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Foto:UN MultimediaGINEBRA (20 de julio de 2016) – Dos expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas pidieron hoy al Gobierno Nacional de Argentina una solución definitiva al conflicto interprovincial del río Atuel, que garantice el acceso equitativo al agua y respete los derechos humanos de las miles de personas afectadas desde hace seis décadas.

Asimismo, exhortaron a los gobiernos de las provincias de la Pampa y Mendoza a cumplir con el fallo de 1987 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que reconoce la interprovincialidad del río Atuel y las insta a que regulen la utilización del agua de forma compartida, garantizando un caudal mínimo en el tramo inferior del río.

“El Gobierno de Argentina tiene que tomar medidas urgentes para proteger los derechos humanos de los residentes de las comunidades rurales de la provincia de La Pampa que han vivido durante décadas sin acceso adecuado al agua”, dijo el Relator Especial de la ONU sobre el agua y el saneamiento, Léo Heller, al hacer notar que recientes desarrollos judiciales han dejado en evidencia la persistencia del problema.

El último de los brazos del río Atuel, compartido por las provincias de la Pampa y Mendoza, se secó tras la construcción del embalse El Nihuil en 1947, financiada por el Gobierno Nacional. La represa se construyó en Mendoza sin tomar medidas preventivas para evitar el grave impacto que tuvo en la población de La Pampa, donde 30.000 kilómetros cuadrados se vieron afectados por la desaparición del humedal y una pérdida significativa de una fuente de agua potable y para la agricultura, la ganadería y la pesca.

“Los Gobiernos Provinciales y el Gobierno Nacional no se han comprometido lo suficiente para garantizar una solución adecuada a la dramática situación causada por la falta de agua en el oeste de La Pampa”, indicó el Sr. Heller.

“Incluso, se puede constatar que, desde la construcción del embalse, se ha tolerado el uso unilateral del Atuel por parte de la provincia de Mendoza, sin preocuparse por los efectos negativos en las víctimas”, resaltó el Relator Especial de la ONU.

El experto explicó que el principio de no-discriminación e igualdad es una piedra angular de los derechos humanos, pues abarca tanto la prohibición de la discriminación como la obligación de los estados a esforzarse por lograr la igualdad en la prestación de servicios de agua y de saneamiento.

Por su parte, la Relatora Especial de la ONU sobre el derecho a la alimentación, Hilal Elver, expresó su grave preocupación ante el éxodo poblacional en la zona oeste de La Pampa debido a la desecación del Atuel. La falta de agua ha contribuido a la salinización del agua restante, lo que ha provocado escasez de forraje para el ganado, la muerte de animales así como la degradación del suelo, que tiene efectos negativos en la agricultura.

“Esa situación contradice rotundamente la obligación del Estado de respetar, proteger y realizar el derecho humano a una alimentación adecuada”, dijo la Sra. Elver al señalar que “el Estado no debe adoptar medidas de ningún tipo que tenga por resultado impedir el acceso a alimentos en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades alimentarias de los individuos”.

En relación al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 1987, los expertos de la ONU indicaron que “los gobiernos Provinciales y el Gobierno Nacional no han logrado cumplir con las provisiones de esta decisión”.

“Otro problema aún más grave es que el cumplimiento de los derechos humanos de las víctimas no ha sido el objetivo principal de los poderes públicos, lo que hace que se siga impidiendo el acceso de las comunidades afectadas al agua potable necesaria para usos personales, domésticos, para la producción de alimentos”, dijeron los relatores.

“Hay que evitar la perpetuación del conflicto interprovincial que implica la denegación del derecho humano al agua y a la alimentación a muchos argentinos y hay que recordar que, independientemente de la delegación de esos servicios, la principal obligación de garantizar los derechos humanos para todos es del Estado,” insistieron.

Los Relatores Especiales se pronunciaron sobre este caso en sendas comunicaciones oficiales enviadas al Gobierno Nacional de Argentina en 2014 y 2015. Las autoridades argentinas respondieron a los expertos en 2015 sugiriendo su confirmación de las presuntas violaciones.

FIN

 

El Sr. Léo Heller (Brasil) y la Sra. Hilal Elver (Turquía) forman parte de lo que se conoce como los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, es el nombre general de los mecanismos de investigación y monitoreo del Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de la ONU y no perciben un salario por su labor. Son independientes de cualquier gobierno u organización y actúan a título individual.

 

Para mayor información, visite (en inglés):

Agua y saneamiento:
http://www.ohchr.org/EN/Issues/WaterAndSanitation/SRWater/Pages/SRWaterIndex.aspx

Derecho a la alimentación:
http://www.ohchr.org/EN/Issues/Food/Pages/FoodIndex.aspx

ONU Derechos Humanos, página de país – Argentina: http://www.ohchr.org/SP/Countries/LACRegion/Pages/ARIndex.aspx

 

Para consultas y solicitudes de prensa póngase en contacto con la Sra. Viktoria Aberg (+41 22 917 9790 / vaberg@ohchr.org), la Sra. Madoka Saji (+41 22 917 91 07 / msaji@ohchr.org) o escriba a srwatsan@ohchr.org

Para solicitudes de medios relacionadas con otros expertos independientes de la ONU, favor póngase en contacto con el Sr. Xabier Celaya – Unidad de Medios (+ 41 22 917 9383 / xcelaya@ohchr.org)

 

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Revise el Índice Universal de Derechos Humanos: http://uhri.ohchr.org/en

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