respuesta en el curso de las deliberaciones.
B. Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado
15. Durante el diálogo interactivo, formularon declaraciones 84 delegaciones. Las
recomendaciones formuladas durante el diálogo figuran en la sección II del presente
informe.
16. El Congo aplaudió el fortalecimiento del marco institucional y jurídico para la
promoción y protección de los derechos humanos, en particular la creación de una
institución nacional de derechos humanos y la aprobación de una ley sobre la trata de
personas. El Congo formuló una recomendación.
17. Croacia solicitó a Chile mayor información sobre la atención prestada a las personas
transgénero por el sistema nacional de atención de la salud. También hizo preguntas sobre
la formación de derechos humanos impartida a la policía y la forma en que ello había
contribuido a la promoción de los derechos de los pueblos indígenas.
18. Cuba destacó los esfuerzos por eliminar la discriminación, en particular la
aprobación de la Ley Nº 20609. Manifestó su inquietud por el creciente uso de la fuerza por
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las autoridades policiales en el contexto de manifestaciones pacíficas y por la aplicación de
la Ley Antiterrorista en detrimento de los derechos de los pueblos indígenas. Cuba formuló
recomendaciones.
19. Chipre se refirió a la información relativa al uso inadecuado de armas antidisturbios
por la policía en diferentes manifestaciones. Preguntó qué medidas se habían adoptado para
que hubiera una investigación civil de las presuntas vulneraciones de los derechos humanos
cometidas por la policía. Chipre formuló una recomendación.
20. La República Checa encomió a Chile por haber suprimido la jurisdicción de los
tribunales militares sobre los civiles, tal como se había recomendado en el examen anterior.
Formuló recomendaciones.
21. Mauritania encomió a Chile por los esfuerzos realizados para potenciar sus
instituciones de derechos humanos y por las diversas iniciativas destinadas a promover y
proteger los derechos humanos. Tomó nota del establecimiento del Instituto Nacional de
Derechos Humanos y la adopción de medidas apropiadas para prohibir todas las formas de
discriminación contra las mujeres.
22. El Ecuador expresó su reconocimiento por los esfuerzos realizados para promover y
proteger los derechos de las personas con discapacidad, los refugiados y los ancianos.
Felicitó a Chile por las medidas adoptadas para promover la integración de los trabajadores
migrantes y su acceso a la seguridad social. El Ecuador formuló recomendaciones.
23. Egipto tomó nota de las amplias consultas celebradas durante la preparación del
informe y del establecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos como órgano
legalmente independiente. Egipto formuló recomendaciones.
24. Estonia celebró las medidas de incentivo destinadas a aumentar la participación de
las mujeres en la vida política. Indicó, sin embargo, que le preocupaba la criminalización
del aborto. Estonia alentó a Chile a continuar con sus esfuerzos para defender los derechos
del niño y de los pueblos indígenas. Formuló recomendaciones.
25. Etiopía celebró el establecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos y
elogió la participación activa de Chile en el Consejo de Derechos Humanos. Indicó que
valoraba las medidas adoptadas para luchar contra la trata de personas y promover los
derechos de los migrantes. Etiopía formuló recomendaciones.
26. Finlandia preguntó qué medidas se habían adoptado o se había previsto adoptar para
legalizar el aborto, por lo menos en los casos en que la vida de la mujer corría peligro o el
embarazo era consecuencia del abuso sexual de una menor o de una violación. Finlandia
formuló recomendaciones.
27. Francia celebró el cumplimiento por Chile de la mayor parte de las recomendaciones
formuladas en el primer ciclo del EPU y la ratificación de la Convención Internacional para
la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. Francia formuló
recomendaciones.
28. Alemania expresó su satisfacción por los avances logrados hacia la aplicación de las
recomendaciones formuladas en el primer ciclo del EPU, pero manifestó su preocupación
con respecto a la aplicación de las normas de derechos humanos en ciertas esferas.
Alemania formuló recomendaciones.
29. Ghana observó que el informe había sido preparado mediante un proceso abierto y
consultivo y alentó a Chile a enfrentar los desafíos que persistían para asegurar el respeto
de los derechos humanos y el estado de derecho. Ghana formuló una recomendación.
30. Grecia solicitó mayor información sobre los resultados de las medidas adoptadas
para garantizar la igualdad de oportunidades y la inclusión social para las personas con
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discapacidad y sobre la devolución de las tierras pertenecientes a los pueblos indígenas.
Grecia formuló recomendaciones.
31. Guatemala acogió con agrado la Ley de lucha contra la discriminación y la ley que
tipificaba el delito de trata de personas. Indicó que valoraba la política de integración de los
migrantes. Solicitó información sobre el establecimiento del Consejo de Ministros para
Asuntos Indígenas. Guatemala formuló una recomendación.
32. La Santa Sede felicitó a Chile por su compromiso con la defensa de los derechos
humanos. Celebró la aplicación de diversos programas para eliminar el trabajo infantil y
promover el acceso a la seguridad social y la educación. La Santa Sede formuló
recomendaciones.
33. Honduras encomió las medidas adoptadas por Chile para luchar contra la violencia
hacia los niños, incluido el trabajo infantil y la explotación sexual de niños con fines
comerciales, y la modificación del reglamento de la Ley de Responsabilidad Penal
Adolescente. Honduras formuló recomendaciones.
34. Hungría observó con preocupación que la legislación nacional todavía no se ajustaba
plenamente al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y que los castigos
corporales no estaban completamente prohibidos. Solicitó mayor información sobre cómo y
cuándo había previsto el Gobierno afrontar el problema de la falta de políticas de
eliminación del trabajo infantil. Hungría formuló recomendaciones.
35. Indonesia valoraba los incansables esfuerzos realizados por Chile para promover y
proteger los derechos humanos y especialmente para aumentar la protección de la mujer,
pero también consideraba que era posible intensificar aún más esa labor. Indonesia formuló
recomendaciones.
36. La República Islámica del Irán agradeció a Chile la información relativa al
cumplimiento de las recomendaciones formuladas en el examen anterior pero manifestó con
preocupación que quedaba una serie de cuestiones por aclarar. Formuló recomendaciones.
37. El Iraq celebró la ratificación de la Convención Internacional para la protección de
todas las personas contra las desapariciones forzadas y la introducción de la ley de
protección de los refugiados. Encomió las medidas adoptadas para luchar contra la
discriminación e intensificar la participación de los ciudadanos en la administración
pública. El Iraq formuló una recomendación.
38. Irlanda observó con preocupación que había ciertas discrepancias entre el marco
legislativo relativo a las condiciones laborales de los trabajadores domésticos y la forma en
que se controlaban esas condiciones en la práctica. Irlanda aplaudió los esfuerzos de lucha
contra la violencia doméstica. Formuló recomendaciones.
39. Italia celebró la promulgación de la ley relativa a la trata de personas y las
modificaciones del Código Penal en relación con la violencia doméstica. Preguntó si se
había previsto la adopción de medidas relativas al reconocimiento jurídico de las personas
transgénero. Italia formuló recomendaciones.
40. Jordania encomió la labor que se estaba realizando para proteger los derechos
humanos y las libertades fundamentales, en particular mediante la promulgación de una ley
de lucha contra la discriminación, e indicó que valoraba las medidas adoptadas para
fortalecer el marco institucional. Jordania formuló recomendaciones.
41. Libia indicó que celebraba el informe y valoraba todos los esfuerzos realizados y las
iniciativas emprendidas, entre ellas el establecimiento del Instituto Nacional de Derechos
Humanos. Libia instó a Chile a adoptar medidas para organizar campañas de sensibilización
acerca de los derechos humanos.
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42. Liechtenstein reconoció los esfuerzos realizados para poner fin a la discriminación
contra las mujeres y promover los derechos de la mujer, así como la adhesión a la justicia
internacional. Señaló que seguía siendo lícito infligir castigos corporales a los niños en el
hogar y en las instituciones dedicadas al cuidado de los menores. Liechtenstein formuló
recomendaciones.
43. Madagascar celebró la creación del Instituto Nacional de Derechos Humanos y la
ratificación del Estatuto de Roma y la Convención Internacional para la protección de todas
las personas contra las desapariciones forzadas. También tomó nota de los avances logrados
por Chile en varias esferas, como la lucha contra todas las formas de discriminación, tortura
y pobreza y la protección de los grupos vulnerables, los pueblos indígenas, las mujeres y
los niños. Madagascar formuló recomendaciones.
44. Malasia encomió a Chile por el fortalecimiento de su marco institucional y
legislativo, el establecimiento en 2009 de una institución nacional de derechos humanos,
los avances logrados en la defensa de los derechos de la mujer y la entrada en vigor en 2011
de la legislación relativa a la trata de personas. Malasia formuló recomendaciones.
45. Djibouti felicitó a Chile por su compromiso permanente con todos los derechos
humanos y por haber cumplido la mayor parte de las recomendaciones formuladas en el
primer ciclo del EPU. Formuló recomendaciones.
46. México aplaudió los esfuerzos realizados en la preparación para el examen, en
conjunción con la sociedad civil. Reconoció los progresos logrados en la aplicación del
Convenio Nº 169 de la OIT y las estructuras establecidas para fortalecer la participación de
los pueblos indígenas en la vida pública. México formuló recomendaciones.
47. Montenegro reconoció la voluntad de mejorar la situación de los pueblos indígenas,
entre otras cosas mediante programas de atención de la salud y educación para las mujeres
indígenas. Solicitó información sobre las actividades destinadas a promover la inclusión y
la participación de grupos vulnerables, sobre la eventual intención del Gobierno de
reexaminar la tipificación del aborto como delito y sobre la abolición de la pena de muerte
para todos los delitos. Montenegro formuló recomendaciones.
48. Marruecos solicitó mayor información sobre el proyecto de ley relativa a los
derechos de los migrantes y su valor añadido con respecto a la legislación vigente y la
Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores
migratorios y de sus familiares. Encomió a Chile por el establecimiento de una institución
nacional de derechos humanos. Marruecos formuló recomendaciones.
49. Los Países Bajos celebraron los esfuerzos realizados por Chile para promover la
igualdad de derechos de las personas pertenecientes a los grupos de lesbianas, gais,
bisexuales y transexuales (LGBT). Hicieron votos por que el examen periódico universal
ayudara al Gobierno a seguir promoviendo los derechos humanos. Los Países Bajos
formularon recomendaciones.
50. Nicaragua celebró la aprobación de las leyes sobre la discriminación y la
participación ciudadana. Reconoció los progresos logrados en materia de igualdad de
género e instó a Chile a que incorporara las recomendaciones que se formularan en el
examen actual en su plan de igualdad de oportunidades. Nicaragua formuló
recomendaciones.
51. Noruega alentó a Chile a fortalecer su marco institucional de lucha contra la
discriminación. Manifestó su preocupación por las noticias de uso desproporcionado de la
violencia, incluidos abusos sexuales, por la policía contra menores y miembros de la
población indígena durante protestas sociales. Noruega formuló recomendaciones.
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52. Omán celebró el aumento del número de mujeres en el parlamento y en la población
activa. Tomó nota de las medidas adoptadas para proteger a los niños contra la violencia y
la introducción de una ley de inclusión social de las personas con discapacidad. Omán
formuló una recomendación.
53. El Paraguay aplaudió la adopción de diversas políticas públicas en pro de las
mujeres, los niños y los pueblos indígenas. Manifestó su preocupación por las
desigualdades de género que persistían, en particular la carga de trabajo doméstico que
abrumaba a las mujeres y la disparidad salarial. El Paraguay formuló recomendaciones.
54. El Perú aplaudió la creación del Instituto Nacional de Derechos Humanos, la
aprobación de la ley antidiscriminación y el incremento de los recursos asignados al sector
educativo. Formuló recomendaciones.
55. Filipinas celebró la propuesta de crear una Subsecretaría de Derechos Humanos y
reconoció la creciente participación política de las mujeres y el amplio proceso de consulta
que se había celebrado con los pueblos indígenas. Filipinas formuló recomendaciones.
56. Polonia indicó que valoraba los esfuerzos emprendidos para cumplir las
recomendaciones aceptadas durante el primer ciclo del EPU, en particular la creación del
Instituto Nacional de Derechos Humanos. Polonia formuló recomendaciones.
57. Portugal celebró la invitación permanente cursada a los titulares de mandatos de los
procedimientos especiales y el establecimiento del Instituto Nacional de Derechos
Humanos. Aplaudió la ratificación del Estatuto de Roma y la firma del Protocolo
Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el
Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un
procedimiento de comunicaciones. Portugal formuló recomendaciones.
58. La República de Moldova alentó a Chile a agilizar el proceso de establecimiento de
la Subsecretaría de Derechos Humanos, con miras a la adopción de un plan nacional de
derechos humanos. Formuló recomendaciones.
59. Rumania encomió a Chile por haber extendido una invitación permanente a los
titulares de mandatos de los procedimientos especiales. Solicitó mayor información sobre la
posibilidad de enjuiciar a los responsables de violaciones graves de los derechos humanos
durante la dictadura. Rumania formuló recomendaciones.
60. La Federación de Rusia tomó nota de las enmiendas a la legislación, en particular en
relación con la protección de la niñez y la lucha contra la discriminación. Manifestó su
preocupación por la persistencia de la trata de personas, entre otras cosas con fines de
tráfico de órganos. La Federación de Rusia formuló recomendaciones.
61. Singapur tomó nota de los progresos logrados en la lucha contra la violencia
doméstica mediante la promulgación de leyes y el establecimiento de centros de
reeducación para hombres y albergues para las víctimas. Celebró los avances en el ámbito
de la educación, en particular el hecho de que la tasa de matrícula en la enseñanza primaria
alcanzara el 94% en las zonas rurales. Singapur formuló recomendaciones.
62. Eslovaquia alentó a Chile a acelerar la preparación del plan nacional de derechos
humanos. Celebró los avances con respecto a los derechos de la mujer y observó que era
necesario redoblar esfuerzos para luchar eficazmente contra las desigualdades, por ejemplo
en relación con las oportunidades de empleo. Eslovaquia formuló recomendaciones.
63. Eslovenia alentó a Chile a ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre
la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Observó con
preocupación que el aborto era un delito en toda circunstancia y señaló el hacinamiento en
las prisiones y la falta de infraestructura penitenciaria. Eslovenia formuló recomendaciones.
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64. Sudán del Sur observó con satisfacción la excelente cooperación entre la policía
chilena y el Comité Internacional de la Cruz Roja y alentó la promoción de una cultura de
derechos humanos en las demás instituciones encargadas de hacer cumplir la ley. Formuló
una recomendación.
65. España felicitó a Chile por ser parte en los instrumentos internacionales
fundamentales de derechos humanos y por haber ratificado la Convención Internacional
para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. Formuló
recomendaciones.
66. Sri Lanka tomó nota de los esfuerzos realizados por Chile para alcanzar la igualdad
de género, promover los derechos de la mujer y luchar contra el trabajo infantil y la
explotación sexual de niños con fines comerciales. Destacó en la entrada en vigor de la Ley
Antidiscriminación en 2012. Sri Lanka formuló recomendaciones.
67. El Estado de Palestina celebró la determinación de Chile de mejorar la calidad de
vida de su población y fomentar una cultura de respeto y no discriminación. Encomió los
avances logrados en materia de educación, en particular la mejora de la calidad de la
educación primaria y la instauración de su obligatoriedad. El Estado de Palestina formuló
recomendaciones.
68. Suecia observó que el aborto seguía siendo delito en toda circunstancia. Celebró los
avances en la promoción de los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales,
transgénero e intersexuales (LGBTI), en particular la aprobación de la Ley
Antidiscriminación. Solicitó mayor información sobre las medidas adoptadas para la
aplicación efectiva de la legislación antidiscriminación vigente. Suecia formuló
recomendaciones.
69. Suiza observó con satisfacción los avances logrados en la lucha contra la
discriminación y la violencia hacia las mujeres, la reforma del sistema de justicia militar y
las enmiendas a la legislación antiterrorista. Indicó que era motivo de preocupación que el
aborto fuera delito en toda circunstancia. Suiza formuló recomendaciones.
70. Tailandia encomió el establecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos y
los avances en la mejora de la situación de los pueblos indígenas. Observando que la Ley
Antidiscriminación preveía la protección contra la discriminación basada en la orientación
sexual y la identidad de género, alentó a introducir una nueva enmienda que previera el
pago de una indemnización a las víctimas. Tailandia formuló recomendaciones.
71. Trinidad y Tabago encomió a Chile por el establecimiento en 2009 del Instituto
Nacional de Derechos Humanos, la ratificación del Estatuto de Roma, la entrada en vigor
en 2012 de la Ley Nº 20609 de lucha contra la discriminación, los esfuerzos emprendidos
para empoderar a las mujeres y la creación del Departamento de Derechos Humanos de
Carabineros de Chile. Trinidad y Tabago formuló recomendaciones.
72. Túnez observó los considerables avances logrados, en particular la aprobación de la
Ley Antidiscriminación, la Ley de Participación Ciudadana y el Plan de Igualdad de
Oportunidades 2011-2020 y la creación del Departamento de Derechos Humanos de
Carabineros de Chile. Túnez formuló recomendaciones.
73. Turquía encomió los esfuerzos realizados por Chile para establecer la Subsecretaría
de Derechos Humanos y los avances conseguidos en materia de igualdad de género.
Preguntó qué medidas se habían adoptado para incrementar la participación de las mujeres
en la fuerza laboral. Formuló una recomendación.
74. Los Emiratos Árabes Unidos celebraron los avances logrados en la protección de los
derechos humanos de las mujeres y los niños. Solicitaron una aclaración sobre el papel que
desempeñaban los grupos de la sociedad civil. Formularon una recomendación.
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75. El Reino Unido manifestó su preocupación por la información sobre las
informaciones que apuntaban al uso excesivo de la violencia por la policía durante las
protestas sociales. Alentó a que se mantuvieran consultas con grupos indígenas sobre los
posibles proyectos de desarrollo susceptibles de afectarlos directamente. El Reino Unido
formuló recomendaciones.
76. Los Estados Unidos de América reconocieron los avances en la lucha contra la
violencia doméstica, incluidos los programas de sensibilización, pero a pesar de ello
consideraban preocupante la alta tasa de prevalencia de este fenómeno. Preguntaron qué
estaba haciendo Chile para cumplir sus compromisos internacionales en relación con los
pueblos indígenas. Los Estados Unidos de América formularon recomendaciones.
