Contacto
Menú

Título en Mantenimiento

Comparte en:

Compartir en twitter
Compartir en facebook
Compartir en linkedin
Compartir en email
Compartir en print

Foto: Campaña Libres e Iguales, ACNUDH

Día de la Visibilidad Intersex – miércoles 26 octubre

(24 octubre 2016) – Anticipándose al Día de la Visibilidad Intersex el 26 de octubre, un grupo de expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas y regionales* hacen un llamado urgente para que se ponga fin a las violaciones de derechos humanos en contra de niños y adultos intersex**. Instan a los gobiernos a prohibir las prácticas médicas nocivas en los niños intersex, incluyendo cirugías y tratamientos innecesarios sin su consentimiento informado, así como también la esterilización.

En todo el mundo, bebes, niños y adolescentes intersex son sometidos a cirugías, tratamientos hormonales y otros procedimientos médicamente innecesarios en un intento de cambiar forzosamente su apariencia para alinearla con expectativas de la sociedad sobre cuerpos femeninos y masculinos. Cuando, como es frecuentemente el caso, estos procedimientos se llevan a cabo sin el consentimiento pleno, libre e informado de la persona misma, estos son violaciones de derechos humanos fundamentales.

Los padres de niños intersex a menudo se enfrentan con presión para dar su acuerdo a tales cirugías o tratamientos en sus hijos. Rara vez se les informa a los padres acerca de las alternativas o sobre las posibles consecuencias negativas de los procedimientos, que se realizan de forma rutinaria a pesar de la falta de indicación, necesidad o urgencia médica. A menudo se intenta justificar estas intervenciones en base a los prejuicios sociales, el estigma asociado con cuerpos intersex y los requisitos administrativos para asignar el sexo en el momento de la inscripción del nacimiento.

Se han reportado efectos muy negativos de estos procedimientos, que son a menudo irreversibles, como la infertilidad permanente, incontinencia, pérdida de la sensibilidad sexual, dolor de por vida y sufrimiento psicológico grave, incluyendo depresión y vergüenza ligada a intentos de borrar y ocultar rasgos intersex. En muchos casos, las personas intersex ni siquiera tienen acceso a sus propios registros médicos o certificados de nacimiento originales.

Si bien cada vez más personas saben de la existencia de las personas intersex y de sus derechos, gracias a la labor de los defensores de derechos humanos intersex, apenas unos pocos países han tomado medidas concretas para defender sus derechos y protegerlas de los abusos.

Los Estados deben urgentemente prohibir las cirugías y los procedimientos médicamente innecesarios en los niños intersex. Deben respetar la autonomía de los adultos y los niños intersex y sus derechos a la salud, a la integridad física y mental, a vivir libres de violencia y prácticas nocivas y a no ser sometido a tortura y malos tratos. Los niños intersex y sus padres deben recibir apoyo y asesoramiento, incluyendo de parte de pares.

Los niños y adultos intersex deben ser los únicos que deciden si desean modificar la apariencia de su propio cuerpo – en el caso de los niños, cuando tengan la edad o madurez suficiente para tomar una decisión informada por sí mismos. Deben tener acceso a apoyo adecuado, así como a servicios médicos que respondan a sus necesidades específicas de salud y que se basan en la no discriminación, el consentimiento informado y el respeto de sus derechos fundamentales. En este sentido, es fundamental aumentar la integración de los principios de derechos humanos en los estándares y protocolos emitidos por organismos reguladores y profesionales.

Los Estados deben investigar las violaciones de derechos humanos en contra de personas intersex, deben responsabilizar a las personas halladas culpables de perpetrar tales violaciones, y también proporcionar reparaciones e indemnización a las personas intersex sometidas a abusos.

Poner fin a estos abusos también requiere que los Estados crean mayor conciencia sobre los derechos de las personas intersex, que las protejan de discriminación en base a características sexuales, incluyendo en el acceso a la salud, la educación, el empleo, el deporte y en obtener documentos oficiales, así como una protección especial cuando son privadas de libertad. También deben combatir las causas fundamentales de estas violaciones tales como los estereotipos dañinos, el estigma y la patologización, y capacitar a los profesionales de la salud y los funcionarios públicos, incluidos los legisladores, el poder judicial y los responsables políticos.

FIN

** Nota para los editores: Las personas intersex nacen con características sexuales físicas o biológicas (tales como la anatomía sexual, los órganos reproductivos, las hormonas y / o los cromosomas) que no se corresponden con las típicas definiciones de los cuerpos masculinos o femeninos. Para algunas personas intersex estos rasgos son evidentes al nacer, mientras que para otras surgen más tarde en la vida, a menudo en la pubertad.

* Lista de expertas y expertos que firman la declaración:

Comité contra la Tortura, Organización de las Naciones Unidas:
http://www.ohchr.org/en/hrbodies/cat/pages/catindex.aspx

Comité de los Derechos del Niño, Organización de las Naciones Unidas:
http://www.ohchr.org/en/hrbodies/crc/pages/crcindex.aspx

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Organización de las Naciones Unidas:http://www.ohchr.org/en/hrbodies/crpd/pages/crpdindex.aspx

Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Organización de las Naciones Unidas:
http://www.ohchr.org/en/hrbodies/opcat/pages/opcatindex.aspx 

Expertos/as de las Naciones Unidas: Juan E. Méndez, Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; Dainius Pras, Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel de salud física y mental; y Dubravka Šimonovic, Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias:
http://www.ohchr.org/en/hrbodies/sp/pages/welcomepage.aspx

Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre Violencia contra Niños, Marta Santos Pais: http://srsg.violenceagainstchildren.org

Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos: Comisionado Lawrence Murugu Mute, Presidente del Comité para la Prevención de la Tortura en África: http://www.achpr.org/

Consejo de Europa: Nils Muižnieks, Comisario de Derechos Humanos:http://www.coe.int/en/web/commissioner/home

Comisión Interamericana de Derechos Humanos: http://www.iachr.org

Para más información y solicitudes de los medios de comunicación, favor contactar a:

Expertos/as de la ONU:  Xabier Celaya – Unidad de Medios 
(+41 22 917 9383/ xcelaya@ohchr.org)

Comisión Interamericana de Derechos Humanos: Maria Isabel Rivero 
(+1 202 370 9001/ mrivero@oas.org)

Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos: au-banjul@africa-union.org

Consejo de Europa, Oficina del Comisario de Derechos Humanos: Stefano Montanari 
(+ 33 388 41 35 38 / Celular: +33 661 14 70 37/ stefano.montanari@coe.int)

Fuente: ACNUDH

 

ONU Derechos Humanos-América del Sur, síganos en las redes sociales
Facebook:
www.facebook.com/ONUdh
Twitter: www.twitter.com/ONU_derechos
YouTube: www.youtube.com/onuderechos
Flickr: http://www.flickr.com/onuderechos
Revise el Índice Universal de Derechos Humanos: http://uhri.ohchr.org/

 

Objetivos de Desarrollo Sostenible Relacionados

Scroll al inicio
Ir arriba