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Los Estados deben proteger la reunión pacífica durante situaciones de emergencia: expertos de la ONU y regionales

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GINEBRA (15 de septiembre de 2022) – Los Estados tienen la obligación de respetar y proteger las reuniones pacíficas durante situaciones de crisis y emergencia, instaron expertos regionales y de derechos humanos de la ONU en una declaración conjunta.

En el Día Mundial de la Democracia y antes del Día Internacional de la Paz, el Relator Especial de la ONU sobre la libertad de reunión pacífica y de asociación, junto con expertos de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP), la Comisión Interamericana Internacional de Derechos Humanos (CIDH) y la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE (OIDDH) expresaron su preocupación por el uso cada vez mayor de situaciones de crisis y declaraciones del estado de emergencia para reprimir reuniones pacíficas en todo el mundo. Los expertos pidieron a los Estados que respeten, protejan y faciliten la reunión pacífica en tiempos de emergencia.

“Los Estados deben, en todo momento, respetar los derechos de las personas a reunirse y comunicar sus quejas, expresar oposición, cuestionar políticas y promover ideas. Solo mediante la inclusión de la pluralidad de voces, puede prosperar la democracia y encontrar soluciones más sostenibles para las crisis en curso y emergentes”, dijeron los expertos.

El mundo se enfrenta a crisis cada vez mayores derivadas de la intensificación de la inestabilidad política, los desafíos de seguridad y los conflictos armados, así como las emergencias sanitarias y ambientales. Frente a estas emergencias, los Estados a menudo perciben las reuniones como una amenaza y toman medidas indebidas para reprimirlas y silenciar la disidencia, como lo destacó anteriormente el Relator Especial de la ONU sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación en su reciente informe al Consejo de Derechos Humanos.

En la declaración conjunta, los expertos instaron además a los Estados a abstenerse de estigmatizar a las personas que participan en asambleas. Además, los Estados deben abstenerse de someter a los activistas a arrestos y detenciones arbitrarias, asesinatos y abusos sexuales, y de emplear la violencia para reprimir las protestas pacíficas.

Los expertos enfatizaron que los Estados deben garantizar que las restricciones a las reuniones estén estrictamente en línea con el derecho internacional de los derechos humanos, incluso cuando se declara un estado de emergencia en circunstancias excepcionales.

“Con demasiada frecuencia, los gobiernos abusan de los estados de emergencia para imponer restricciones indebidas al derecho a la libertad de reunión pacífica o violar los derechos de quienes participan en tales reuniones. Los Estados tienen la clara obligación de proteger los derechos humanos fundamentales en el contexto de las reuniones, incluso cuando se declara un estado de emergencia”, dijeron los expertos.

Los expertos pidieron además a los Estados que se abstuvieran de usar fuerza ilegal o desproporcionada contra las reuniones, o de militarizar la vigilancia de las reuniones. Los Estados deben garantizar que las fuerzas del orden estén capacitadas de acuerdo con los estándares internacionales para el uso de la fuerza y ​​las armas de fuego, incluido el uso de armas menos letales; y garantizar la rendición de cuentas rápida y exhaustiva y la reparación integral de todas las violaciones.

“Para fortalecer la democracia y prevenir tendencias regresivas que conduzcan al auge del autoritarismo, los Estados deben hacer todo lo posible para proteger el derecho de reunión pacífica, incluso en situaciones de emergencia”, dijeron los expertos.

“El derecho de reunión pacífica es una libertad fundamental que fortalece las instituciones democráticas y es esencial para la existencia misma de la democracia. La sociedad civil, los activistas y los movimientos de protesta por los derechos deben ser tratados como socios y no como enemigos”, agregaron.

“Esto también es vital para la consolidación de la paz y la prevención de conflictos, ya que a menudo la represión de las reuniones y la supresión de las voces de las personas pueden conducir a expresiones más violentas de descontento”, dijeron los expertos.

La declaración conjunta proporciona pasos clave para reforzar la protección de la reunión pacífica en situaciones de emergencia y crisis.

FIN

*Los expertos: Sr. Clément Voule, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de reunión pacífica y de asociación; Honorable Rémy Ngoy Lumbu, Presidente de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP) y Relator Especial sobre Derechos Humanos Defensores de Derechos Humanos y Punto Focal sobre Represalias en África; Sr. Pedro Vaca, Relator Especial sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE (OIDDH).

Para obtener más información y solicitudes de los medios, comuníquese con: Hélène Pilloud ([email protected]) en la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, equipo del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación; Flavia Daza ([email protected]) en la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; Anita Bagona ([email protected]) o ([email protected]) en la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP); Katya Andrusz ([email protected]) en la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE (ODIHR).

Los Relatores Especiales de la ONU forman parte de lo que se conoce como los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Procedimientos Especiales, el organismo más grande de expertos independientes en el sistema de derechos humanos de la ONU, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y monitoreo del Consejo que abordan situaciones específicas de países o problemas temáticos en todas partes del mundo. Los expertos en Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y sirven a título personal.

Para consultas de los medios relacionadas con otros expertos independientes de la ONU, comuníquese con Renato Rosario De Souza ([email protected]) o Dharisha Indraguptha ([email protected])

Siga las noticias relacionadas con los expertos independientes en derechos humanos de la ONU en Twitter: @UN_SPExperts.

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