77. El Uruguay celebró los avances en materia de derechos humanos, como la
ratificación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra
las desapariciones forzadas y el Estatuto de Roma, la aprobación de la Ley
Antidiscriminación, la Ley de Participación Ciudadana y las nuevas leyes sobre la violencia
de género y la adopción de políticas en favor de las personas de edad. El Uruguay formuló
recomendaciones.
78. Uzbekistán puso de relieve la preocupación de los órganos de tratados por los
derechos de los pueblos indígenas. También resaltó la escasa participación política de las
mujeres y sus bajas tasas de alfabetización, así como el hacinamiento y el uso excesivo de
la fuerza en las prisiones. Uzbekistán formuló recomendaciones.
79. La República Bolivariana de Venezuela tomó nota del establecimiento del Instituto
Nacional de Derechos Humanos. Instó a Chile a que diera prioridad a los pueblos indígenas
y los grupos vulnerables, entre otras cosas mediante la aplicación del Convenio Nº 169 de
la OIT, y no cejara en sus esfuerzos para reducir las desigualdades y lograr la inclusión
social.
80. Viet Nam observó con interés los avances alentadores de Chile en materia de
derechos humanos, como la ratificación de la mayor parte de los tratados fundamentales de
derechos humanos, la aprobación de la Ley Antidiscriminación y el establecimiento del
Instituto Nacional de Derechos Humanos. Viet Nam formuló recomendaciones.
81. El Yemen celebró los esfuerzos realizados por Chile para promover los instrumentos
internacionales de derechos humanos y el establecimiento del Instituto Nacional de
Derechos Humanos, de conformidad con los Principios relativos al estatuto de las
instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de
París). El Yemen formuló una recomendación.
82. El Afganistán expresó su satisfacción por las medidas tendientes a la reinserción
juvenil, en particular la puesta en marcha del llamado «Plan Joven», y las medidas positivas
adoptadas con respecto a los derechos a la salud y la educación de los migrantes. El
Afganistán formuló una recomendación.
83. Argelia celebró el establecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos, de
conformidad con los Principios de París, y las medidas adoptadas para mejorar la situación
de los pueblos indígenas, en particular en las esferas del empleo y el empoderamiento de las
mujeres. Argelia formuló recomendaciones.
84. Angola celebró el establecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos y la
intención del Gobierno de armonizar la legislación nacional con los instrumentos
internacionales de derechos humanos. Celebró la adopción de medidas tendientes a mejorar
la calidad de vida de los pueblos indígenas y los grupos vulnerables. Angola formuló una
recomendación.
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85. La Argentina encomió la ratificación de la Convención Internacional para la
protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, la labor de
establecimiento de la Subsecretaría de Derechos Humanos y la nueva legislación contra la
discriminación. La Argentina invitó a Chile a compartir sus buenas prácticas en materia de
políticas para los ancianos con el Experto independiente sobre el disfrute de todos los
derechos humanos por las personas de edad. La Argentina formuló recomendaciones.
86. Australia subrayó la importancia de la labor en curso en materia de educación en
derechos humanos y las medidas tendientes a exigir cuentas por el uso excesivo de la fuerza
por las fuerzas de seguridad. Alentó a Chile a seguir con sus esfuerzos de lucha contra la
discriminación y la desigualdad. Australia formuló recomendaciones.
87. Austria preguntó qué medidas había previsto Chile para hacer frente a los problemas
de hacinamiento, malos tratos, castigos injustificados y falta de un programa eficaz de
protección de los jóvenes en las prisiones y solicitó información sobre la situación del
proyecto de ley de protección del menor. Austria formuló recomendaciones.
88. Azerbaiyán tomó nota del establecimiento del Instituto Nacional de Derechos
Humanos, de conformidad con los Principios de París. Indicó que compartía la
preocupación del Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas por las
vulneraciones de esos derechos, en particular a raíz de la compra de tierras indígenas
ancestrales. Azerbaiyán formuló recomendaciones.
89. Bangladesh preguntó qué se había hecho para poner en práctica las recomendaciones
60 y 62 formuladas en el primer ciclo del EPU, a saber, que se redujeran las disparidades
socioeconómicas entre la población indígena y los no indígenas y se aumentara la
representación política de los pueblos indígenas. Bangladesh formuló recomendaciones.
90. Belarús celebró las medidas adoptadas para promover y proteger los derechos
humanos, el estado de derecho, el disfrute de los derechos socioeconómicos y la no
discriminación. Tomó nota de los esfuerzos realizados para defender los derechos y mejorar
la situación socioeconómica de los pueblos indígenas. Belarús formuló recomendaciones.
91. Bélgica felicito a Chile por la aprobación de la Ley Antidiscriminación. Mencionó
varios motivos de preocupación, especialmente la situación de las mujeres y las niñas, la
impunidad, la tortura y las desapariciones forzadas. Bélgica formuló recomendaciones.
92. Bhután tomó nota del aumento sustancial en el presupuesto del sector de la
educación, principalmente para elevar el nivel de aprendizaje y mejorar las instalaciones
educativas en las zonas rurales. Bhután también tomó nota de la labor realizada por el
Servicio Nacional de la Mujer para proteger a las mujeres contra la violencia doméstica y
combatir el trabajo infantil. Bhután formuló una recomendación.
93. El Estado Plurinacional de Bolivia formuló recomendaciones en el espíritu
constructivo que caracteriza el examen periódico universal.
94. Bosnia y Herzegovina encomió la aprobación de nueva legislación en materia de
derechos humanos y celebró el establecimiento de Instituto Nacional de Derechos
Humanos, de conformidad con los Principios de París. Solicitó mayor información sobre el
mandato, el funcionamiento y la financiación de ese órgano.
95. El Brasil encomió la ratificación de la Convención Internacional para la protección
de todas las personas contra las desapariciones forzadas y alentó a Chile a ratificar el
Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer. Celebró la entrada en vigor de nuevas leyes sobre la trata de
personas, los derechos de los refugiados y las personas con discapacidad. El Brasil formuló
recomendaciones.
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96. Bulgaria indicó que valoraba positivamente la introducción de nuevas medidas para
la igualdad, destinadas a prohibir todas las formas de discriminación contra la mujer, pero
que seguía haciendo falta una definición de la discriminación contra la mujer conforme a la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
Bulgaria formuló una recomendación.
97. El Canadá encomió las recientes enmiendas al Código Penal, tendientes a facilitar el
enjuiciamiento de los actos de violencia contra las mujeres. Solicitó información sobre
otras medidas específicas previstas para evitar la violencia contra las mujeres o prestar
asistencia a las víctimas. El Canadá formuló recomendaciones.
98. China celebró las medidas adoptadas para luchar contra la discriminación y
fortalecer la protección judicial, así como la aprobación de legislación destinada a mejorar
la condición de la mujer, proteger los derechos de las personas de edad y promover los
derechos socioeconómicos de los pueblos indígenas. China formuló recomendaciones.
99. Colombia encomió a Chile por el fortalecimiento de sus instituciones, la ratificación
del Estatuto de Roma, la aprobación de la Ley Antidiscriminación y su desempeño en el
Consejo de Derechos Humanos. Colombia formuló recomendaciones.
100. La Delegación de Chile destacó que la nueva legislación de lucha contra la
discriminación (Ley Nº 20609) constituía un hito y era la primera norma que sancionaba
explícitamente los actos de discriminación. Atendiendo a lo dispuesto en dicha Ley, se
había aprobado recientemente una política de no discriminación a fin de proteger y
promover los derechos humanos sin discriminación alguna. El Observatorio de la
Participación Ciudadana y la No Discriminación se encargaba de vigilar el cumplimiento de
la Ley.
101. En 2011 se había establecido el Departamento de Derechos Humanos de
Carabineros de Chile con el fin de promover los derechos humanos dentro de la
organización y contribuir a la enseñanza de los derechos humanos, entre otras cosas. El
Departamento había actualizado varios protocolos policiales para el empleo de la fuerza y
de las armas de fuego. En 2013, la Dirección de educación, doctrina e historia de
Carabineros de Chile había puesto en marcha un nuevo programa de enseñanza de los
derechos humanos, de conformidad con las normas internacionales correspondientes, sobre
el uso de la fuerza y la protección de los grupos vulnerables, incluidos los grupos LGBT.
102. En 2012 se habían actualizado las tácticas del cuerpo de Carabineros para el
mantenimiento del orden público y se había definido un nuevo modelo para el uso de la
fuerza, basado en los principios universales de legalidad, necesidad y proporcionalidad. En
2013 se habían revisado varios protocolos de intervención policial con el fin de resguardar
el derecho a la libertad de reunión.
103. El Instituto Nacional de Derechos Humanos fiscalizaba la actuación de la fuerza
pública durante las manifestaciones públicas, incluidas las condiciones de detención en
vehículos policiales, y en 2012 el Departamento de Asuntos Internos se había subordinado
a la Inspectoría General, con el fin de fortalecer la supervisión y el control internos en el
cuerpo de Carabineros. De igual manera, los afectados por la actuación policial contaban
con la posibilidad de acceder a un sistema de presentación de quejas por Internet.
104. La delegación destacó el carácter permanente de su compromiso con los derechos
humanos al aplicar la legislación antiterrorista (Ley Nº 18314), que se había revisado en
numerosas oportunidades desde el retorno a la democracia, con el fin de restringir su
ámbito de aplicación. La delegación hizo hincapié en que esa legislación se aplicaba sin
discriminación alguna.
A/HRC/26/5
GE.14-12900 13
105. Respecto de la legislación penal, la delegación subrayó que estaba prevista la
presentación al Congreso de un proyecto de nuevo Código Penal, en el que se derogaba el
artículo 373 del Código.
106. La delegación indicó que en 2010 se había aprobado una modificación de la
jurisdicción militar por la que se limitaba su ámbito de aplicación, de modo que la
competencia de los tribunales militares alcanzara exclusivamente a militares. Ahora bien,
cabía señalar que se trataba de un proceso de revisión inacabado.
107. Con respecto al derecho a la tierra de los pueblos indígenas, en los tres años
anteriores, el Gobierno había entregado más de 49.360 ha a los pueblos indígenas y se
estimaba que el 100% de las tierras que reclamaban en ese momento se les entregaría en los
seis años siguientes. El Gobierno no solo se había centrado en la entrega de las tierras, sino
que también la había complementado con una estrategia de desarrollo productivo,
proporcionando recursos financieros y humanos y asistencia técnica, y en particular
invirtiendo recursos en la gestión de aguas.
108. A pesar de que no se había alcanzado un consenso pleno en ciertos ámbitos del
proceso de consulta con los pueblos indígenas, se habían acordado los principales aspectos
de los procedimientos, las materias, las etapas y los plazos. El nuevo reglamento entraría en
vigor próximamente, lo cual constituiría un avance. Sería diferente de la reglamentación
actual, en el sentido que el derecho a la tierra no sería la única materia de consulta. Por
consiguiente, los indígenas que vieran vulneradas sus tradiciones, costumbres y prácticas
religiosas, culturales y espirituales también tendrían derecho a iniciar un proceso de
consulta previa. De igual manera, la reglamentación vigente sobre la evaluación de impacto
ambiental —en vigor desde diciembre de 2013— también contenía disposiciones especiales
que preveían la celebración de consultas cuando un proyecto de inversión afectaba a los
pueblos indígenas y no al medio ambiente.
109. La delegación indicó que, si bien la Ley de Amnistía seguía formalmente vigente, no
había sido aplicada en los tribunales desde 1998. En ese momento se estaban llevando a
cabo más de 1.000 procesos judiciales por violaciones de los derechos humanos, en 800 de
los cuales figuraba como querellante el Ministerio del Interior. Además, desde 2012, la
Corte Suprema había decidido suspender la aplicación de la prescripción en los casos de las
violaciones graves, masivas y sistemáticas de los derechos humanos cometidas durante la
dictadura.
110. El Gobierno había puesto en marcha varios programas de reparación para las
víctimas que reunían los requisitos para acogerse a ellos, que preveían, entre otras cosas, la
concesión de pensiones para los cónyuges, las madres, los padres o los hijos de las
víctimas, bonos de reparación y becas de estudio para los hijos de las víctimas y la
exención del servicio militar obligatorio. Además, con ocasión del 40º aniversario del golpe
militar, el Gobierno había ordenado el cierre de un centro de detención utilizado
exclusivamente para acoger a antiguos miembros de las fuerzas de seguridad.
111. En los últimos decenios Chile se había convertido en un destino importante de la
migración internacional. Para facilitar la integración de los inmigrantes, el Gobierno había
fomentado un proceso de regularización.
112. Además, en 2010 se había aprobado la Ley de Protección de Refugiados, que
recogía los compromisos internacionales asumidos por Chile. En 2011, se había
promulgado una ley que tipificaba los delitos de tráfico de migrantes y trata de personas y
en 2013 se había iniciado el trámite legislativo relativo a un proyecto de ley de inmigración,
tras un amplio proceso de consulta entre el Estado y la sociedad civil. Dicho proyecto de
ley, que debía aprobarse sin demora, reemplazaría la Ley de Extranjería de 1975.
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14 GE.14-12900
113. Era inminente el establecimiento en Chile de la Subsecretaría de Derechos
Humanos. Un proyecto de ley al respecto estaba en su segundo trámite legislativo ante la
Cámara de Diputados. Una vez establecida, la Subsecretaría podría elaborar un plan
nacional de derechos humanos, de conformidad con el compromiso asumido.
114. En cuanto al mecanismo nacional de prevención de la tortura, el Gobierno había
estado trabajando con el Instituto Nacional de Derechos Humanos para establecerlo lo más
rápidamente posible. Además, en el proyecto de Código Penal que presentaría el Ejecutivo
en marzo de 2014 se incorporaría una definición del delito de tortura.
115. La lucha contra la violencia doméstica era una prioridad para Chile. En 2010 se
había aprobado la ley de tipificación del delito de femicidio, con penas más duras para los
excónyuges y convivientes de las víctimas. El programa «Chile acoge» tenía por objeto
reducir la violencia contra las mujeres fortaleciendo la atención a las víctimas y la
prevención en los niños y los adolescentes. También abarcaba la rehabilitación de los
hombres que ejercían violencia contra su pareja y la protección de las mujeres que habían
sufrido violencia sexual o habían sido víctimas del delito de trata de personas. En ese
contexto, el número de femicidios se había reducido de 57 casos en 2008 a 34 en 2012 y 40
en 2013.
116. El Estado promovía la conciliación de las obligaciones familiares y las
responsabilidades laborales, así como la corresponsabilidad de los padres en el cuidado de
los hijos, de modo que las mujeres tuvieran mayores oportunidades laborales y de
desarrollo personal. Entre las políticas aplicadas cabía mencionar la extensión de la licencia
posnatal de tres a seis meses, la ley que establecía el cuidado compartido de los hijos y la
ampliación de la cobertura de las guarderías y la enseñanza preescolar en más de 100.000
plazas. Además, el 54% de los 840.000 puestos de trabajo creados en los últimos cuatro
años habían sido ocupados por mujeres; la tasa de participación laboral femenina había
alcanzado al 48% y la tasa de desempleo de las mujeres había bajado a un mínimo
histórico, del 10,3% de 2009 al 6,2% en 2013.
117. Con respecto al aborto, la Constitución protegía la vida del que estaba por nacer, de
modo que cualquier acto destinado a interrumpir un embarazo estaba prohibido y era
pasible de castigo. Sin embargo, en circunstancias excepcionales, en que la vida de la
madre corría peligro, la ley permitía que los médicos realizaran todos los tratamientos
necesarios para salvar la vida de la madre, aun cuando como consecuencia necesaria y
secundaria se afectara la vida o integridad de los hijos.
118. Chile había impulsado diversas iniciativas para mejorar las condiciones de las
personas privadas de libertad. Un primer avance consistía en un plan de 11 medidas, que
incluía una inversión significativa para hacer frente a los problemas de infraestructura,
seguridad, habitabilidad y sanidad. Así pues, el hacinamiento en las prisiones se había
reducido al 25% en 2013. Puesto que el 8,7% de la población carcelaria era de sexo
femenino, el Gobierno había elaborado una política penitenciaria con una perspectiva de
género.
119. La delegación concluyó agradeciendo a las delegaciones que habían intervenido; sus
opiniones, recomendaciones y críticas constructivas constituían valiosísimas aportaciones
para evaluar los avances y los desafíos en la promoción y protección de los derechos
humanos en Chile. La delegación había procurado responder al mayor número posible de
las preguntas planteadas y prometió dar contestación por escrito a aquellas que habían
quedado pendientes por falta de tiempo.
120. Chile había avanzado en la consolidación de una cultura de respeto, promoción y
protección de los derechos humanos, pero persistían grandes desafíos. El Gobierno los
tomaba en serio y, en ese contexto, reconoció la importancia del mecanismo del examen
A/HRC/26/5
GE.14-12900 15
periódico universal y las recomendaciones que de él se derivaran, consciente de que
contribuirían a construir una sociedad más justa y equitativa.
