(SANTIAGO – 3 de mayo) En este Día Mundial para la Libertad de la Prensa, Amerigo Incalcaterra, el Representante Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), recordó que según los estándares internacionales de derechos humanos, los Estados tienen la obligación de proteger a los periodistas frente a todo tipo de ataques.
¨Nos alarma el hecho de que otro periodista ha sido asesinado en Brasil, llegando al menos a cuatro el número de periodistas asesinados en lo que va del año¨, dijo hace unos días Rupert Colville, el portavoz de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, agregando que ¨estamos preocupados por lo que parece ser una alarmante tendencia de asesinatos de periodistas que está dañando el ejercicio de la libertad de expresión en Brasil¨.
El Representante Regional para América del Sur indicó que la libertad de expresión es una condición necesaria para lograr los principios de transparencia y rendición de cuentas que, a su vez, son esenciales para la promoción y la protección de los derechos humanos.
¨Los periodistas son defensores de los derechos humanos que a veces arriesgan sus vidas para informar y denunciar abusos¨, dijo Incalcaterra. ¨No podemos permitir que esta importante labor sea vulnerada¨.
Según la interpretación oficial del Comité de Derechos Humanos, en su Observación general Nº 34 sobre la libertad de expresión, ¨Los Estados partes deberían adoptar medidas eficaces de protección contra los ataques destinados a acallar a quienes ejerzan su derecho a la libertad de expresión. … Todos esos atentados deben ser objeto de una activa y puntual investigación, sus autores deben ser sometidos a juicio y debe ofrecerse una reparación adecuada a las víctimas o, cuando estas hayan perdido la vida, a sus representantes¨.
El Representante Regional precisó que para restringir la libertad de expresión, un Estado debe ¨demostrar en forma concreta la naturaleza precisa de la amenaza, la necesidad y la proporcionalidad de la medida concreta que se haya adoptado, en particular estableciendo una conexión directa e inmediata entre la expresión y la amenaza¨.
El Representante Regional también llamó la atención a la concentración y monopolización de los medios de prensa en los países cubiertos por su oficina, lo que muchas veces tiene el efecto de restringir la libertad de los periodistas a informar. Recordó que según el Comité de Derechos Humanos, los Estados también ¨deberían poner especial empeño en promover medios de comunicación independientes y diversificados¨.
El derecho a la libertad de expresión está detallado en el Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que manifiesta que 1) nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones; 2) toda persona tiene derecho a la libertad de expresión y este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección; y 3) el ejercicio del derecho entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente, puede estar sujeto a ciertas restricciones, que deberán, sin embargo, estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para: a) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás; y b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
Enlaces relacionados:
Observación general Nº 34 del CCPR sobre Libertad de Expresión:
http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrc/docs/CCPR.C.GC.34_sp.doc
Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos:
http://www2.ohchr.org/spanish/law/ccpr.htm
Ver entrevista con Frank La Rue, el Relator sobre la Libertad de Expresión, sobre los desafíos para los periodistas en América del Sur: http://www.youtube.com/watch?v=IPbzVFzRJKY
Mensaje: «Lamentablemente, la libertad de prensa sigue siendo frágil», afirma Ban Ki-moon
Comunicado: Preocupa a ACNUDH tendencia de asesinatos de periodistas que daña el ejercicio de la libertad de expresión en Brasil https://acnudh.org/?p=13591