II. Conclusiones y/o recomendaciones**
121. Chile examinará las recomendaciones que se enumeran a continuación y les
dará respuesta a su debido tiempo, pero a más tardar en el 26º período de sesiones del
Consejo de Derechos Humanos, que se celebrará en junio de 2014:
121.1 Considerar la posibilidad de retirar sus reservas a la Convención
Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores
migratorios y de sus familiares (Filipinas);
121.2 Ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y el
Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales (Francia);
121.3 Proceder a la ratificación del Protocolo Facultativo del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolo
facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un
procedimiento de comunicaciones (Portugal);
121.4 Fijar una fecha para la ratificación del Protocolo Facultativo de la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer (Irlanda);
121.5 Seguir adelante con la ratificación del Protocolo Facultativo de la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer, ahora que está en examen un proyecto de ley elaborado con arreglo a
las recomendaciones formuladas en el ciclo anterior del EPU (Países Bajos);
121.6 Ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (Austria,
Bélgica, Eslovaquia, Madagascar, Paraguay), firmado por Chile en 1999
(España);
121.7 Acelerar el trámite legislativo para la ratificación de Protocolo
Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer (Uruguay);
121.8 Ratificar el Convenio Nº 189 de la OIT (Paraguay);
121.9 Considerar la posibilidad de ratificar el Convenio Nº 189 de la OIT
(Filipinas);
121.10 Ratificar el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos
del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones (Madagascar);
121.11 Considerar la posibilidad de ratificar el Protocolo facultativo de la
Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de
comunicaciones (Montenegro);
121.12 Considerar la posibilidad de ratificar el Protocolo Facultativo del
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(Montenegro);
** Las conclusiones y/o recomendaciones no fueron objeto de revisión editorial.
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16 GE.14-12900
121.13 Agilizar el trámite legislativo para la ratificación del Protocolo
Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales (Uruguay);
121.14 Ratificar las enmiendas de Kampala al Estatuto de Roma de la Corte
Penal Internacional (Estonia);
121.15 Ratificar las enmiendas de Kampala al Estatuto de Roma, de ser
posible con miras a contribuir a activar la jurisdicción de la Corte Penal
Internacional respecto del crimen de agresión a partir de principios de 2017
(Liechtenstein);
121.16 Adherirse con prontitud a la Convención sobre la imprescriptibilidad
de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad, de 1968, sin
reserva alguna que pudiera frustrar el propósito y el objeto de esa Convención
(Ghana);
121.17 Adherirse a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954
y a la Convención para reducir los casos de apatridia de 1961 (Azerbaiyán);
121.18 Seguir promoviendo la armonización del ordenamiento jurídico
nacional con los tratados internacionales (Estado de Palestina);
121.19 Incorporar las disposiciones necesarias en su ordenamiento jurídico
nacional para poder cooperar plena y rápidamente con la Corte Penal
Internacional (Hungría);
121.20 Concluir sin demora el proceso de armonización de la legislación
nacional con las disposiciones del Estatuto de Roma (Túnez);
121.21 Promulgar legislación que haga efectiva la entrada en vigor de la
Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las
desapariciones forzadas en el ordenamiento jurídico chileno (Bélgica);
121.22 Seguir adaptando la legislación antiterrorista a las normas
internacionales, en particular con respecto a la definición de los delitos de
terrorismo y el derecho a un juicio imparcial (Suiza);
121.23 Fortalecer el estado de derecho y la buena gobernanza, continuando
en particular con el fomento de la capacidad de los mecanismos encargados de
hacer cumplir la ley y las instituciones nacionales de derechos humanos
(Viet Nam);
121.24 Sacar pleno provecho del Instituto Nacional de Derechos Humanos
utilizándolo como elemento fundamental de una estrategia integral de
protección de los derechos humanos (Portugal);
121.25 Velar por que el Instituto Nacional de Derechos Humanos siga
conformándose a los Principios de París y cuente con recursos suficientes para
seguir promoviendo los derechos humanos en Chile (Australia);
121.26 Agilizar las medidas tendientes a introducir un mecanismo nacional
de prevención de la tortura y velar por que la definición de la tortura en la
legislación nacional se ajuste a la Convención contra la Tortura (Australia);
121.27 Continuar con los esfuerzos destinados a fortalecer su capacidad
institucional de promover y proteger los derechos humanos, en particular para
acelerar el establecimiento de la Subsecretaría de Derechos Humanos, y
formular un plan de acción nacional en materia de derechos humanos integral
(Indonesia);
A/HRC/26/5
GE.14-12900 17
121.28 Concretar las iniciativas para la creación de la Subsecretaría de
Derechos Humanos y la elaboración del plan nacional de derechos humanos
(Perú);
121.29 Agilizar las gestiones relativas a los aspectos jurídicos de la creación
de la Subsecretaría de Derechos Humanos y, como medida siguiente, elaborar
el plan nacional de derechos humanos (Turquía);
121.30 Establecer la institución del defensor de la niñez (Estonia);
121.31 Presentar un proyecto de ley para crear un defensor de la niñez
(Honduras);
121.32 Establecer un defensor de la niñez con independencia absoluta que
pueda atender las quejas de todas las partes interesadas en caso de vulneración
de los derechos del niño (Polonia);
121.33 No cejar en el empeño de proteger y garantizar los derechos de todas
las personas, en particular los niños y las mujeres, con miras a lograr que todos
los ciudadanos tengan un acceso justo y razonable a la justicia, la educación y
la atención de la salud, en el respeto de la importancia y el papel de la familia
(Santa Sede);
121.34 No cejar en la labor de fortalecimiento de los mecanismos existentes
para proteger mejor a las mujeres y los niños y prevenir los abusos físicos y
sexuales y la discriminación, entre otras cosas mediante programas de
formación adicionales destinados a identificar a las personas más susceptibles
de sufrir abusos (Estados Unidos);
121.35 Seguir adoptando las medidas necesarias para proteger a los grupos
vulnerables, como las mujeres, los niños y cualquier otra minoría cuyos
derechos pudieran ser vulnerados (Nicaragua);
121.36 Aprobar una ley de protección integral para los niños, de
conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño (Brasil);
121.37 Defender y respetar los derechos de la persona humana desde el
momento de la concepción hasta la muerte natural (Santa Sede);
121.38 Intensificar el apoyo al proyecto de ley por el que se introducen
iniciativas financieras para apoyar la participación política de candidatas
mujeres, potenciar las consultas relativas a las instituciones de los pueblos
indígenas y continuar con la política de reparación para las víctimas de
violaciones de los derechos humanos (Iraq);
121.39 Continuar con las estrategias y los programas nacionales actuales
para potenciar las oportunidades laborales, el bienestar social, la educación y el
sistema de atención de la salud, especialmente para las familias de las zonas
rurales, los migrantes y los miembros de las poblaciones indígenas y tribales de
Chile (Viet Nam);
121.40 Seguir adoptando medidas para luchar contra la pobreza (Rumania);
121.41 Concluir prontamente el establecimiento de la Subsecretaría de
Derechos Humanos y la elaboración de un plan nacional de derechos humanos
(Honduras);
121.42 Establecer un plan nacional de derechos humanos (México);
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18 GE.14-12900
121.43 Lograr una amplia participación de los representantes de la sociedad
civil en el proceso de preparación del plan nacional de derechos humanos
(Eslovaquia);
121.44 Facilitar la pronta promulgación de la legislación correspondiente y
velar por una pronta preparación y aplicación del plan nacional de derechos
humanos (Australia);
121.45 Preparar y aprobar el plan de acción nacional en materia de derechos
humanos y notificar su futura puesta en marcha a los Estados Miembros
(Azerbaiyán);
121.46 Emprender sin demora el proceso de formulación del plan de acción
nacional en materia de derechos humanos (China);
121.47 No cejar en sus esfuerzos para aplicar el Plan de Igualdad de
Oportunidades 2011-2020 (Argelia);
121.48 Fomentar la impartición de formación en derechos humanos a las
fuerzas de seguridad y a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
(Marruecos);
121.49 Seguir promoviendo programas de educación y sensibilización acerca
de los derechos humanos para los funcionarios del poder judicial (Nicaragua);
121.50 Seguir cooperando con el ACNUDH (Rumania);
121.51 Velar por el cumplimiento de la Ley Antidiscriminación (República
Checa);
121.52 Velar por el pleno cumplimiento de la Ley Antidiscriminación de
2012 y adoptar medidas concretas para reducir el riesgo de violencia contra los
grupos vulnerables (Canadá);
121.53 Reforzar las iniciativas en materia de enseñanza pública con el fin de
que los ciudadanos conozcan los derechos que los amparan en virtud de la
nueva Ley Antidiscriminación y seguir promoviendo la igualdad con leyes,
políticas y prácticas adecuadas (Reino Unido);
121.54 Aplicar la Ley Antidiscriminación de reciente promulgación y
adoptar las demás medidas que procedan para el abandono de toda
reglamentación y práctica discriminatoria que todavía subsista (Alemania);
121.55 Redoblar esfuerzos para luchar contra la discriminación (Argentina);
121.56 Seguir promoviendo instrumentos legislativos y medidas tendientes a
eliminar la discriminación y reforzar la protección de los derechos de los
grupos vulnerables, en particular las mujeres, los niños y los pueblos indígenas
(China);
121.57 No cejar en la lucha contra las actitudes discriminatorias en la
sociedad, en particular mediante la educación pública e iniciativas y medidas
legislativas en favor de la igualdad (Egipto);
121.58 Adoptar un plan nacional para proteger los derechos humanos y
adoptar las medidas necesarias para una protección efectiva contra la
discriminación en diferentes esferas, en particular el empleo, la vivienda, la
atención de la salud y la educación (Túnez);
A/HRC/26/5
GE.14-12900 19
121.59 Modificar la definición de discriminación que figura en la Ley
Nº 20609 para armonizarla con arreglo a lo recomendado por el Comité para la
Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (España);
121.60 Adoptar una definición jurídica de todas las formas de
discriminación contra la mujer, que abarque la discriminación directa e
indirecta (Bulgaria);
121.61 Adoptar una definición jurídica de todas las formas de
discriminación contra la mujer y medidas afirmativas tendientes a la
eliminación de la discriminación directa e indirecta (Paraguay);
121.62 Continuar con las iniciativas destinadas a promover los derechos de
la mujer, en particular en lo relativo a la igualdad de remuneración y el pago
de las pensiones de jubilación (Francia);
121.63 Seguir apoyando la labor de defensa de los derechos de la mujer del
Servicio Nacional de la Mujer, entre otras cosas asignándole los recursos
presupuestarios y humanos necesarios (Malasia);
121.64 Seguir desarrollando el Servicio Nacional de la Mujer y ayudarle a
poner en práctica el Plan de Igualdad de Oportunidades, destinado a potenciar
el papel y el empoderamiento de la mujer en la sociedad (Emiratos Árabes
Unidos);
121.65 Prevenir y combatir los prejuicios raciales y adoptar las medidas
necesarias para una protección eficaz contra la discriminación, en particular en
las esferas del empleo, la vivienda, la atención de la salud y la educación, con el
fin de fomentar la capacidad de los pueblos indígenas y empoderarlos (Congo);
121.66 No cejar en la lucha contra todo tipo de discriminación, en particular
la que afecta a los pueblos indígenas, mediante el cumplimiento de la Ley
Antidiscriminación de 2012 (Francia);
121.67 Reforzar las medidas pertinentes destinadas a luchar contra los
prejuicios y los estereotipos negativos que afectan a los pueblos indígenas y a
las minorías y asegurar la protección contra la discriminación, especialmente
en el empleo, la vivienda, la salud y la educación (Azerbaiyán);
121.68 Prevenir y combatir la xenofobia y los prejuicios raciales y asegurar
la protección de la población indígena contra la discriminación (Bangladesh);
121.69 Acelerar los trámites legislativos para aprobar la nueva legislación
sobre las uniones de hecho, velando por que sus disposiciones respeten
plenamente el principio de no discriminación e igualdad entre la mujer y el
hombre (Uruguay);
121.70 Elaborar y poner en práctica un plan de aplicación de la Ley
Antidiscriminación que incluya medidas positivas y preventivas. En particular,
hacer frente a la discriminación basada en la identidad de género y la
orientación sexual (Colombia);
121.71 Revisar el Código Penal, concretamente su artículo 373, y las demás
leyes para prevenir la discriminación contra las personas LGBTI (República
Checa);
121.72 Apoyar las leyes y las medidas nuevas destinadas a luchar contra las
actitudes discriminatorias en la sociedad y prevenir la discriminación basada
en la orientación sexual y la identidad de género mediante la educación de la
ciudadanía e iniciativas a favor de la igualdad (Países Bajos);
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20 GE.14-12900
121.73 Seguir trabajando en medidas de sensibilización, también en las
escuelas, para luchar contra las actitudes discriminatorias por razón de
orientación sexual (España);
121.74 Revisar y reformar el Código Penal para definir y tipificar el delito
de tortura (Irán (República Islámica del));
121.75 Incorporar el delito de tortura en la legislación chilena, de
conformidad con lo dispuesto en la Convención contra la Tortura y Otros
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Bélgica);
121.76 Promover, mediante políticas y normas jurídicas, la responsabilidad
de las autoridades policiales y administrativas ante el uso de la fuerza en
manifestaciones pacíficas (Cuba);
121.77 Seguir investigando a fondo todas las denuncias de casos de malos
tratos a manos de la policía, en particular durante las manifestaciones
estudiantiles (Chipre);
121.78 Hacer frente eficazmente a la cuestión del uso excesivo de la fuerza
por parte de la policía, especialmente durante las manifestaciones y protestas,
así como los casos de violación de los derechos humanos y maltrato en los
lugares de detención (República Checa);
121.79 Seguir reforzando la rendición de cuentas por las violaciones de los
derechos humanos cometidas por la policía y establecer un mecanismo nacional
de prevención de la tortura (Noruega);
121.80 Seguir examinando la legislación relativa al control de las protestas
sociales por parte de la policía y las tácticas de respuesta elaboradas por los
organismos encargados de hacer cumplir la ley y velar por que se investigue y
enjuicie todo caso de uso excesivo de la fuerza (Reino Unido);
121.81 Investigar las denuncias de delitos y actos de violencia cometidos por
la policía y los Carabineros contra las comunidades indígenas (Uzbekistán);
121.82 Seguir ocupándose de las denuncias de uso excesivo de la fuerza por
parte de la policía (Canadá);
121.83 Reformar el sistema penitenciario para garantizar condiciones
humanas de detención, de conformidad con las normas internacionales
(Federación de Rusia);
121.84 Seguir mejorando el sistema penitenciario (Eslovenia);
121.85 Adoptar medidas efectivas para adecuar las condiciones de detención
a las normas internacionales, en particular con el fin de reducir el
hacinamiento, mejorar la situación de los jóvenes y las mujeres en las prisiones
y promover medidas alternativas a la privación de libertad (Austria);
121.86 Establecer un sistema efectivo para enfrentar y prevenir la violencia
contra las mujeres (Irán (República Islámica del));
121.87 Desarrollar una estrategia y un plan de acción integrales para
prevenir la violencia contra las mujeres y establecer un mecanismo
institucional efectivo para coordinar, vigilar y evaluar la eficacia de las medidas
adoptadas, de modo que todas las formas de violencia sean sistemáticamente
objeto de las debidas investigaciones y que los responsables sean efectivamente
perseguidos y castigados (Polonia);
A/HRC/26/5
GE.14-12900 21
121.88 Seguir mejorando el sistema interno de protección de las mujeres
contra la violencia y promoviendo la igualdad de género (Singapur);
121.89 Reforzar los mecanismos jurídicos destinados a combatir la violencia
de género, en particular mediante la asignación de los recursos necesarios
(Trinidad y Tabago);
121.90 Aprobar medidas eficaces para prevenir la discriminación y la
violencia contra las mujeres, entre otras cosas mediante la adopción de una
estrategia adecuada y un plan de acción en la materia (Uzbekistán);
121.91 Redoblar los esfuerzos en materia de protección de los derechos de
las mujeres y aprobar una ley integral sobre la violencia contra las mujeres, a
fin de que se investiguen todos los actos de violencia doméstica y que se enjuicie
a los responsables (Bolivia (Estado Plurinacional de));
121.92 Fortalecer la legislación de género y violencia doméstica penalizando
el acoso sexual en todas sus formas y formulando una tipificación concreta de la
violencia doméstica como delito, que abarque la violencia física y psicológica
(Italia);
121.93 Aprobar legislación que penalice la violencia doméstica y tipifique el
acoso sexual como delito, de conformidad con lo dispuesto en la Convención
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
(República de Moldova);
121.94 Modificar la Ley de Violencia Intrafamiliar para que incluya una
tipificación concreta del delito de violencia doméstica (Jordania);
121.95 Intensificar los esfuerzos de lucha contra la violencia doméstica, en
particular mediante medidas de prevención y sensibilización y asistencia a las
víctimas (Liechtenstein);
121.96 Fortalecer la Ley de Violencia Intrafamiliar mediante el desarrollo de
campañas para reducir las agresiones físicas, verbales y psicológicas en el
hogar, el establecimiento de mecanismos para prevenir la violencia y proteger a
las mujeres y los niños que se encuentren en una situación de maltrato y
tipificar como delito el abuso sexual (México);
121.97 Eliminar el requisito de habitualidad de la Ley Nº 20066 de Violencia
Intrafamiliar para considerar delictivas las acciones de violencia doméstica
(España);
121.98 Aprobar una ley concreta para prevenir y luchar contra la
explotación sexual de niños (Irán (República Islámica del));
121.99 Adoptar de inmediato medidas efectivas de carácter legislativo y
práctico para prevenir y luchar contra la trata de personas, en particular
mujeres y niños, y exigir cuentas a los responsables (Irán (República Islámica
del));
121.100 Adoptar medidas para el debido cumplimiento de la Ley Nº 20507,
como la elaboración de un procedimiento estándar para la identificación de las
víctimas de la trata (Italia);
121.101 Aprobar legislación sobre la trata de personas, en particular con fines
de tráfico de órganos humanos, e investigar todas las denuncias de tales delitos
(Federación de Rusia);
A/HRC/26/5
22 GE.14-12900
121.102 Seguir adoptando las medidas necesarias para luchar contra la trata
y el tráfico de personas y brindar protección y asistencia a las víctimas
(Yemen);
121.103 Seguir considerando la posibilidad de aplicar el plan de acción
nacional sobre la trata de personas que está en curso de elaboración (Bhután);
121.104 Seguir intensificando los esfuerzos para luchar contra la trata, en
particular con medidas tendientes a proteger a las víctimas de la trata de
personas, y considerar la posibilidad de invitar a la Relatora especial sobre la
trata de personas, especialmente mujeres y niños (Belarús);
121.105 No cejar en la lucha contra las diversas formas de violencia hacia las
niñas, los niños y los adolescentes y las peores formas de trabajo y explotación
sexual para fines comerciales, mediante la puesta en marcha del segundo plan
de acción nacional 2012-2014 (Argelia);
121.106 Prohibir expresamente el castigo corporal de los niños en todos los
entornos (Hungría);
121.107 Prohibir expresamente el castigo corporal de los niños en el hogar y
en todos los entornos de cuidado alternativo (Liechtenstein);
121.108 Aprobar legislación que prohíba el castigo corporal de los niños en el
hogar (Madagascar);
121.109 Garantizar que la jurisdicción de los tribunales civiles se aplique
también a los casos en que miembros del cuerpo de Carabineros estén acusados
de violaciones de los derechos humanos (República Checa);
121.110 Reformar la justicia militar para excluir a los civiles de su
jurisdicción y limitarla al conocimiento de delitos de función militar (Irán
(República Islámica del));
121.111 Adecuar el sistema de justicia militar a las normas internacionales
para garantizar el derecho a un juicio imparcial (Suiza);
121.112 Profundizar los esfuerzos tendientes a avanzar en una reforma
orgánica y procesal con el objetivo de eliminar la aplicación de la pena de
muerte en todas las hipótesis contempladas en el Código de Justicia Militar
(Uruguay);
121.113 Establecer mecanismos y procedimientos que posibiliten el acceso a la
justicia de las personas pertenecientes a poblaciones discriminadas víctimas de
violencia que garanticen la investigación y sanción de tales actos, la condena de
quienes los perpetúan y las reparaciones justas para las víctimas (Colombia);
121.114 Enjuiciar, en proporción con la gravedad del delito, las violaciones
graves de los derechos humanos cometidas durante la dictadura e identificadas
por los mecanismos de la justicia de transición (Francia);
121.115 Poner fin a la impunidad de quienes hayan cometido delitos graves
(Irán (República Islámica del));
121.116 Derogar el Decreto Ley Nº 2191 sobre amnistía (Italia);
121.117 Cumplir la recomendación del Comité contra la Tortura de derogar
la disposición de la Ley Nº 19992 que establece la confidencialidad durante 50
años de la información relativa a la práctica de la tortura durante la dictadura
(México);
A/HRC/26/5
GE.14-12900 23
121.118 Velar por la especialización efectiva y suficiente del personal del
sistema de justicia juvenil (Egipto);
121.119 Adoptar las medidas necesarias para establecer un sistema de justicia
juvenil especializado y continuar con los esfuerzos para la reintegración en la
sociedad de los menores que hayan delinquido, de conformidad con la
Convención sobre los Derechos del Niño (República de Moldova);
121.120 Crear un sistema de justicia juvenil que incluya el establecimiento de
un defensor de la niñez (España);
121.121 Preservar y promover la identidad de la familia, reconociendo que su
fundamento es la unión libremente consentida de un hombre y una mujer
(Santa Sede);
121.122 Proteger el derecho a la familia, componente natural y fundamental
de la sociedad, basado en la relación estable entre una mujer y un hombre
(Bangladesh);
121.123 Velar por que todos los niños nacidos en Chile tengan el derecho a la
nacionalidad chilena, de conformidad con un marco jurídico destinado a
protegerlos (Afganistán);
121.124 Intensificar los esfuerzos para lograr una mejor participación de las
mujeres en la política (Grecia);
121.125 Aprobar legislación que fije cupos y obligue a los partidos políticos a
incluir una proporción mínima de mujeres entre sus candidatos (Jordania);
121.126 Reforzar la participación de la mujer en la política (Marruecos);
121.127 Aumentar la participación de la mujer en las instituciones de
adopción de decisiones (Sudán del Sur);
121.128 Adoptar medidas para que las normas relativas al empleo de
trabajadores domésticos se cumplan y respeten plenamente (Irlanda);
121.129 Adoptar medidas para reducir la brecha salarial entre hombres y
mujeres (Sri Lanka);
121.130 Seguir reforzando las medidas tendientes a alentar la participación
de la mujer en el mercado laboral y garantizar su derecho a la igualdad de
remuneración (Tailandia);
121.131 Adoptar medidas de reforma para lograr la igualdad con respecto a
los fondos de pensión (Bangladesh);
121.132 Intensificar sus esfuerzos para lograr el acceso a los servicios de
atención de la salud en el país (Etiopía);
121.133 Velar por que haya información adecuada sobre planificación
familiar y métodos anticonceptivos a disposición del público (Finlandia);
121.134 Velar por el respeto y la protección de los derechos sexuales y
reproductivos (Bélgica);
121.135 Iniciar y promover un debate público sobre el aborto en los casos de
necesidad médica diagnosticada y despenalizar el aborto en esos casos
(República Checa);
121.136 Revisar y modificar la legislación actual que criminaliza la
interrupción del embarazo en todas las circunstancias, incluidos los casos de
A/HRC/26/5
24 GE.14-12900
violación, incesto y situaciones en que la vida de la madre corre peligro
(Finlandia);
121.137 Adoptar medidas para garantizar un reconocimiento pleno y efectivo
de los derechos sexuales y reproductivos, en particular mediante la
despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo (Francia);
121.138 Adoptar medidas para permitir el aborto en condiciones de legalidad
y seguridad en los casos de violación o incesto y las situaciones en que la vida o
la salud de la mujer corren peligro (Alemania);
121.139 Adoptar medidas para reforzar y proteger los derechos sexuales y
reproductivos de la mujer, en consonancia con las recomendaciones del Comité
para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, revisar la legislación
nacional sobre el aborto y hacer cumplir las leyes nacionales relativas al acceso
a medios anticonceptivos (Noruega);
121.140 Revisar la criminalización absoluta del aborto e iniciar debates
abiertos en la esfera de la salud sexual y reproductiva con el fin de modificar la
legislación correspondiente, de modo que el aborto ya no sea delito (Eslovenia);
121.141 Seguir procurando que las leyes relativas al aborto se adecuen a las
obligaciones de Chile en materia de derechos humanos (Suecia);
121.142 Despenalizar el aborto, por lo menos en ciertos casos, por ejemplo
cuando la vida y la salud de la madre corran peligro, en caso de inviabilidad del
feto o cuando el embarazo sea el resultado de una violación (Suiza);
121.143 Revocar todas las leyes que criminalizan a las mujeres y las jóvenes
que hayan abortado y adoptar todas las medidas necesarias para posibilitar el
aborto en condiciones de seguridad y legalidad en casos de violación o incesto y
de grave peligro para la salud de la mujer (Bélgica);
121.144 Dar atención prioritaria a seguir mejorando la calidad y accesibilidad
de la atención médica y la educación, particularmente en las zonas rurales
(Belarús);
121.145 No cejar en los esfuerzos para garantizar el igual acceso a la
educación de calidad y a los servicios de atención de la salud para todos,
incluidas las personas con discapacidad (Tailandia);
121.146 Seguir promoviendo, en cooperación con la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, el acceso a una
educación de calidad para todos (Singapur);
121.147 Continuar con los esfuerzos destinados a mejorar la inclusión en
todos los niveles de educación (Ecuador);
121.148 Prestar especial atención a la cuestión de la desigualdad en el acceso
la educación, como aspecto fundamental del ejercicio efectivo del derecho a la
educación (Portugal);
121.149 Adoptar las medidas necesarias para la entrada en vigor de las
nuevas leyes educativas y velar por la ampliación de los programas
interculturales (Estado de Palestina);
121.150 No cejar en los esfuerzos tendientes a lograr el acceso de todos los
sectores de la sociedad a la educación (Omán);
A/HRC/26/5
GE.14-12900 25
121.151 Seguir intensificando los esfuerzos para promover el derecho a la
educación, entre otras cosas mediante el establecimiento de un programa de
educación asequible para todos (Indonesia);
121.152 Seguir centrándose en mejorar de manera general la calidad de la
educación impartida, en particular en las zonas rurales (Malasia);
121.153 Seguir centrándose en mejorar de manera general la calidad de la
educación, en particular en las zonas rurales (Sri Lanka);
121.154 Adoptar medidas para eliminar el analfabetismo de las mujeres en
las poblaciones rurales e indígenas y garantizar la igualdad de oportunidades
educativas para las niñas de las zonas rurales y las niñas indígenas (Estonia);
121.155 Seguir promoviendo la educación de las mujeres en las comunidades
rurales e indígenas (Djibouti);
121.156 Velar por la matriculación en el sistema educativo de los hijos de
inmigrantes en situación irregular (España);
121.157 Adoptar todas las medidas necesarias para aplicar la Convención
sobre los derechos de las personas con discapacidad a nivel nacional (Etiopía);
121.158 Redoblar esfuerzos para proteger los derechos de las personas con
discapacidad, profundizando los avances ya conseguidos en esa esfera
(Trinidad y Tabago);
121.159 Continuar adoptando medidas tendientes a mejorar la protección e
integración de las personas con discapacidad (Argentina);
121.160 Mantener acciones para la promoción y protección de los derechos de
los pueblos indígenas (Ecuador);
121.161 Adoptar nuevas medidas para velar por la promoción y protección de
los derechos de los pueblos indígenas (Grecia);
121.162 Seguir aplicando las políticas relativas a asuntos que atañen
específicamente a los pueblos indígenas, en especial las mujeres y los niños
(Trinidad y Tabago);
121.163 Agilizar la aprobación de las leyes tendientes al reconocimiento
constitucional de los pueblos indígenas (Uzbekistán);
121.164 Adoptar nuevas medidas para dar reconocimiento constitucional a
los pueblos indígenas y velar por la protección de sus derechos humanos
(Brasil);
121.165 Continuar e intensificar la labor destinada a mejorar la situación de
los pueblos indígenas haciendo esfuerzos especiales para luchar contra la
pobreza que los aqueja, mejorar su acceso a la educación superior y otorgarles
un reconocimiento constitucional (Eslovenia);
121.166 Aplicar medidas destinadas a apoyar la plena participación de los
pueblos indígenas en las instituciones democráticas y el desarrollo económico
(Canadá);
121.167 Adoptar medidas, aplicando los procedimientos adecuados, para que
la Ley Antiterrorista no menoscabe los derechos de los pueblos indígenas, e
incluir esos derechos en la estructura jurídica y administrativa del país (Cuba);
121.168 Abstenerse de aplicar la legislación antiterrorista a personas de la
comunidad mapuche en el contexto de conflictos interculturales, entre ellos los
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26 GE.14-12900
litigios relativos a las tierras, y avivar el diálogo político sobre las cuestiones
indígenas (Estados Unidos);
121.169 Velar por la promoción y el respeto de todos los derechos humanos de
los indígenas, entre otras cosas mediante la participación de los grupos
concernidos en los procesos de adopción de decisiones que afectan sus derechos
humanos y cuidando que la aplicación de la Ley Antiterrorista no menoscabe
los derechos humanos de los indígenas ni de ninguna otra persona (Alemania);
121.170 Prestar atención, con carácter de urgencia, a la plena aplicación del
Convenio Nº 169 de la OIT, especialmente con respecto a la consulta previa
sobre medidas legislativas y administrativas susceptibles de afectar a las
comunidades indígenas (Noruega);
121.171 Trabajar en la efectiva aplicación del Convenio Nº 169 de la OIT,
para evitar actos de desconocimiento y menosprecio de los derechos humanos
de los pueblos indígenas, en particular el pueblo mapuche (Bolivia (Estado
Plurinacional de));
121.172 Fomentar la participación de los pueblos indígenas en las decisiones
que los afectan mediante la aplicación del reglamento de consulta previa
aprobado en noviembre de 2013 (Perú);
121.173 No cejar en los esfuerzos destinados a establecer mecanismos de
consulta y velar por la protección de los derechos humanos de los grupos
indígenas (Suecia);
121.174 Adoptar medidas concretas para garantizar la participación efectiva
de los pueblos indígenas en la adopción de decisiones susceptibles de afectarlos,
en consonancia con la aplicación sistemática del derecho a consulta (Austria);
121.175 Seguir desarrollando un proceso establecido de diálogo y negociación
efectivos con los pueblos indígenas para tratar cuestiones relativas a la tierra y
los recursos naturales (Australia);
121.176 Continuar aplicando su política en el mercado laboral para mejorar
las condiciones de vida de los pueblos indígenas, con miras a consolidar su
estabilidad social (Angola);
121.177 Continuar con los esfuerzos tendientes a minimizar el impacto
ambiental de las actividades económicas que afectan a los indígenas (Belarús);
121.178 Adoptar todas las medidas destinadas a establecer un marco jurídico
para enfrentar las cuestiones que afectan a la población migrante, las minorías,
los refugiados y los indígenas (Irán (República Islámica del));
121.179 Continuar sus esfuerzos para dotarse de una ley de modernización
del régimen migratorio, que incorpore una perspectiva de derechos humanos,
reconozca los derechos y obligaciones de los migrantes en situación regular o
irregular y contenga disposiciones relativas a la política nacional de migración,
la lucha contra la trata de personas y la protección de los refugiados
(Guatemala);
121.180 Establecer un marco jurídico para la protección integral de los
derechos de los migrantes, en particular los derechos de los niños migrantes o
los hijos de padres migrantes (Colombia);
121.181 Seguir protegiendo y promoviendo los derechos de los trabajadores
migrantes (Djibouti);
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121.182 Adoptar las medidas necesarias para hacer frente a la exclusión
social y la vulnerabilidad de las mujeres migrantes (Sri Lanka);
121.183 Velar por el respeto de los derechos humanos de los bolivianos que
van y regresan del territorio chileno, sobre todo en las situaciones que pueden
derivar en detenciones arbitrarias, en el entendido de que toda persona tiene
derecho a circular libremente, en particular el derecho de salir y regresar a su
país (Bolivia (Estado Plurinacional de));
121.184 Velar por que se haga justicia y se conceda reparación a las víctimas
de los efectos del deterioro ambiental y adoptar normas ambientales relativas a
las emisiones de contaminantes por fundiciones (Egipto).
122. La recomendación que figura a continuación no contó con el apoyo de Chile
porque Chile considera que no entra en el ámbito de competencia del mecanismo del
examen periódico universal establecido de conformidad con la resolución 5/1 del
Consejo de Derechos Humanos:
122.1 Dar cumplimiento a los instrumentos internacionales, a fin de
promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones, garantizando
el derecho a un amplio tránsito por los puertos del Pacífico, asegurando el
respeto universal y efectivo de los derechos humanos y las libertades
fundamentales dentro y fuera de sus fronteras (Bolivia (Estado Plurinacional
de)).
123. Todas las conclusiones y/o recomendaciones que figuran en el presente informe
reflejan la posición del Estado o de los Estados que las presentaron y/o del Estado
examinado. No debe interpretarse que han recibido el respaldo del Grupo de Trabajo
en su conjunto.
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Anexo
[Inglés únicamente]
Composition of the delegation
The delegation of Chile was headed by Mr. Bruno Baranda, Minister of Social
Development and composed of the following members:
• Mr. Juan Ignacio Piña, Minister of Justice, Alternate Head of Delegation;
• Mr. Hugo Dolmestch, Minister, Supreme Court of Justice;
• Mr. Jose Luis Balmaceda, Ambassador, Permanent Representative in Geneva;
• Ms. Ximena Vidal, Congresswoman, Chamber of Deputies;
• Mr. Joel Rosales, Congressman, Chamber of Deputies;
• Mr. Juan Pablo Crisostomo, Minister Counsellor, Director for Human Rights,
Ministry of Foreign Affairs;
• Mr. Cristian Streeter, Minister Counsellor, Deputy Permanent Representative in
Geneva;
• Mr. Jaime Moscoso, Counsellor, Permanent Mission of Chile in Geneva;
• Mr. Hassan Zeran, Second Secretary, Permanent Mission of Chile in Geneva;
• Mr. Jaime Godoy, head of the Universal Department, Direction for Human Rights,
Ministry of Foreign Affairs;
• Mr. Rene Rojas, Third Secretary, Direction for Human Rights, Ministry of Foreign
Affairs;
• Mr. Pablo Urquizar, Chief of Cabinet, Ministry-General Secretariat of Government;
• Mr. Milenko Bertrand-Galindo, Coordinator for Human Rights, Ministry of Justice;
• Ms. Alejandra Voigt, Coordinator of the Legal-Legislative Division, Ministry-
General Secretariat of Government;
• Ms. Gabriela Cabellos, Chief of the Legal Division, Department of Immigration,
Ministry of Interior;
• Ms. Pamela Cofre, Major, Deputy Chief, Department of Human Rights, Carabineros
(police);
• Mr. Matias Abogabir, Chief, Coordination Unit for Indigenous Affairs, Ministry of
Social Development;
• Mr. Alberto Vergara, Chief of the Legal Division, Ministry of Education;
• Mr. Jorge Alvarez, Chief of Studies, National Service for Minors;
• Ms. Elisa Giesen, Advisor to the Minister-Secretary-General of Government;
• Ms. Paula Badilla, Human Rights Advisor, Ministry of Justice;
• Ms. Andrea Martinez, Legislative Advisor, Ministry of Social Development;
• Ms. Paula Garcia-Huidobro, Advisor to the Minister, National Service for Women;
• Mr. Pedro Cayuqueo, Indigenous Representative;
• Mr. Hugo Alcaman, Indigenous Representative;
• Ms. Lorena Fries, Director, National Institute for Human Rights;
• Ms. Paula Salvo, Assistant to the Director; National Institute for Human Rights.

GE.14-12900 (S) 290414 020514*1412900*Consejo de Derechos Humanos26º período de sesionesTema 6 de la agendaExamen periódico universalInforme del Grupo de Trabajo sobre el ExamenPeriódico Universal*Chile* El anexo se distribuye tal como se recibió.Naciones Unidas A/HRC/26/5Asamblea General Distr. general2 de abril de 2014EspañolOriginal: inglésA/HRC/26/52 GE.14-12900ÍndicePárrafos PáginaIntroducción ……………………………………………………………………………………………… 1–4 3I. Resumen de las deliberaciones del proceso de examen …………………………………… 5–120 3A. Exposición del Estado examinado………………………………………………………… 5–14 3B. Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado…………………………… 15–120 4II. Conclusiones y/o recomendaciones ……………………………………………………………… 121–123 15AnexoComposition of the delegation …………………………………………………………………………………………… 28A/HRC/26/5GE.14-12900 3Introducción1. El Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, establecido deconformidad con la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos, de 18 de juniode 2007, celebró su 18º período de sesiones del 27 de enero al 7 de febrero de 2014. Elexamen de Chile se llevó a cabo en la tercera sesión, el 28 de enero de 2014. La delegaciónde Chile estuvo encabezada por Bruno Baranda, Ministro de Desarrollo Social. En sudécima sesión, celebrada el 31 de enero de 2014, el Grupo de Trabajo aprobó el informesobre Chile.2. El 15 de enero de 2014, el Consejo de Derechos Humanos eligió al siguiente grupode relatores (troika) para facilitar el examen de Chile: Cuba, Montenegro y Pakistán.3. Con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 15 del anexo de la resolución 5/1 y elpárrafo 5 del anexo de la resolución 16/21, para el examen de Chile se publicaron lossiguientes documentos:a) Un informe nacional/exposición por escrito de conformidad con el párrafo15 a) (A/HRC/WG.6/18/CHL/1);b) Una recopilación preparada por la Oficina del Alto Comisionado de lasNaciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) de conformidad con el párrafo15 b) (A/HRC/WG.6/18/CHL/2);c) Un resumen preparado por el ACNUDH de conformidad con el párrafo 15 c)(A/HRC/WG.6/18/CHL/3).4. Por conducto de la troika se transmitió a Chile una lista de preguntas preparadas deantemano por Austria, Bélgica, República Checa, Alemania, México, los Países Bajos,Noruega, España, Eslovenia, Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.Esas preguntas pueden consultarse en la extranet del examen periódico universal (EPU).I. Resumen de las deliberaciones del proceso de examenA. Exposición del Estado examinado5. La delegación indicó que consideraba que el EPU constituía un importante avancehacia la universalización de los derechos humanos. Chile atribuía una alta prioridad a laaplicación de sus recomendaciones. El informe nacional mostraba los avances que sehabían logrado en el cumplimiento de las recomendaciones recibidas en 2009.6. En la preparación del informe habían participado toda una serie de ministerios yservicios públicos. Esas instituciones también estaban representadas en la delegación dealto nivel que había viajado a Ginebra para el examen.7. Asimismo se habían mantenido reuniones con el Instituto Nacional de DerechosHumanos y con representantes de la sociedad civil para la preparación del informe.Además, el ACNUDH había prestado su valiosa asistencia.8. En 2009, Chile había aceptado 71 recomendaciones, que en su mayoría se habíanaplicado o estaban en proceso de ejecución. Si bien había aún desafíos pendientes, elsegundo informe estaba centrado en los esfuerzos realizados por el Estado para modernizary fortalecer la infraestructura institucional de derechos humanos.A/HRC/26/54 GE.14-129009. La delegación destacó algunas de las medidas más importantes adoptadas en materiade derechos humanos en los últimos cuatro años y medio, en cumplimiento de lasrecomendaciones aceptadas en 2009.10. En 2009, Chile había ratificado la Convención Internacional para la protección detodas las personas contra las desapariciones forzadas. El mismo año se había establecidoademás el Instituto Nacional de Derechos Humanos, que había sido acreditado comoinstitución de categoría A en 2012 y constituía la columna vertebral del perfeccionamientoinstitucional de los derechos humanos en Chile.11. En cuanto a la discriminación, en julio de 2012 había entrado en vigor laLey Nº 20609, que sancionaba toda forma de discriminación basada, entre otros motivos,en la raza, la nacionalidad, el idioma, la opinión política, la religión, el sexo, la orientaciónsexual, la identidad de género o la discapacidad.12. Chile era consciente de su deuda histórica con los pueblos indígenas. Porconsiguiente, en 2010, el Gobierno había establecido una política de diálogo con los nuevepueblos indígenas presentes en el país, a fin de darles acceso a oportunidades de desarrollo,con pleno respeto de sus derechos, tradiciones, identidad y cultura. La necesidad de unenfoque integral e inclusivo había motivado la creación del Consejo de Ministros paraAsuntos Indígenas.13. La aplicación del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo(OIT) de 1989 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes había permitidoprofundizar el compromiso de participación y protagonismo de las comunidades indígenas.Desde su entrada en vigor, se habían realizado más de 43 consultas sobre cuestiones comoproyectos legislativos, medidas administrativas y proyectos de inversión. Una de las másimportantes se había referido al procedimiento y las etapas de consultas futuras. Durantecasi tres años, se habían realizado más de 300 talleres de diálogo directo entre autoridadesdel Gobierno y dirigentes indígenas. Establecido este nuevo procedimiento de consulta, elGobierno aplicaría ese mecanismo en relación con tres cuestiones importantes: elreconocimiento constitucional de los pueblos indígenas, la creación de un consejorepresentativo de los pueblos indígenas y el diseño de un nuevo marco institucional parauna ejecución más eficiente de las políticas públicas sobre los pueblos indígenas.14. Durante el examen, la delegación tomó nota de las preguntas planteadas por losdemás países, para darles respuesta en el curso de las deliberaciones.B. Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado15. Durante el diálogo interactivo, formularon declaraciones 84 delegaciones. Lasrecomendaciones formuladas durante el diálogo figuran en la sección II del presenteinforme.16. El Congo aplaudió el fortalecimiento del marco institucional y jurídico para lapromoción y protección de los derechos humanos, en particular la creación de unainstitución nacional de derechos humanos y la aprobación de una ley sobre la trata depersonas. El Congo formuló una recomendación.17. Croacia solicitó a Chile mayor información sobre la atención prestada a las personastransgénero por el sistema nacional de atención de la salud. También hizo preguntas sobrela formación de derechos humanos impartida a la policía y la forma en que ello habíacontribuido a la promoción de los derechos de los pueblos indígenas.18. Cuba destacó los esfuerzos por eliminar la discriminación, en particular laaprobación de la Ley Nº 20609. Manifestó su inquietud por el creciente uso de la fuerza porA/HRC/26/5GE.14-12900 5las autoridades policiales en el contexto de manifestaciones pacíficas y por la aplicación dela Ley Antiterrorista en detrimento de los derechos de los pueblos indígenas. Cuba formulórecomendaciones.19. Chipre se refirió a la información relativa al uso inadecuado de armas antidisturbiospor la policía en diferentes manifestaciones. Preguntó qué medidas se habían adoptado paraque hubiera una investigación civil de las presuntas vulneraciones de los derechos humanoscometidas por la policía. Chipre formuló una recomendación.20. La República Checa encomió a Chile por haber suprimido la jurisdicción de lostribunales militares sobre los civiles, tal como se había recomendado en el examen anterior.Formuló recomendaciones.21. Mauritania encomió a Chile por los esfuerzos realizados para potenciar susinstituciones de derechos humanos y por las diversas iniciativas destinadas a promover yproteger los derechos humanos. Tomó nota del establecimiento del Instituto Nacional deDerechos Humanos y la adopción de medidas apropiadas para prohibir todas las formas dediscriminación contra las mujeres.22. El Ecuador expresó su reconocimiento por los esfuerzos realizados para promover yproteger los derechos de las personas con discapacidad, los refugiados y los ancianos.Felicitó a Chile por las medidas adoptadas para promover la integración de los trabajadoresmigrantes y su acceso a la seguridad social. El Ecuador formuló recomendaciones.23. Egipto tomó nota de las amplias consultas celebradas durante la preparación delinforme y del establecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos como órganolegalmente independiente. Egipto formuló recomendaciones.24. Estonia celebró las medidas de incentivo destinadas a aumentar la participación delas mujeres en la vida política. Indicó, sin embargo, que le preocupaba la criminalizacióndel aborto. Estonia alentó a Chile a continuar con sus esfuerzos para defender los derechosdel niño y de los pueblos indígenas. Formuló recomendaciones.25. Etiopía celebró el establecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos yelogió la participación activa de Chile en el Consejo de Derechos Humanos. Indicó quevaloraba las medidas adoptadas para luchar contra la trata de personas y promover losderechos de los migrantes. Etiopía formuló recomendaciones.26. Finlandia preguntó qué medidas se habían adoptado o se había previsto adoptar paralegalizar el aborto, por lo menos en los casos en que la vida de la mujer corría peligro o elembarazo era consecuencia del abuso sexual de una menor o de una violación. Finlandiaformuló recomendaciones.27. Francia celebró el cumplimiento por Chile de la mayor parte de las recomendacionesformuladas en el primer ciclo del EPU y la ratificación de la Convención Internacional parala protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. Francia formulórecomendaciones.28. Alemania expresó su satisfacción por los avances logrados hacia la aplicación de lasrecomendaciones formuladas en el primer ciclo del EPU, pero manifestó su preocupacióncon respecto a la aplicación de las normas de derechos humanos en ciertas esferas.Alemania formuló recomendaciones.29. Ghana observó que el informe había sido preparado mediante un proceso abierto yconsultivo y alentó a Chile a enfrentar los desafíos que persistían para asegurar el respetode los derechos humanos y el estado de derecho. Ghana formuló una recomendación.30. Grecia solicitó mayor información sobre los resultados de las medidas adoptadaspara garantizar la igualdad de oportunidades y la inclusión social para las personas conA/HRC/26/56 GE.14-12900discapacidad y sobre la devolución de las tierras pertenecientes a los pueblos indígenas.Grecia formuló recomendaciones.31. Guatemala acogió con agrado la Ley de lucha contra la discriminación y la ley quetipificaba el delito de trata de personas. Indicó que valoraba la política de integración de losmigrantes. Solicitó información sobre el establecimiento del Consejo de Ministros paraAsuntos Indígenas. Guatemala formuló una recomendación.32. La Santa Sede felicitó a Chile por su compromiso con la defensa de los derechoshumanos. Celebró la aplicación de diversos programas para eliminar el trabajo infantil ypromover el acceso a la seguridad social y la educación. La Santa Sede formulórecomendaciones.33. Honduras encomió las medidas adoptadas por Chile para luchar contra la violenciahacia los niños, incluido el trabajo infantil y la explotación sexual de niños con finescomerciales, y la modificación del reglamento de la Ley de Responsabilidad PenalAdolescente. Honduras formuló recomendaciones.34. Hungría observó con preocupación que la legislación nacional todavía no se ajustabaplenamente al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y que los castigoscorporales no estaban completamente prohibidos. Solicitó mayor información sobre cómo ycuándo había previsto el Gobierno afrontar el problema de la falta de políticas deeliminación del trabajo infantil. Hungría formuló recomendaciones.35. Indonesia valoraba los incansables esfuerzos realizados por Chile para promover yproteger los derechos humanos y especialmente para aumentar la protección de la mujer,pero también consideraba que era posible intensificar aún más esa labor. Indonesia formulórecomendaciones.36. La República Islámica del Irán agradeció a Chile la información relativa alcumplimiento de las recomendaciones formuladas en el examen anterior pero manifestó conpreocupación que quedaba una serie de cuestiones por aclarar. Formuló recomendaciones.37. El Iraq celebró la ratificación de la Convención Internacional para la protección detodas las personas contra las desapariciones forzadas y la introducción de la ley deprotección de los refugiados. Encomió las medidas adoptadas para luchar contra ladiscriminación e intensificar la participación de los ciudadanos en la administraciónpública. El Iraq formuló una recomendación.38. Irlanda observó con preocupación que había ciertas discrepancias entre el marcolegislativo relativo a las condiciones laborales de los trabajadores domésticos y la forma enque se controlaban esas condiciones en la práctica. Irlanda aplaudió los esfuerzos de luchacontra la violencia doméstica. Formuló recomendaciones.39. Italia celebró la promulgación de la ley relativa a la trata de personas y lasmodificaciones del Código Penal en relación con la violencia doméstica. Preguntó si sehabía previsto la adopción de medidas relativas al reconocimiento jurídico de las personastransgénero. Italia formuló recomendaciones.40. Jordania encomió la labor que se estaba realizando para proteger los derechoshumanos y las libertades fundamentales, en particular mediante la promulgación de una leyde lucha contra la discriminación, e indicó que valoraba las medidas adoptadas parafortalecer el marco institucional. Jordania formuló recomendaciones.41. Libia indicó que celebraba el informe y valoraba todos los esfuerzos realizados y lasiniciativas emprendidas, entre ellas el establecimiento del Instituto Nacional de DerechosHumanos. Libia instó a Chile a adoptar medidas para organizar campañas de sensibilizaciónacerca de los derechos humanos.A/HRC/26/5GE.14-12900 742. Liechtenstein reconoció los esfuerzos realizados para poner fin a la discriminacióncontra las mujeres y promover los derechos de la mujer, así como la adhesión a la justiciainternacional. Señaló que seguía siendo lícito infligir castigos corporales a los niños en elhogar y en las instituciones dedicadas al cuidado de los menores. Liechtenstein formulórecomendaciones.43. Madagascar celebró la creación del Instituto Nacional de Derechos Humanos y laratificación del Estatuto de Roma y la Convención Internacional para la protección de todaslas personas contra las desapariciones forzadas. También tomó nota de los avances logradospor Chile en varias esferas, como la lucha contra todas las formas de discriminación, torturay pobreza y la protección de los grupos vulnerables, los pueblos indígenas, las mujeres ylos niños. Madagascar formuló recomendaciones.44. Malasia encomió a Chile por el fortalecimiento de su marco institucional ylegislativo, el establecimiento en 2009 de una institución nacional de derechos humanos,los avances logrados en la defensa de los derechos de la mujer y la entrada en vigor en 2011de la legislación relativa a la trata de personas. Malasia formuló recomendaciones.45. Djibouti felicitó a Chile por su compromiso permanente con todos los derechoshumanos y por haber cumplido la mayor parte de las recomendaciones formuladas en elprimer ciclo del EPU. Formuló recomendaciones.46. México aplaudió los esfuerzos realizados en la preparación para el examen, enconjunción con la sociedad civil. Reconoció los progresos logrados en la aplicación delConvenio Nº 169 de la OIT y las estructuras establecidas para fortalecer la participación delos pueblos indígenas en la vida pública. México formuló recomendaciones.47. Montenegro reconoció la voluntad de mejorar la situación de los pueblos indígenas,entre otras cosas mediante programas de atención de la salud y educación para las mujeresindígenas. Solicitó información sobre las actividades destinadas a promover la inclusión yla participación de grupos vulnerables, sobre la eventual intención del Gobierno dereexaminar la tipificación del aborto como delito y sobre la abolición de la pena de muertepara todos los delitos. Montenegro formuló recomendaciones.48. Marruecos solicitó mayor información sobre el proyecto de ley relativa a losderechos de los migrantes y su valor añadido con respecto a la legislación vigente y laConvención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadoresmigratorios y de sus familiares. Encomió a Chile por el establecimiento de una instituciónnacional de derechos humanos. Marruecos formuló recomendaciones.49. Los Países Bajos celebraron los esfuerzos realizados por Chile para promover laigualdad de derechos de las personas pertenecientes a los grupos de lesbianas, gais,bisexuales y transexuales (LGBT). Hicieron votos por que el examen periódico universalayudara al Gobierno a seguir promoviendo los derechos humanos. Los Países Bajosformularon recomendaciones.50. Nicaragua celebró la aprobación de las leyes sobre la discriminación y laparticipación ciudadana. Reconoció los progresos logrados en materia de igualdad degénero e instó a Chile a que incorporara las recomendaciones que se formularan en elexamen actual en su plan de igualdad de oportunidades. Nicaragua formulórecomendaciones.51. Noruega alentó a Chile a fortalecer su marco institucional de lucha contra ladiscriminación. Manifestó su preocupación por las noticias de uso desproporcionado de laviolencia, incluidos abusos sexuales, por la policía contra menores y miembros de lapoblación indígena durante protestas sociales. Noruega formuló recomendaciones.A/HRC/26/58 GE.14-1290052. Omán celebró el aumento del número de mujeres en el parlamento y en la poblaciónactiva. Tomó nota de las medidas adoptadas para proteger a los niños contra la violencia yla introducción de una ley de inclusión social de las personas con discapacidad. Ománformuló una recomendación.53. El Paraguay aplaudió la adopción de diversas políticas públicas en pro de lasmujeres, los niños y los pueblos indígenas. Manifestó su preocupación por lasdesigualdades de género que persistían, en particular la carga de trabajo doméstico queabrumaba a las mujeres y la disparidad salarial. El Paraguay formuló recomendaciones.54. El Perú aplaudió la creación del Instituto Nacional de Derechos Humanos, laaprobación de la ley antidiscriminación y el incremento de los recursos asignados al sectoreducativo. Formuló recomendaciones.55. Filipinas celebró la propuesta de crear una Subsecretaría de Derechos Humanos yreconoció la creciente participación política de las mujeres y el amplio proceso de consultaque se había celebrado con los pueblos indígenas. Filipinas formuló recomendaciones.56. Polonia indicó que valoraba los esfuerzos emprendidos para cumplir lasrecomendaciones aceptadas durante el primer ciclo del EPU, en particular la creación delInstituto Nacional de Derechos Humanos. Polonia formuló recomendaciones.57. Portugal celebró la invitación permanente cursada a los titulares de mandatos de losprocedimientos especiales y el establecimiento del Instituto Nacional de DerechosHumanos. Aplaudió la ratificación del Estatuto de Roma y la firma del ProtocoloFacultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y elProtocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a unprocedimiento de comunicaciones. Portugal formuló recomendaciones.58. La República de Moldova alentó a Chile a agilizar el proceso de establecimiento dela Subsecretaría de Derechos Humanos, con miras a la adopción de un plan nacional dederechos humanos. Formuló recomendaciones.59. Rumania encomió a Chile por haber extendido una invitación permanente a lostitulares de mandatos de los procedimientos especiales. Solicitó mayor información sobre laposibilidad de enjuiciar a los responsables de violaciones graves de los derechos humanosdurante la dictadura. Rumania formuló recomendaciones.60. La Federación de Rusia tomó nota de las enmiendas a la legislación, en particular enrelación con la protección de la niñez y la lucha contra la discriminación. Manifestó supreocupación por la persistencia de la trata de personas, entre otras cosas con fines detráfico de órganos. La Federación de Rusia formuló recomendaciones.61. Singapur tomó nota de los progresos logrados en la lucha contra la violenciadoméstica mediante la promulgación de leyes y el establecimiento de centros dereeducación para hombres y albergues para las víctimas. Celebró los avances en el ámbitode la educación, en particular el hecho de que la tasa de matrícula en la enseñanza primariaalcanzara el 94% en las zonas rurales. Singapur formuló recomendaciones.62. Eslovaquia alentó a Chile a acelerar la preparación del plan nacional de derechoshumanos. Celebró los avances con respecto a los derechos de la mujer y observó que eranecesario redoblar esfuerzos para luchar eficazmente contra las desigualdades, por ejemploen relación con las oportunidades de empleo. Eslovaquia formuló recomendaciones.63. Eslovenia alentó a Chile a ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobrela eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Observó conpreocupación que el aborto era un delito en toda circunstancia y señaló el hacinamiento enlas prisiones y la falta de infraestructura penitenciaria. Eslovenia formuló recomendaciones.A/HRC/26/5GE.14-12900 964. Sudán del Sur observó con satisfacción la excelente cooperación entre la policíachilena y el Comité Internacional de la Cruz Roja y alentó la promoción de una cultura dederechos humanos en las demás instituciones encargadas de hacer cumplir la ley. Formulóuna recomendación.65. España felicitó a Chile por ser parte en los instrumentos internacionalesfundamentales de derechos humanos y por haber ratificado la Convención Internacionalpara la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. Formulórecomendaciones.66. Sri Lanka tomó nota de los esfuerzos realizados por Chile para alcanzar la igualdadde género, promover los derechos de la mujer y luchar contra el trabajo infantil y laexplotación sexual de niños con fines comerciales. Destacó en la entrada en vigor de la LeyAntidiscriminación en 2012. Sri Lanka formuló recomendaciones.67. El Estado de Palestina celebró la determinación de Chile de mejorar la calidad devida de su población y fomentar una cultura de respeto y no discriminación. Encomió losavances logrados en materia de educación, en particular la mejora de la calidad de laeducación primaria y la instauración de su obligatoriedad. El Estado de Palestina formulórecomendaciones.68. Suecia observó que el aborto seguía siendo delito en toda circunstancia. Celebró losavances en la promoción de los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales,transgénero e intersexuales (LGBTI), en particular la aprobación de la LeyAntidiscriminación. Solicitó mayor información sobre las medidas adoptadas para laaplicación efectiva de la legislación antidiscriminación vigente. Suecia formulórecomendaciones.69. Suiza observó con satisfacción los avances logrados en la lucha contra ladiscriminación y la violencia hacia las mujeres, la reforma del sistema de justicia militar ylas enmiendas a la legislación antiterrorista. Indicó que era motivo de preocupación que elaborto fuera delito en toda circunstancia. Suiza formuló recomendaciones.70. Tailandia encomió el establecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos ylos avances en la mejora de la situación de los pueblos indígenas. Observando que la LeyAntidiscriminación preveía la protección contra la discriminación basada en la orientaciónsexual y la identidad de género, alentó a introducir una nueva enmienda que previera elpago de una indemnización a las víctimas. Tailandia formuló recomendaciones.71. Trinidad y Tabago encomió a Chile por el establecimiento en 2009 del InstitutoNacional de Derechos Humanos, la ratificación del Estatuto de Roma, la entrada en vigoren 2012 de la Ley Nº 20609 de lucha contra la discriminación, los esfuerzos emprendidospara empoderar a las mujeres y la creación del Departamento de Derechos Humanos deCarabineros de Chile. Trinidad y Tabago formuló recomendaciones.72. Túnez observó los considerables avances logrados, en particular la aprobación de laLey Antidiscriminación, la Ley de Participación Ciudadana y el Plan de Igualdad deOportunidades 2011-2020 y la creación del Departamento de Derechos Humanos deCarabineros de Chile. Túnez formuló recomendaciones.73. Turquía encomió los esfuerzos realizados por Chile para establecer la Subsecretaríade Derechos Humanos y los avances conseguidos en materia de igualdad de género.Preguntó qué medidas se habían adoptado para incrementar la participación de las mujeresen la fuerza laboral. Formuló una recomendación.74. Los Emiratos Árabes Unidos celebraron los avances logrados en la protección de losderechos humanos de las mujeres y los niños. Solicitaron una aclaración sobre el papel quedesempeñaban los grupos de la sociedad civil. Formularon una recomendación.A/HRC/26/510 GE.14-1290075. El Reino Unido manifestó su preocupación por la información sobre lasinformaciones que apuntaban al uso excesivo de la violencia por la policía durante lasprotestas sociales. Alentó a que se mantuvieran consultas con grupos indígenas sobre losposibles proyectos de desarrollo susceptibles de afectarlos directamente. El Reino Unidoformuló recomendaciones.76. Los Estados Unidos de América reconocieron los avances en la lucha contra laviolencia doméstica, incluidos los programas de sensibilización, pero a pesar de elloconsideraban preocupante la alta tasa de prevalencia de este fenómeno. Preguntaron quéestaba haciendo Chile para cumplir sus compromisos internacionales en relación con lospueblos indígenas. Los Estados Unidos de América formularon recomendaciones.77. El Uruguay celebró los avances en materia de derechos humanos, como laratificación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contralas desapariciones forzadas y el Estatuto de Roma, la aprobación de la LeyAntidiscriminación, la Ley de Participación Ciudadana y las nuevas leyes sobre la violenciade género y la adopción de políticas en favor de las personas de edad. El Uruguay formulórecomendaciones.78. Uzbekistán puso de relieve la preocupación de los órganos de tratados por losderechos de los pueblos indígenas. También resaltó la escasa participación política de lasmujeres y sus bajas tasas de alfabetización, así como el hacinamiento y el uso excesivo dela fuerza en las prisiones. Uzbekistán formuló recomendaciones.79. La República Bolivariana de Venezuela tomó nota del establecimiento del InstitutoNacional de Derechos Humanos. Instó a Chile a que diera prioridad a los pueblos indígenasy los grupos vulnerables, entre otras cosas mediante la aplicación del Convenio Nº 169 dela OIT, y no cejara en sus esfuerzos para reducir las desigualdades y lograr la inclusiónsocial.80. Viet Nam observó con interés los avances alentadores de Chile en materia dederechos humanos, como la ratificación de la mayor parte de los tratados fundamentales dederechos humanos, la aprobación de la Ley Antidiscriminación y el establecimiento delInstituto Nacional de Derechos Humanos. Viet Nam formuló recomendaciones.81. El Yemen celebró los esfuerzos realizados por Chile para promover los instrumentosinternacionales de derechos humanos y el establecimiento del Instituto Nacional deDerechos Humanos, de conformidad con los Principios relativos al estatuto de lasinstituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios deParís). El Yemen formuló una recomendación.82. El Afganistán expresó su satisfacción por las medidas tendientes a la reinserciónjuvenil, en particular la puesta en marcha del llamado «Plan Joven», y las medidas positivasadoptadas con respecto a los derechos a la salud y la educación de los migrantes. ElAfganistán formuló una recomendación.83. Argelia celebró el establecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos, deconformidad con los Principios de París, y las medidas adoptadas para mejorar la situaciónde los pueblos indígenas, en particular en las esferas del empleo y el empoderamiento de lasmujeres. Argelia formuló recomendaciones.84. Angola celebró el establecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos y laintención del Gobierno de armonizar la legislación nacional con los instrumentosinternacionales de derechos humanos. Celebró la adopción de medidas tendientes a mejorarla calidad de vida de los pueblos indígenas y los grupos vulnerables. Angola formuló unarecomendación.A/HRC/26/5GE.14-12900 1185. La Argentina encomió la ratificación de la Convención Internacional para laprotección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, la labor deestablecimiento de la Subsecretaría de Derechos Humanos y la nueva legislación contra ladiscriminación. La Argentina invitó a Chile a compartir sus buenas prácticas en materia depolíticas para los ancianos con el Experto independiente sobre el disfrute de todos losderechos humanos por las personas de edad. La Argentina formuló recomendaciones.86. Australia subrayó la importancia de la labor en curso en materia de educación enderechos humanos y las medidas tendientes a exigir cuentas por el uso excesivo de la fuerzapor las fuerzas de seguridad. Alentó a Chile a seguir con sus esfuerzos de lucha contra ladiscriminación y la desigualdad. Australia formuló recomendaciones.87. Austria preguntó qué medidas había previsto Chile para hacer frente a los problemasde hacinamiento, malos tratos, castigos injustificados y falta de un programa eficaz deprotección de los jóvenes en las prisiones y solicitó información sobre la situación delproyecto de ley de protección del menor. Austria formuló recomendaciones.88. Azerbaiyán tomó nota del establecimiento del Instituto Nacional de DerechosHumanos, de conformidad con los Principios de París. Indicó que compartía lapreocupación del Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas por lasvulneraciones de esos derechos, en particular a raíz de la compra de tierras indígenasancestrales. Azerbaiyán formuló recomendaciones.89. Bangladesh preguntó qué se había hecho para poner en práctica las recomendaciones60 y 62 formuladas en el primer ciclo del EPU, a saber, que se redujeran las disparidadessocioeconómicas entre la población indígena y los no indígenas y se aumentara larepresentación política de los pueblos indígenas. Bangladesh formuló recomendaciones.90. Belarús celebró las medidas adoptadas para promover y proteger los derechoshumanos, el estado de derecho, el disfrute de los derechos socioeconómicos y la nodiscriminación. Tomó nota de los esfuerzos realizados para defender los derechos y mejorarla situación socioeconómica de los pueblos indígenas. Belarús formuló recomendaciones.91. Bélgica felicito a Chile por la aprobación de la Ley Antidiscriminación. Mencionóvarios motivos de preocupación, especialmente la situación de las mujeres y las niñas, laimpunidad, la tortura y las desapariciones forzadas. Bélgica formuló recomendaciones.92. Bhután tomó nota del aumento sustancial en el presupuesto del sector de laeducación, principalmente para elevar el nivel de aprendizaje y mejorar las instalacioneseducativas en las zonas rurales. Bhután también tomó nota de la labor realizada por elServicio Nacional de la Mujer para proteger a las mujeres contra la violencia doméstica ycombatir el trabajo infantil. Bhután formuló una recomendación.93. El Estado Plurinacional de Bolivia formuló recomendaciones en el espírituconstructivo que caracteriza el examen periódico universal.94. Bosnia y Herzegovina encomió la aprobación de nueva legislación en materia dederechos humanos y celebró el establecimiento de Instituto Nacional de DerechosHumanos, de conformidad con los Principios de París. Solicitó mayor información sobre elmandato, el funcionamiento y la financiación de ese órgano.95. El Brasil encomió la ratificación de la Convención Internacional para la protecciónde todas las personas contra las desapariciones forzadas y alentó a Chile a ratificar elProtocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas dediscriminación contra la mujer. Celebró la entrada en vigor de nuevas leyes sobre la trata depersonas, los derechos de los refugiados y las personas con discapacidad. El Brasil formulórecomendaciones.A/HRC/26/512 GE.14-1290096. Bulgaria indicó que valoraba positivamente la introducción de nuevas medidas parala igualdad, destinadas a prohibir todas las formas de discriminación contra la mujer, peroque seguía haciendo falta una definición de la discriminación contra la mujer conforme a laConvención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.Bulgaria formuló una recomendación.97. El Canadá encomió las recientes enmiendas al Código Penal, tendientes a facilitar elenjuiciamiento de los actos de violencia contra las mujeres. Solicitó información sobreotras medidas específicas previstas para evitar la violencia contra las mujeres o prestarasistencia a las víctimas. El Canadá formuló recomendaciones.98. China celebró las medidas adoptadas para luchar contra la discriminación yfortalecer la protección judicial, así como la aprobación de legislación destinada a mejorarla condición de la mujer, proteger los derechos de las personas de edad y promover losderechos socioeconómicos de los pueblos indígenas. China formuló recomendaciones.99. Colombia encomió a Chile por el fortalecimiento de sus instituciones, la ratificacióndel Estatuto de Roma, la aprobación de la Ley Antidiscriminación y su desempeño en elConsejo de Derechos Humanos. Colombia formuló recomendaciones.100. La Delegación de Chile destacó que la nueva legislación de lucha contra ladiscriminación (Ley Nº 20609) constituía un hito y era la primera norma que sancionabaexplícitamente los actos de discriminación. Atendiendo a lo dispuesto en dicha Ley, sehabía aprobado recientemente una política de no discriminación a fin de proteger ypromover los derechos humanos sin discriminación alguna. El Observatorio de laParticipación Ciudadana y la No Discriminación se encargaba de vigilar el cumplimiento dela Ley.101. En 2011 se había establecido el Departamento de Derechos Humanos deCarabineros de Chile con el fin de promover los derechos humanos dentro de laorganización y contribuir a la enseñanza de los derechos humanos, entre otras cosas. ElDepartamento había actualizado varios protocolos policiales para el empleo de la fuerza yde las armas de fuego. En 2013, la Dirección de educación, doctrina e historia deCarabineros de Chile había puesto en marcha un nuevo programa de enseñanza de losderechos humanos, de conformidad con las normas internacionales correspondientes, sobreel uso de la fuerza y la protección de los grupos vulnerables, incluidos los grupos LGBT.102. En 2012 se habían actualizado las tácticas del cuerpo de Carabineros para elmantenimiento del orden público y se había definido un nuevo modelo para el uso de lafuerza, basado en los principios universales de legalidad, necesidad y proporcionalidad. En2013 se habían revisado varios protocolos de intervención policial con el fin de resguardarel derecho a la libertad de reunión.103. El Instituto Nacional de Derechos Humanos fiscalizaba la actuación de la fuerzapública durante las manifestaciones públicas, incluidas las condiciones de detención envehículos policiales, y en 2012 el Departamento de Asuntos Internos se había subordinadoa la Inspectoría General, con el fin de fortalecer la supervisión y el control internos en elcuerpo de Carabineros. De igual manera, los afectados por la actuación policial contabancon la posibilidad de acceder a un sistema de presentación de quejas por Internet.104. La delegación destacó el carácter permanente de su compromiso con los derechoshumanos al aplicar la legislación antiterrorista (Ley Nº 18314), que se había revisado ennumerosas oportunidades desde el retorno a la democracia, con el fin de restringir suámbito de aplicación. La delegación hizo hincapié en que esa legislación se aplicaba sindiscriminación alguna.A/HRC/26/5GE.14-12900 13105. Respecto de la legislación penal, la delegación subrayó que estaba prevista lapresentación al Congreso de un proyecto de nuevo Código Penal, en el que se derogaba elartículo 373 del Código.106. La delegación indicó que en 2010 se había aprobado una modificación de lajurisdicción militar por la que se limitaba su ámbito de aplicación, de modo que lacompetencia de los tribunales militares alcanzara exclusivamente a militares. Ahora bien,cabía señalar que se trataba de un proceso de revisión inacabado.107. Con respecto al derecho a la tierra de los pueblos indígenas, en los tres añosanteriores, el Gobierno había entregado más de 49.360 ha a los pueblos indígenas y seestimaba que el 100% de las tierras que reclamaban en ese momento se les entregaría en losseis años siguientes. El Gobierno no solo se había centrado en la entrega de las tierras, sinoque también la había complementado con una estrategia de desarrollo productivo,proporcionando recursos financieros y humanos y asistencia técnica, y en particularinvirtiendo recursos en la gestión de aguas.108. A pesar de que no se había alcanzado un consenso pleno en ciertos ámbitos delproceso de consulta con los pueblos indígenas, se habían acordado los principales aspectosde los procedimientos, las materias, las etapas y los plazos. El nuevo reglamento entraría envigor próximamente, lo cual constituiría un avance. Sería diferente de la reglamentaciónactual, en el sentido que el derecho a la tierra no sería la única materia de consulta. Porconsiguiente, los indígenas que vieran vulneradas sus tradiciones, costumbres y prácticasreligiosas, culturales y espirituales también tendrían derecho a iniciar un proceso deconsulta previa. De igual manera, la reglamentación vigente sobre la evaluación de impactoambiental —en vigor desde diciembre de 2013— también contenía disposiciones especialesque preveían la celebración de consultas cuando un proyecto de inversión afectaba a lospueblos indígenas y no al medio ambiente.109. La delegación indicó que, si bien la Ley de Amnistía seguía formalmente vigente, nohabía sido aplicada en los tribunales desde 1998. En ese momento se estaban llevando acabo más de 1.000 procesos judiciales por violaciones de los derechos humanos, en 800 delos cuales figuraba como querellante el Ministerio del Interior. Además, desde 2012, laCorte Suprema había decidido suspender la aplicación de la prescripción en los casos de lasviolaciones graves, masivas y sistemáticas de los derechos humanos cometidas durante ladictadura.110. El Gobierno había puesto en marcha varios programas de reparación para lasvíctimas que reunían los requisitos para acogerse a ellos, que preveían, entre otras cosas, laconcesión de pensiones para los cónyuges, las madres, los padres o los hijos de lasvíctimas, bonos de reparación y becas de estudio para los hijos de las víctimas y laexención del servicio militar obligatorio. Además, con ocasión del 40º aniversario del golpemilitar, el Gobierno había ordenado el cierre de un centro de detención utilizadoexclusivamente para acoger a antiguos miembros de las fuerzas de seguridad.111. En los últimos decenios Chile se había convertido en un destino importante de lamigración internacional. Para facilitar la integración de los inmigrantes, el Gobierno habíafomentado un proceso de regularización.112. Además, en 2010 se había aprobado la Ley de Protección de Refugiados, querecogía los compromisos internacionales asumidos por Chile. En 2011, se habíapromulgado una ley que tipificaba los delitos de tráfico de migrantes y trata de personas yen 2013 se había iniciado el trámite legislativo relativo a un proyecto de ley de inmigración,tras un amplio proceso de consulta entre el Estado y la sociedad civil. Dicho proyecto deley, que debía aprobarse sin demora, reemplazaría la Ley de Extranjería de 1975.A/HRC/26/514 GE.14-12900113. Era inminente el establecimiento en Chile de la Subsecretaría de DerechosHumanos. Un proyecto de ley al respecto estaba en su segundo trámite legislativo ante laCámara de Diputados. Una vez establecida, la Subsecretaría podría elaborar un plannacional de derechos humanos, de conformidad con el compromiso asumido.114. En cuanto al mecanismo nacional de prevención de la tortura, el Gobierno habíaestado trabajando con el Instituto Nacional de Derechos Humanos para establecerlo lo másrápidamente posible. Además, en el proyecto de Código Penal que presentaría el Ejecutivoen marzo de 2014 se incorporaría una definición del delito de tortura.115. La lucha contra la violencia doméstica era una prioridad para Chile. En 2010 sehabía aprobado la ley de tipificación del delito de femicidio, con penas más duras para losexcónyuges y convivientes de las víctimas. El programa «Chile acoge» tenía por objetoreducir la violencia contra las mujeres fortaleciendo la atención a las víctimas y laprevención en los niños y los adolescentes. También abarcaba la rehabilitación de loshombres que ejercían violencia contra su pareja y la protección de las mujeres que habíansufrido violencia sexual o habían sido víctimas del delito de trata de personas. En esecontexto, el número de femicidios se había reducido de 57 casos en 2008 a 34 en 2012 y 40en 2013.116. El Estado promovía la conciliación de las obligaciones familiares y lasresponsabilidades laborales, así como la corresponsabilidad de los padres en el cuidado delos hijos, de modo que las mujeres tuvieran mayores oportunidades laborales y dedesarrollo personal. Entre las políticas aplicadas cabía mencionar la extensión de la licenciaposnatal de tres a seis meses, la ley que establecía el cuidado compartido de los hijos y laampliación de la cobertura de las guarderías y la enseñanza preescolar en más de 100.000plazas. Además, el 54% de los 840.000 puestos de trabajo creados en los últimos cuatroaños habían sido ocupados por mujeres; la tasa de participación laboral femenina habíaalcanzado al 48% y la tasa de desempleo de las mujeres había bajado a un mínimohistórico, del 10,3% de 2009 al 6,2% en 2013.117. Con respecto al aborto, la Constitución protegía la vida del que estaba por nacer, demodo que cualquier acto destinado a interrumpir un embarazo estaba prohibido y erapasible de castigo. Sin embargo, en circunstancias excepcionales, en que la vida de lamadre corría peligro, la ley permitía que los médicos realizaran todos los tratamientosnecesarios para salvar la vida de la madre, aun cuando como consecuencia necesaria ysecundaria se afectara la vida o integridad de los hijos.118. Chile había impulsado diversas iniciativas para mejorar las condiciones de laspersonas privadas de libertad. Un primer avance consistía en un plan de 11 medidas, queincluía una inversión significativa para hacer frente a los problemas de infraestructura,seguridad, habitabilidad y sanidad. Así pues, el hacinamiento en las prisiones se habíareducido al 25% en 2013. Puesto que el 8,7% de la población carcelaria era de sexofemenino, el Gobierno había elaborado una política penitenciaria con una perspectiva degénero.119. La delegación concluyó agradeciendo a las delegaciones que habían intervenido; susopiniones, recomendaciones y críticas constructivas constituían valiosísimas aportacionespara evaluar los avances y los desafíos en la promoción y protección de los derechoshumanos en Chile. La delegación había procurado responder al mayor número posible delas preguntas planteadas y prometió dar contestación por escrito a aquellas que habíanquedado pendientes por falta de tiempo.120. Chile había avanzado en la consolidación de una cultura de respeto, promoción yprotección de los derechos humanos, pero persistían grandes desafíos. El Gobierno lostomaba en serio y, en ese contexto, reconoció la importancia del mecanismo del examenA/HRC/26/5GE.14-12900 15periódico universal y las recomendaciones que de él se derivaran, consciente de quecontribuirían a construir una sociedad más justa y equitativa.II. Conclusiones y/o recomendaciones**121. Chile examinará las recomendaciones que se enumeran a continuación y lesdará respuesta a su debido tiempo, pero a más tardar en el 26º período de sesiones delConsejo de Derechos Humanos, que se celebrará en junio de 2014:121.1 Considerar la posibilidad de retirar sus reservas a la ConvenciónInternacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadoresmigratorios y de sus familiares (Filipinas);121.2 Ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre laeliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y elProtocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos,Sociales y Culturales (Francia);121.3 Proceder a la ratificación del Protocolo Facultativo del PactoInternacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolofacultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a unprocedimiento de comunicaciones (Portugal);121.4 Fijar una fecha para la ratificación del Protocolo Facultativo de laConvención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contrala mujer (Irlanda);121.5 Seguir adelante con la ratificación del Protocolo Facultativo de laConvención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contrala mujer, ahora que está en examen un proyecto de ley elaborado con arreglo alas recomendaciones formuladas en el ciclo anterior del EPU (Países Bajos);121.6 Ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre laeliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (Austria,Bélgica, Eslovaquia, Madagascar, Paraguay), firmado por Chile en 1999(España);121.7 Acelerar el trámite legislativo para la ratificación de ProtocoloFacultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas dediscriminación contra la mujer (Uruguay);121.8 Ratificar el Convenio Nº 189 de la OIT (Paraguay);121.9 Considerar la posibilidad de ratificar el Convenio Nº 189 de la OIT(Filipinas);121.10 Ratificar el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechosdel Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones (Madagascar);121.11 Considerar la posibilidad de ratificar el Protocolo facultativo de laConvención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento decomunicaciones (Montenegro);121.12 Considerar la posibilidad de ratificar el Protocolo Facultativo delPacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales(Montenegro);** Las conclusiones y/o recomendaciones no fueron objeto de revisión editorial.A/HRC/26/516 GE.14-12900121.13 Agilizar el trámite legislativo para la ratificación del ProtocoloFacultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales yCulturales (Uruguay);121.14 Ratificar las enmiendas de Kampala al Estatuto de Roma de la CortePenal Internacional (Estonia);121.15 Ratificar las enmiendas de Kampala al Estatuto de Roma, de serposible con miras a contribuir a activar la jurisdicción de la Corte PenalInternacional respecto del crimen de agresión a partir de principios de 2017(Liechtenstein);121.16 Adherirse con prontitud a la Convención sobre la imprescriptibilidadde los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad, de 1968, sinreserva alguna que pudiera frustrar el propósito y el objeto de esa Convención(Ghana);121.17 Adherirse a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954y a la Convención para reducir los casos de apatridia de 1961 (Azerbaiyán);121.18 Seguir promoviendo la armonización del ordenamiento jurídiconacional con los tratados internacionales (Estado de Palestina);121.19 Incorporar las disposiciones necesarias en su ordenamiento jurídiconacional para poder cooperar plena y rápidamente con la Corte PenalInternacional (Hungría);121.20 Concluir sin demora el proceso de armonización de la legislaciónnacional con las disposiciones del Estatuto de Roma (Túnez);121.21 Promulgar legislación que haga efectiva la entrada en vigor de laConvención Internacional para la protección de todas las personas contra lasdesapariciones forzadas en el ordenamiento jurídico chileno (Bélgica);121.22 Seguir adaptando la legislación antiterrorista a las normasinternacionales, en particular con respecto a la definición de los delitos deterrorismo y el derecho a un juicio imparcial (Suiza);121.23 Fortalecer el estado de derecho y la buena gobernanza, continuandoen particular con el fomento de la capacidad de los mecanismos encargados dehacer cumplir la ley y las instituciones nacionales de derechos humanos(Viet Nam);121.24 Sacar pleno provecho del Instituto Nacional de Derechos Humanosutilizándolo como elemento fundamental de una estrategia integral deprotección de los derechos humanos (Portugal);121.25 Velar por que el Instituto Nacional de Derechos Humanos sigaconformándose a los Principios de París y cuente con recursos suficientes paraseguir promoviendo los derechos humanos en Chile (Australia);121.26 Agilizar las medidas tendientes a introducir un mecanismo nacionalde prevención de la tortura y velar por que la definición de la tortura en lalegislación nacional se ajuste a la Convención contra la Tortura (Australia);121.27 Continuar con los esfuerzos destinados a fortalecer su capacidadinstitucional de promover y proteger los derechos humanos, en particular paraacelerar el establecimiento de la Subsecretaría de Derechos Humanos, yformular un plan de acción nacional en materia de derechos humanos integral(Indonesia);A/HRC/26/5GE.14-12900 17121.28 Concretar las iniciativas para la creación de la Subsecretaría deDerechos Humanos y la elaboración del plan nacional de derechos humanos(Perú);121.29 Agilizar las gestiones relativas a los aspectos jurídicos de la creaciónde la Subsecretaría de Derechos Humanos y, como medida siguiente, elaborarel plan nacional de derechos humanos (Turquía);121.30 Establecer la institución del defensor de la niñez (Estonia);121.31 Presentar un proyecto de ley para crear un defensor de la niñez(Honduras);121.32 Establecer un defensor de la niñez con independencia absoluta quepueda atender las quejas de todas las partes interesadas en caso de vulneraciónde los derechos del niño (Polonia);121.33 No cejar en el empeño de proteger y garantizar los derechos de todaslas personas, en particular los niños y las mujeres, con miras a lograr que todoslos ciudadanos tengan un acceso justo y razonable a la justicia, la educación yla atención de la salud, en el respeto de la importancia y el papel de la familia(Santa Sede);121.34 No cejar en la labor de fortalecimiento de los mecanismos existentespara proteger mejor a las mujeres y los niños y prevenir los abusos físicos ysexuales y la discriminación, entre otras cosas mediante programas deformación adicionales destinados a identificar a las personas más susceptiblesde sufrir abusos (Estados Unidos);121.35 Seguir adoptando las medidas necesarias para proteger a los gruposvulnerables, como las mujeres, los niños y cualquier otra minoría cuyosderechos pudieran ser vulnerados (Nicaragua);121.36 Aprobar una ley de protección integral para los niños, deconformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño (Brasil);121.37 Defender y respetar los derechos de la persona humana desde elmomento de la concepción hasta la muerte natural (Santa Sede);121.38 Intensificar el apoyo al proyecto de ley por el que se introduceniniciativas financieras para apoyar la participación política de candidatasmujeres, potenciar las consultas relativas a las instituciones de los pueblosindígenas y continuar con la política de reparación para las víctimas deviolaciones de los derechos humanos (Iraq);121.39 Continuar con las estrategias y los programas nacionales actualespara potenciar las oportunidades laborales, el bienestar social, la educación y elsistema de atención de la salud, especialmente para las familias de las zonasrurales, los migrantes y los miembros de las poblaciones indígenas y tribales deChile (Viet Nam);121.40 Seguir adoptando medidas para luchar contra la pobreza (Rumania);121.41 Concluir prontamente el establecimiento de la Subsecretaría deDerechos Humanos y la elaboración de un plan nacional de derechos humanos(Honduras);121.42 Establecer un plan nacional de derechos humanos (México);A/HRC/26/518 GE.14-12900121.43 Lograr una amplia participación de los representantes de la sociedadcivil en el proceso de preparación del plan nacional de derechos humanos(Eslovaquia);121.44 Facilitar la pronta promulgación de la legislación correspondiente yvelar por una pronta preparación y aplicación del plan nacional de derechoshumanos (Australia);121.45 Preparar y aprobar el plan de acción nacional en materia de derechoshumanos y notificar su futura puesta en marcha a los Estados Miembros(Azerbaiyán);121.46 Emprender sin demora el proceso de formulación del plan de acciónnacional en materia de derechos humanos (China);121.47 No cejar en sus esfuerzos para aplicar el Plan de Igualdad deOportunidades 2011-2020 (Argelia);121.48 Fomentar la impartición de formación en derechos humanos a lasfuerzas de seguridad y a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley(Marruecos);121.49 Seguir promoviendo programas de educación y sensibilización acercade los derechos humanos para los funcionarios del poder judicial (Nicaragua);121.50 Seguir cooperando con el ACNUDH (Rumania);121.51 Velar por el cumplimiento de la Ley Antidiscriminación (RepúblicaCheca);121.52 Velar por el pleno cumplimiento de la Ley Antidiscriminación de2012 y adoptar medidas concretas para reducir el riesgo de violencia contra losgrupos vulnerables (Canadá);121.53 Reforzar las iniciativas en materia de enseñanza pública con el fin deque los ciudadanos conozcan los derechos que los amparan en virtud de lanueva Ley Antidiscriminación y seguir promoviendo la igualdad con leyes,políticas y prácticas adecuadas (Reino Unido);121.54 Aplicar la Ley Antidiscriminación de reciente promulgación yadoptar las demás medidas que procedan para el abandono de todareglamentación y práctica discriminatoria que todavía subsista (Alemania);121.55 Redoblar esfuerzos para luchar contra la discriminación (Argentina);121.56 Seguir promoviendo instrumentos legislativos y medidas tendientes aeliminar la discriminación y reforzar la protección de los derechos de losgrupos vulnerables, en particular las mujeres, los niños y los pueblos indígenas(China);121.57 No cejar en la lucha contra las actitudes discriminatorias en lasociedad, en particular mediante la educación pública e iniciativas y medidaslegislativas en favor de la igualdad (Egipto);121.58 Adoptar un plan nacional para proteger los derechos humanos yadoptar las medidas necesarias para una protección efectiva contra ladiscriminación en diferentes esferas, en particular el empleo, la vivienda, laatención de la salud y la educación (Túnez);A/HRC/26/5GE.14-12900 19121.59 Modificar la definición de discriminación que figura en la LeyNº 20609 para armonizarla con arreglo a lo recomendado por el Comité para laEliminación de la Discriminación contra la Mujer (España);121.60 Adoptar una definición jurídica de todas las formas dediscriminación contra la mujer, que abarque la discriminación directa eindirecta (Bulgaria);121.61 Adoptar una definición jurídica de todas las formas dediscriminación contra la mujer y medidas afirmativas tendientes a laeliminación de la discriminación directa e indirecta (Paraguay);121.62 Continuar con las iniciativas destinadas a promover los derechos dela mujer, en particular en lo relativo a la igualdad de remuneración y el pagode las pensiones de jubilación (Francia);121.63 Seguir apoyando la labor de defensa de los derechos de la mujer delServicio Nacional de la Mujer, entre otras cosas asignándole los recursospresupuestarios y humanos necesarios (Malasia);121.64 Seguir desarrollando el Servicio Nacional de la Mujer y ayudarle aponer en práctica el Plan de Igualdad de Oportunidades, destinado a potenciarel papel y el empoderamiento de la mujer en la sociedad (Emiratos ÁrabesUnidos);121.65 Prevenir y combatir los prejuicios raciales y adoptar las medidasnecesarias para una protección eficaz contra la discriminación, en particular enlas esferas del empleo, la vivienda, la atención de la salud y la educación, con elfin de fomentar la capacidad de los pueblos indígenas y empoderarlos (Congo);121.66 No cejar en la lucha contra todo tipo de discriminación, en particularla que afecta a los pueblos indígenas, mediante el cumplimiento de la LeyAntidiscriminación de 2012 (Francia);121.67 Reforzar las medidas pertinentes destinadas a luchar contra losprejuicios y los estereotipos negativos que afectan a los pueblos indígenas y alas minorías y asegurar la protección contra la discriminación, especialmenteen el empleo, la vivienda, la salud y la educación (Azerbaiyán);121.68 Prevenir y combatir la xenofobia y los prejuicios raciales y asegurarla protección de la población indígena contra la discriminación (Bangladesh);121.69 Acelerar los trámites legislativos para aprobar la nueva legislaciónsobre las uniones de hecho, velando por que sus disposiciones respetenplenamente el principio de no discriminación e igualdad entre la mujer y elhombre (Uruguay);121.70 Elaborar y poner en práctica un plan de aplicación de la LeyAntidiscriminación que incluya medidas positivas y preventivas. En particular,hacer frente a la discriminación basada en la identidad de género y laorientación sexual (Colombia);121.71 Revisar el Código Penal, concretamente su artículo 373, y las demásleyes para prevenir la discriminación contra las personas LGBTI (RepúblicaCheca);121.72 Apoyar las leyes y las medidas nuevas destinadas a luchar contra lasactitudes discriminatorias en la sociedad y prevenir la discriminación basadaen la orientación sexual y la identidad de género mediante la educación de laciudadanía e iniciativas a favor de la igualdad (Países Bajos);A/HRC/26/520 GE.14-12900121.73 Seguir trabajando en medidas de sensibilización, también en lasescuelas, para luchar contra las actitudes discriminatorias por razón deorientación sexual (España);121.74 Revisar y reformar el Código Penal para definir y tipificar el delitode tortura (Irán (República Islámica del));121.75 Incorporar el delito de tortura en la legislación chilena, deconformidad con lo dispuesto en la Convención contra la Tortura y OtrosTratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Bélgica);121.76 Promover, mediante políticas y normas jurídicas, la responsabilidadde las autoridades policiales y administrativas ante el uso de la fuerza enmanifestaciones pacíficas (Cuba);121.77 Seguir investigando a fondo todas las denuncias de casos de malostratos a manos de la policía, en particular durante las manifestacionesestudiantiles (Chipre);121.78 Hacer frente eficazmente a la cuestión del uso excesivo de la fuerzapor parte de la policía, especialmente durante las manifestaciones y protestas,así como los casos de violación de los derechos humanos y maltrato en loslugares de detención (República Checa);121.79 Seguir reforzando la rendición de cuentas por las violaciones de losderechos humanos cometidas por la policía y establecer un mecanismo nacionalde prevención de la tortura (Noruega);121.80 Seguir examinando la legislación relativa al control de las protestassociales por parte de la policía y las tácticas de respuesta elaboradas por losorganismos encargados de hacer cumplir la ley y velar por que se investigue yenjuicie todo caso de uso excesivo de la fuerza (Reino Unido);121.81 Investigar las denuncias de delitos y actos de violencia cometidos porla policía y los Carabineros contra las comunidades indígenas (Uzbekistán);121.82 Seguir ocupándose de las denuncias de uso excesivo de la fuerza porparte de la policía (Canadá);121.83 Reformar el sistema penitenciario para garantizar condicioneshumanas de detención, de conformidad con las normas internacionales(Federación de Rusia);121.84 Seguir mejorando el sistema penitenciario (Eslovenia);121.85 Adoptar medidas efectivas para adecuar las condiciones de detencióna las normas internacionales, en particular con el fin de reducir elhacinamiento, mejorar la situación de los jóvenes y las mujeres en las prisionesy promover medidas alternativas a la privación de libertad (Austria);121.86 Establecer un sistema efectivo para enfrentar y prevenir la violenciacontra las mujeres (Irán (República Islámica del));121.87 Desarrollar una estrategia y un plan de acción integrales paraprevenir la violencia contra las mujeres y establecer un mecanismoinstitucional efectivo para coordinar, vigilar y evaluar la eficacia de las medidasadoptadas, de modo que todas las formas de violencia sean sistemáticamenteobjeto de las debidas investigaciones y que los responsables sean efectivamenteperseguidos y castigados (Polonia);A/HRC/26/5GE.14-12900 21121.88 Seguir mejorando el sistema interno de protección de las mujerescontra la violencia y promoviendo la igualdad de género (Singapur);121.89 Reforzar los mecanismos jurídicos destinados a combatir la violenciade género, en particular mediante la asignación de los recursos necesarios(Trinidad y Tabago);121.90 Aprobar medidas eficaces para prevenir la discriminación y laviolencia contra las mujeres, entre otras cosas mediante la adopción de unaestrategia adecuada y un plan de acción en la materia (Uzbekistán);121.91 Redoblar los esfuerzos en materia de protección de los derechos delas mujeres y aprobar una ley integral sobre la violencia contra las mujeres, afin de que se investiguen todos los actos de violencia doméstica y que se enjuiciea los responsables (Bolivia (Estado Plurinacional de));121.92 Fortalecer la legislación de género y violencia doméstica penalizandoel acoso sexual en todas sus formas y formulando una tipificación concreta de laviolencia doméstica como delito, que abarque la violencia física y psicológica(Italia);121.93 Aprobar legislación que penalice la violencia doméstica y tipifique elacoso sexual como delito, de conformidad con lo dispuesto en la Convenciónsobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer(República de Moldova);121.94 Modificar la Ley de Violencia Intrafamiliar para que incluya unatipificación concreta del delito de violencia doméstica (Jordania);121.95 Intensificar los esfuerzos de lucha contra la violencia doméstica, enparticular mediante medidas de prevención y sensibilización y asistencia a lasvíctimas (Liechtenstein);121.96 Fortalecer la Ley de Violencia Intrafamiliar mediante el desarrollo decampañas para reducir las agresiones físicas, verbales y psicológicas en elhogar, el establecimiento de mecanismos para prevenir la violencia y proteger alas mujeres y los niños que se encuentren en una situación de maltrato ytipificar como delito el abuso sexual (México);121.97 Eliminar el requisito de habitualidad de la Ley Nº 20066 de ViolenciaIntrafamiliar para considerar delictivas las acciones de violencia doméstica(España);121.98 Aprobar una ley concreta para prevenir y luchar contra laexplotación sexual de niños (Irán (República Islámica del));121.99 Adoptar de inmediato medidas efectivas de carácter legislativo ypráctico para prevenir y luchar contra la trata de personas, en particularmujeres y niños, y exigir cuentas a los responsables (Irán (República Islámicadel));121.100 Adoptar medidas para el debido cumplimiento de la Ley Nº 20507,como la elaboración de un procedimiento estándar para la identificación de lasvíctimas de la trata (Italia);121.101 Aprobar legislación sobre la trata de personas, en particular con finesde tráfico de órganos humanos, e investigar todas las denuncias de tales delitos(Federación de Rusia);A/HRC/26/522 GE.14-12900121.102 Seguir adoptando las medidas necesarias para luchar contra la tratay el tráfico de personas y brindar protección y asistencia a las víctimas(Yemen);121.103 Seguir considerando la posibilidad de aplicar el plan de acciónnacional sobre la trata de personas que está en curso de elaboración (Bhután);121.104 Seguir intensificando los esfuerzos para luchar contra la trata, enparticular con medidas tendientes a proteger a las víctimas de la trata depersonas, y considerar la posibilidad de invitar a la Relatora especial sobre latrata de personas, especialmente mujeres y niños (Belarús);121.105 No cejar en la lucha contra las diversas formas de violencia hacia lasniñas, los niños y los adolescentes y las peores formas de trabajo y explotaciónsexual para fines comerciales, mediante la puesta en marcha del segundo plande acción nacional 2012-2014 (Argelia);121.106 Prohibir expresamente el castigo corporal de los niños en todos losentornos (Hungría);121.107 Prohibir expresamente el castigo corporal de los niños en el hogar yen todos los entornos de cuidado alternativo (Liechtenstein);121.108 Aprobar legislación que prohíba el castigo corporal de los niños en elhogar (Madagascar);121.109 Garantizar que la jurisdicción de los tribunales civiles se apliquetambién a los casos en que miembros del cuerpo de Carabineros estén acusadosde violaciones de los derechos humanos (República Checa);121.110 Reformar la justicia militar para excluir a los civiles de sujurisdicción y limitarla al conocimiento de delitos de función militar (Irán(República Islámica del));121.111 Adecuar el sistema de justicia militar a las normas internacionalespara garantizar el derecho a un juicio imparcial (Suiza);121.112 Profundizar los esfuerzos tendientes a avanzar en una reformaorgánica y procesal con el objetivo de eliminar la aplicación de la pena demuerte en todas las hipótesis contempladas en el Código de Justicia Militar(Uruguay);121.113 Establecer mecanismos y procedimientos que posibiliten el acceso a lajusticia de las personas pertenecientes a poblaciones discriminadas víctimas deviolencia que garanticen la investigación y sanción de tales actos, la condena dequienes los perpetúan y las reparaciones justas para las víctimas (Colombia);121.114 Enjuiciar, en proporción con la gravedad del delito, las violacionesgraves de los derechos humanos cometidas durante la dictadura e identificadaspor los mecanismos de la justicia de transición (Francia);121.115 Poner fin a la impunidad de quienes hayan cometido delitos graves(Irán (República Islámica del));121.116 Derogar el Decreto Ley Nº 2191 sobre amnistía (Italia);121.117 Cumplir la recomendación del Comité contra la Tortura de derogarla disposición de la Ley Nº 19992 que establece la confidencialidad durante 50años de la información relativa a la práctica de la tortura durante la dictadura(México);A/HRC/26/5GE.14-12900 23121.118 Velar por la especialización efectiva y suficiente del personal delsistema de justicia juvenil (Egipto);121.119 Adoptar las medidas necesarias para establecer un sistema de justiciajuvenil especializado y continuar con los esfuerzos para la reintegración en lasociedad de los menores que hayan delinquido, de conformidad con laConvención sobre los Derechos del Niño (República de Moldova);121.120 Crear un sistema de justicia juvenil que incluya el establecimiento deun defensor de la niñez (España);121.121 Preservar y promover la identidad de la familia, reconociendo que sufundamento es la unión libremente consentida de un hombre y una mujer(Santa Sede);121.122 Proteger el derecho a la familia, componente natural y fundamentalde la sociedad, basado en la relación estable entre una mujer y un hombre(Bangladesh);121.123 Velar por que todos los niños nacidos en Chile tengan el derecho a lanacionalidad chilena, de conformidad con un marco jurídico destinado aprotegerlos (Afganistán);121.124 Intensificar los esfuerzos para lograr una mejor participación de lasmujeres en la política (Grecia);121.125 Aprobar legislación que fije cupos y obligue a los partidos políticos aincluir una proporción mínima de mujeres entre sus candidatos (Jordania);121.126 Reforzar la participación de la mujer en la política (Marruecos);121.127 Aumentar la participación de la mujer en las instituciones deadopción de decisiones (Sudán del Sur);121.128 Adoptar medidas para que las normas relativas al empleo detrabajadores domésticos se cumplan y respeten plenamente (Irlanda);121.129 Adoptar medidas para reducir la brecha salarial entre hombres ymujeres (Sri Lanka);121.130 Seguir reforzando las medidas tendientes a alentar la participaciónde la mujer en el mercado laboral y garantizar su derecho a la igualdad deremuneración (Tailandia);121.131 Adoptar medidas de reforma para lograr la igualdad con respecto alos fondos de pensión (Bangladesh);121.132 Intensificar sus esfuerzos para lograr el acceso a los servicios deatención de la salud en el país (Etiopía);121.133 Velar por que haya información adecuada sobre planificaciónfamiliar y métodos anticonceptivos a disposición del público (Finlandia);121.134 Velar por el respeto y la protección de los derechos sexuales yreproductivos (Bélgica);121.135 Iniciar y promover un debate público sobre el aborto en los casos denecesidad médica diagnosticada y despenalizar el aborto en esos casos(República Checa);121.136 Revisar y modificar la legislación actual que criminaliza lainterrupción del embarazo en todas las circunstancias, incluidos los casos deA/HRC/26/524 GE.14-12900violación, incesto y situaciones en que la vida de la madre corre peligro(Finlandia);121.137 Adoptar medidas para garantizar un reconocimiento pleno y efectivode los derechos sexuales y reproductivos, en particular mediante ladespenalización de la interrupción voluntaria del embarazo (Francia);121.138 Adoptar medidas para permitir el aborto en condiciones de legalidady seguridad en los casos de violación o incesto y las situaciones en que la vida ola salud de la mujer corren peligro (Alemania);121.139 Adoptar medidas para reforzar y proteger los derechos sexuales yreproductivos de la mujer, en consonancia con las recomendaciones del Comitépara la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, revisar la legislaciónnacional sobre el aborto y hacer cumplir las leyes nacionales relativas al accesoa medios anticonceptivos (Noruega);121.140 Revisar la criminalización absoluta del aborto e iniciar debatesabiertos en la esfera de la salud sexual y reproductiva con el fin de modificar lalegislación correspondiente, de modo que el aborto ya no sea delito (Eslovenia);121.141 Seguir procurando que las leyes relativas al aborto se adecuen a lasobligaciones de Chile en materia de derechos humanos (Suecia);121.142 Despenalizar el aborto, por lo menos en ciertos casos, por ejemplocuando la vida y la salud de la madre corran peligro, en caso de inviabilidad delfeto o cuando el embarazo sea el resultado de una violación (Suiza);121.143 Revocar todas las leyes que criminalizan a las mujeres y las jóvenesque hayan abortado y adoptar todas las medidas necesarias para posibilitar elaborto en condiciones de seguridad y legalidad en casos de violación o incesto yde grave peligro para la salud de la mujer (Bélgica);121.144 Dar atención prioritaria a seguir mejorando la calidad y accesibilidadde la atención médica y la educación, particularmente en las zonas rurales(Belarús);121.145 No cejar en los esfuerzos para garantizar el igual acceso a laeducación de calidad y a los servicios de atención de la salud para todos,incluidas las personas con discapacidad (Tailandia);121.146 Seguir promoviendo, en cooperación con la Organización de lasNaciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, el acceso a unaeducación de calidad para todos (Singapur);121.147 Continuar con los esfuerzos destinados a mejorar la inclusión entodos los niveles de educación (Ecuador);121.148 Prestar especial atención a la cuestión de la desigualdad en el accesola educación, como aspecto fundamental del ejercicio efectivo del derecho a laeducación (Portugal);121.149 Adoptar las medidas necesarias para la entrada en vigor de lasnuevas leyes educativas y velar por la ampliación de los programasinterculturales (Estado de Palestina);121.150 No cejar en los esfuerzos tendientes a lograr el acceso de todos lossectores de la sociedad a la educación (Omán);A/HRC/26/5GE.14-12900 25121.151 Seguir intensificando los esfuerzos para promover el derecho a laeducación, entre otras cosas mediante el establecimiento de un programa deeducación asequible para todos (Indonesia);121.152 Seguir centrándose en mejorar de manera general la calidad de laeducación impartida, en particular en las zonas rurales (Malasia);121.153 Seguir centrándose en mejorar de manera general la calidad de laeducación, en particular en las zonas rurales (Sri Lanka);121.154 Adoptar medidas para eliminar el analfabetismo de las mujeres enlas poblaciones rurales e indígenas y garantizar la igualdad de oportunidadeseducativas para las niñas de las zonas rurales y las niñas indígenas (Estonia);121.155 Seguir promoviendo la educación de las mujeres en las comunidadesrurales e indígenas (Djibouti);121.156 Velar por la matriculación en el sistema educativo de los hijos deinmigrantes en situación irregular (España);121.157 Adoptar todas las medidas necesarias para aplicar la Convenciónsobre los derechos de las personas con discapacidad a nivel nacional (Etiopía);121.158 Redoblar esfuerzos para proteger los derechos de las personas condiscapacidad, profundizando los avances ya conseguidos en esa esfera(Trinidad y Tabago);121.159 Continuar adoptando medidas tendientes a mejorar la protección eintegración de las personas con discapacidad (Argentina);121.160 Mantener acciones para la promoción y protección de los derechos delos pueblos indígenas (Ecuador);121.161 Adoptar nuevas medidas para velar por la promoción y protección delos derechos de los pueblos indígenas (Grecia);121.162 Seguir aplicando las políticas relativas a asuntos que atañenespecíficamente a los pueblos indígenas, en especial las mujeres y los niños(Trinidad y Tabago);121.163 Agilizar la aprobación de las leyes tendientes al reconocimientoconstitucional de los pueblos indígenas (Uzbekistán);121.164 Adoptar nuevas medidas para dar reconocimiento constitucional alos pueblos indígenas y velar por la protección de sus derechos humanos(Brasil);121.165 Continuar e intensificar la labor destinada a mejorar la situación delos pueblos indígenas haciendo esfuerzos especiales para luchar contra lapobreza que los aqueja, mejorar su acceso a la educación superior y otorgarlesun reconocimiento constitucional (Eslovenia);121.166 Aplicar medidas destinadas a apoyar la plena participación de lospueblos indígenas en las instituciones democráticas y el desarrollo económico(Canadá);121.167 Adoptar medidas, aplicando los procedimientos adecuados, para quela Ley Antiterrorista no menoscabe los derechos de los pueblos indígenas, eincluir esos derechos en la estructura jurídica y administrativa del país (Cuba);121.168 Abstenerse de aplicar la legislación antiterrorista a personas de lacomunidad mapuche en el contexto de conflictos interculturales, entre ellos losA/HRC/26/526 GE.14-12900litigios relativos a las tierras, y avivar el diálogo político sobre las cuestionesindígenas (Estados Unidos);121.169 Velar por la promoción y el respeto de todos los derechos humanos delos indígenas, entre otras cosas mediante la participación de los gruposconcernidos en los procesos de adopción de decisiones que afectan sus derechoshumanos y cuidando que la aplicación de la Ley Antiterrorista no menoscabelos derechos humanos de los indígenas ni de ninguna otra persona (Alemania);121.170 Prestar atención, con carácter de urgencia, a la plena aplicación delConvenio Nº 169 de la OIT, especialmente con respecto a la consulta previasobre medidas legislativas y administrativas susceptibles de afectar a lascomunidades indígenas (Noruega);121.171 Trabajar en la efectiva aplicación del Convenio Nº 169 de la OIT,para evitar actos de desconocimiento y menosprecio de los derechos humanosde los pueblos indígenas, en particular el pueblo mapuche (Bolivia (EstadoPlurinacional de));121.172 Fomentar la participación de los pueblos indígenas en las decisionesque los afectan mediante la aplicación del reglamento de consulta previaaprobado en noviembre de 2013 (Perú);121.173 No cejar en los esfuerzos destinados a establecer mecanismos deconsulta y velar por la protección de los derechos humanos de los gruposindígenas (Suecia);121.174 Adoptar medidas concretas para garantizar la participación efectivade los pueblos indígenas en la adopción de decisiones susceptibles de afectarlos,en consonancia con la aplicación sistemática del derecho a consulta (Austria);121.175 Seguir desarrollando un proceso establecido de diálogo y negociaciónefectivos con los pueblos indígenas para tratar cuestiones relativas a la tierra ylos recursos naturales (Australia);121.176 Continuar aplicando su política en el mercado laboral para mejorarlas condiciones de vida de los pueblos indígenas, con miras a consolidar suestabilidad social (Angola);121.177 Continuar con los esfuerzos tendientes a minimizar el impactoambiental de las actividades económicas que afectan a los indígenas (Belarús);121.178 Adoptar todas las medidas destinadas a establecer un marco jurídicopara enfrentar las cuestiones que afectan a la población migrante, las minorías,los refugiados y los indígenas (Irán (República Islámica del));121.179 Continuar sus esfuerzos para dotarse de una ley de modernizacióndel régimen migratorio, que incorpore una perspectiva de derechos humanos,reconozca los derechos y obligaciones de los migrantes en situación regular oirregular y contenga disposiciones relativas a la política nacional de migración,la lucha contra la trata de personas y la protección de los refugiados(Guatemala);121.180 Establecer un marco jurídico para la protección integral de losderechos de los migrantes, en particular los derechos de los niños migrantes olos hijos de padres migrantes (Colombia);121.181 Seguir protegiendo y promoviendo los derechos de los trabajadoresmigrantes (Djibouti);A/HRC/26/5GE.14-12900 27121.182 Adoptar las medidas necesarias para hacer frente a la exclusiónsocial y la vulnerabilidad de las mujeres migrantes (Sri Lanka);121.183 Velar por el respeto de los derechos humanos de los bolivianos quevan y regresan del territorio chileno, sobre todo en las situaciones que puedenderivar en detenciones arbitrarias, en el entendido de que toda persona tienederecho a circular libremente, en particular el derecho de salir y regresar a supaís (Bolivia (Estado Plurinacional de));121.184 Velar por que se haga justicia y se conceda reparación a las víctimasde los efectos del deterioro ambiental y adoptar normas ambientales relativas alas emisiones de contaminantes por fundiciones (Egipto).122. La recomendación que figura a continuación no contó con el apoyo de Chileporque Chile considera que no entra en el ámbito de competencia del mecanismo delexamen periódico universal establecido de conformidad con la resolución 5/1 delConsejo de Derechos Humanos:122.1 Dar cumplimiento a los instrumentos internacionales, a fin depromover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones, garantizandoel derecho a un amplio tránsito por los puertos del Pacífico, asegurando elrespeto universal y efectivo de los derechos humanos y las libertadesfundamentales dentro y fuera de sus fronteras (Bolivia (Estado Plurinacionalde)).123. Todas las conclusiones y/o recomendaciones que figuran en el presente informereflejan la posición del Estado o de los Estados que las presentaron y/o del Estadoexaminado. No debe interpretarse que han recibido el respaldo del Grupo de Trabajoen su conjunto.A/HRC/26/528 GE.14-12900Anexo[Inglés únicamente]Composition of the delegationThe delegation of Chile was headed by Mr. Bruno Baranda, Minister of SocialDevelopment and composed of the following members:• Mr. Juan Ignacio Piña, Minister of Justice, Alternate Head of Delegation;• Mr. Hugo Dolmestch, Minister, Supreme Court of Justice;• Mr. Jose Luis Balmaceda, Ambassador, Permanent Representative in Geneva;• Ms. Ximena Vidal, Congresswoman, Chamber of Deputies;• Mr. Joel Rosales, Congressman, Chamber of Deputies;• Mr. Juan Pablo Crisostomo, Minister Counsellor, Director for Human Rights,Ministry of Foreign Affairs;• Mr. Cristian Streeter, Minister Counsellor, Deputy Permanent Representative inGeneva;• Mr. Jaime Moscoso, Counsellor, Permanent Mission of Chile in Geneva;• Mr. Hassan Zeran, Second Secretary, Permanent Mission of Chile in Geneva;• Mr. Jaime Godoy, head of the Universal Department, Direction for Human Rights,Ministry of Foreign Affairs;• Mr. Rene Rojas, Third Secretary, Direction for Human Rights, Ministry of ForeignAffairs;• Mr. Pablo Urquizar, Chief of Cabinet, Ministry-General Secretariat of Government;• Mr. Milenko Bertrand-Galindo, Coordinator for Human Rights, Ministry of Justice;• Ms. Alejandra Voigt, Coordinator of the Legal-Legislative Division, Ministry-General Secretariat of Government;• Ms. Gabriela Cabellos, Chief of the Legal Division, Department of Immigration,Ministry of Interior;• Ms. Pamela Cofre, Major, Deputy Chief, Department of Human Rights, Carabineros(police);• Mr. Matias Abogabir, Chief, Coordination Unit for Indigenous Affairs, Ministry ofSocial Development;• Mr. Alberto Vergara, Chief of the Legal Division, Ministry of Education;• Mr. Jorge Alvarez, Chief of Studies, National Service for Minors;• Ms. Elisa Giesen, Advisor to the Minister-Secretary-General of Government;• Ms. Paula Badilla, Human Rights Advisor, Ministry of Justice;• Ms. Andrea Martinez, Legislative Advisor, Ministry of Social Development;• Ms. Paula Garcia-Huidobro, Advisor to the Minister, National Service for Women;• Mr. Pedro Cayuqueo, Indigenous Representative;• Mr. Hugo Alcaman, Indigenous Representative;• Ms. Lorena Fries, Director, National Institute for Human Rights;• Ms. Paula Salvo, Assistant to the Director; National Institute for Human Rights.


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